DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Miercoles, 14 de enero de 2004 Pág. 678

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva del estudio de detalle para reajuste de alineaciones, reordenación de volúmenes y determinación de condiciones compositivas de la fachada de futuro edificio en la calle Doctor Loureiro Crespo, números 38-40 de esta ciudad, en su frente al asilo de ancianos, manzana 170 del Plan General de Ordenación Urbana, formulado por Benisa Promociones, S.L.

El Pleno de la Corporación, en sesión de veintiuno de noviembre e de dos mil tres, acordó lo siguiente:

aprobar, con carácter definitivo, el estudio de detalle formulado, mediante iniciativa particular, por la entidad mercantil Benisa Promociones, S.L., con la finalidad de reordenación de volumen, reajuste del retranqueo y determinación compositiva y tratamiento de fachada del solar sito en la calle Doctor Loureiro Crespo, número 38-40, en su frente con el asilo de ancianos, manzana 170 del PGOU, según documentación suscrita por los arquitectos Antonio Espinosa Murías y Antonio Rodríguez Martín, con fecha de visado colegial 31 de marzo de 2003, quedando sujeto el presente acto administrativo a las condiciones impuestas por el informe vinculante de la Unidad de Carreteras de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia del Ministerio de Fomento de 2 de septiembre de 2003:

1. La línea de edificación deberá cumplir con la alineación establecida por el planeamiento.

2. El proyecto de obras a presentar una vez aprobado el estudio de detalle deberá diseñar los sistemas de recogida y evacuación de aguas, de modo que la urbanización no aporte caudales de escorrentería a los elementos de drenaje de la carretera, y que, asimismo, prevea la recogida y evacuación de los caudales procedentes de los sistemas de drenaje de la propia carretera, interceptados por las acciones urbanizadoras en el desarrollo del planeamiento.

3. Cualquier obra o instalación en el dominio público de la carretera que se pretenda realizar, deberá obtener previamente informe vinculante por parte del Ministerio de Fomento; disponiéndose en este acto administrativo su sometimiento a información pública.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse directamente por quienes se consideran legitimados el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro de la disposición impugnada, conforme a lo establecido en los artículos 10-1-6) y 46-1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativo.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedente conforme a derecho, significándole que el artículo 107.3º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la anterior, no admite la interposición de recursos en vía administrativa contra las disposiciones administrativas de carácter general.

Pontevedra, 27 de noviembre de 2003.

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del Área

de Urbanismo y Medio Ambiente

Julio Dapena Outomuro

Secretario general