La explotación de poliquetos en el litoral de Galicia aumenta cada año debido a la gran demanda de estas especies para su uso como cebo en la pesca deportiva,
con un valor económico elevado y que constituye para los mariscadores una diversificación de su actividad, que contribuye a la mejora de sus rentas.
La orden de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, de 6 de febrero de 1998, por la que se regula la extracción de poliquetos, gusanos marinos para cebo, en el litoral de Galicia, les otorga la consideración de recurso específico, y determina el acceso a las modalidades de extracción, las condiciones para su explotación, los días y horarios permitidos para la actividad, los cupos máximos y otras normas reguladoras.
En dicha orden, en su artículo 3º, la explotación de poliquetos, gusanos marinos para cebo, en el litoral de Galicia, indica que la explotación de poliquetos requerirá la presentación de un plan de explotación según lo establecido en el Decreto 425/1993, de 17 de diciembre (DOG nº 13, del 20 de enero de 1994), por lo que se refunde la normativa vigente sobre el permiso de explotación para ejercer la actividad pesquera y marisquera.
Con posterioridad la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos publica la Orden de 18 de abril de 2006 en la que se regulan los planes de explotación para poliquetos, y viene a determinar el marco para desarrollar esta actividad.
En la citada Orden de 18 de abril, y en colaboración con el Centro de Investigaciones Marinas se identificaron taxonómicamente todas las especies de poliquetos comercializables, lo que se completó con una revisión bibliográfica sobre la biología y ecología de cada especie, de la que resulta que las especies que se explotan continúan a ser actualmente:
-Hediste diversicolor (gusana de fango, gusana roja).
-Diopatra neapolitana (gusana de tubo, gusana canutillo, funda de tubo).
-Lumbrineris impatiens (gavilán).
-Arenicola marina (gusana de arena).
Por lo expuesto,
DISPONGO:
Artículo 1º
Se aprueban los siguientes planes de explotación para poliquetos para el año 2007, que se desarrollarán conforme a lo indicado en el artículo 3º de la Orden de 18 de abril de 2006, y a las instrucciones que se puedan dictan al respecto:
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Foz.
Especies: Arenicola marina.
Días máximos de extracción: 156.
Puntos de control: en Foz, salida Mañente; en Barreiros, Esteiro, salida a Barreira.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: bancos de Fondás y O Taro (ría de Foz).
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Espasante.
Especies: Arenicola marina y Diopatra neapolitana.
Días máximos de extracción: 62.
Puntos de control: Punta Cabalar, muelle de Ortigueira y muelle de Ladrido.
Épocas probables de extracción: de junio a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: Ladrido (muelle de Ladrido hasta parque de cultivo, Laxas) Ortigueira (playa Cabalar, muelle de Ortigueira hasta punta Cabalar), muelle Ortigueira (zona sur) y Senra (zona norte).
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Ferrol.
Días máximos de extracción: 106.
Puntos de control: muelle y lonja de Ferrol, ría de Ferrol (embarcaciones de vigilancia).
Épocas probables de extracción: de junio a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: desde isla Redonda hasta isla Castelo.
Arte o técnica de extracción: a buceo con suministro de aire desde la superficie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Miño.
Especies: Hediste diversicolor, Arenicola marina, Diopatra neapolitana y Lumbrineris impatiens.
Días máximos de extracción: 140.
Puntos de control: puerto y playa pequeña de Miño.
Épocas probables de extracción: de marzo hasta octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: Souto, Lombo Castelo de Souto, río Láncara, Salinas, río Morto, Lombo Castelo de O Pedrido, Espiñeira, pta. playa Xurela, playa pequeña Cebado, playa pequeña Couce, Lombo Espiñeira. A Ponte do Porto, final playa grande, Seixas y río Bañobre.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de A Coruña.
Especies: Lumbrineris impatiens y Arenicola marina.
Días máximos de extracción: 155.
Puntos de control: zonas de extracción.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: entre Pedra do Sal hasta playa de Bastiagueiro.
Arte o técnica de extracción: a pie, buceo en apnea y con suministro de aire desde la superficie.
-Plan de poliquetos de la Asociación de Mariscadores Fonte Sta. Helena de Baldaio.
Especies: Arenicola marina.
Días máximos de extracción: 24.
Puntos de control: Fonte Santa Helena.
Épocas probables de extracción: de mayo a septiembre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: laguna externa.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Corme-Malpica-Muxía-Camelle.
Especies: Lumbrineris impatiens.
Días máximos de extracción: 120.
Puntos de control: muelles de Corme, Muxía, Camelle y Malpica de Bergantiños.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: se determinará en la resolución de apertura.
Arte o técnica de extracción: a pie y a buceo con suministro de aire desde la superficie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de O Pindo.
Especies: Lumbrineris impatiens, Arenicola marina, Hediste diversicolor, Diopatra neapolitana.
Días máximos de extracción: 150.
Puntos de control: zonas de producción.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: entre Punta Boxeco y Punta Curra.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Lira.
Especies: Hediste diversicolor, Arenícola marina, Lumbrineris impatiens.
Días máximos de extracción: 102.
Puntos de control: zona A (en la playa de la Lagoa), zona B (en Maceiras), zona C (playa de Arca).
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: (zona A) playa de Lagoa y Lagoa de Carrofeito, (zona B) playa de Carnota y (zona C) de Portocubelo a playa de Arca.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Muros.
Especies: Hediste diversicolor, Arenicola marina, Lumbrineris impatiens.
Días máximos de extracción: 50.
Puntos de control: Ancoradoiro, playas de A Virxe, Abelleira y Esteiro.
Épocas probables de extracción: de marzo a junio, y octubre.
Zona de trabajo: de punta Uhía a punta Ínsua.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Vilaxoán.
Especies: Hediste diversicolor y Arenicola marina.
Días máximos de extracción: 72.
Puntos de control: Esteiro do Rial, Saíñas y Corón.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: Esteiro do Rial, Saíñas y Corón.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Vilanova de Arousa.
Especies: Hediste diversicolor, Arenicola marina y Diopatra neapolitana.
Días máximos de extracción: 75.
Puntos de control: zona de extracción y lonja de Vilanova de Arousa.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: Castelete-O Rego (desde Punta Baleiro a Rego do Alcalde), Esteiro de Vilamaior, O Bote-As Carballas (desde Punta Ariño hasta Punta Baleiro).
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Cambados.
Especies: Hediste diversicolor, Arenicola marina y Diopatra neapolitana.
Días máximos de extracción: 75.
Puntos de control: cobertizo de la calle Montesaco de San Tomé y lonja de Tragove.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: zonas de autorización, según la resolución de apertura.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de O Grove.
Especies: Arenicola marina, Diopatra neapolitana y Hediste diversicolor.
Días máximos de extracción: 88.
Puntos de control: zonas de extracción y lonja de O Grove.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: de punta Faxilda a puente de A Illa da Toxa y de punta Cabreirón a puente de A Illa da Toxa.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Aldán.
Especies: Hediste diversicolor, Arenicola marina, Lumbrineris impatiens y Diopatra neapolitana.
Días máximos de extracción: 36.
Puntos de control: lonja de Aldán.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: zona interna de la ría de Aldán-Banco de S. Cibrán, playa de Vilariño y O Cagallón.
Zona externa de la ría-playas de Area Brava y Castiñeiras.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Cangas.
Especies: Nereis diversicolor, Arenicola marina, Lumbrineris spp.
Días máximos de extracción: 90.
Puntos de control: zona de extracción y lonja de Cangas.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre.
Zona de trabajo: se delimitarán en la resolución de apertura.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la Asociación de Mariscadores de Vilaboa.
Especies: Hediste diversicolor, Diopatra neapolitana, Arenicola marina.
Días máximos de extracción: 50.
Puntos de control: muelle de Sta. Cristina de Cobres.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: se delimitará en la resolución de apertura.
Arte o técnica de extracción: a pie.
-Plan de poliquetos de la cofradía de pescadores de Redondela.
Especies: Hediste diversicolor, Diopatra neapolitana.
Días máximos de extracción: 100.
Puntos de control: A Portela y lonja de Cesantes.
Épocas probables de extracción: de marzo a octubre, ambos inclusive.
Zona de trabajo: se delimitará en la resolución de apertura.
Arte o técnica de extracción: a pie.
Artículo 2º
1. Todas aquellas personas que quieran dedicarse a la extracción de poliquetos deberán figurar en un plan de explotación y estar en posesión de un permiso de explotación según lo regulado en el Decreto 425/1993, de 17 de diciembre.
2. Los armadores de embarcaciones con permiso de explotación que incluyen artes de anzuelo y que estén utilizando poliquetos como cebo, deberán solicitarle a las delegaciones territoriales de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos autorización para la captura de poliquetos (según anexo III) indicando fechas y zonas. No podrán realizarse extracciones en aquellas zonas en las que existan planes de explotación.
3. Según la Orden de 23 de abril de 1999 modificada por la de 13 de junio de 2001, de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, por la que se regula el ejercicio del buceo profesional, la aprobación de los planes de explotación con arte o modalidad de buceo implica la autorización para realizar el buceo en las zonas y período de vigencia de aquellas, según las resoluciones de apertura que sean dictadas por la delegación territorial, sin perjuicio de la correspondiente aprobación para efectos de seguridad, otorgada por la Capitanía Marítima correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 14 de octubre de 1997, del Ministerio de Fomento, que establece las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas.
Disposiciones adicionales
Primera.-Presentación de solicitudes del plan para el año 2008.
1. Las solicitudes se dirigirán a la conselleira de Pesca y Asuntos Marítimos según el modelo que figura en el (anexo I) de la Orden de 18 de abril de 2006,
antes del 31 de diciembre de 2007, contará con informe favorable de/las cofradías de ámbito territorial donde se va a desarrollar. Se presentarán en el registro de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos o en el de cualquiera de sus delegaciones territoriales y comarcales, y en cualquier de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La solicitud vendrá acompañada del plan de explotación original, cuatro copias, más una copia en soporte informático; en el caso de que el plan se desarrolle en el ámbito del Parque Nacional de las Islas Atlánticas o zona de protección ambiental se añadirá una copia para informe de la administración ambiental competente.
Las solicitudes vendrán firmadas por el representante legal de la entidad; si la solicitud es para un plan conjunto deberá firmarse por todos los representantes o constar el acuerdo de delegación expresa de nombramiento de representante.
2. Las solicitudes a las que se refiere el artículo 3º de la Orden de 18 de abril de 2006, se ajustarán a los modelos que figuran como (anexo II) de esta orden.
3. Las delegaciones territoriales de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, como órganos responsables de la tramitación de la solicitud comprobarán que reúnen todos los requisitos. En caso contrario se les pondrá de manifiesto por escrito a los interesados, para que en el plazo de diez (10) días remitan cuantos datos, documentos complementarios y aclaraciones se consideren necesarios para poder evaluar el plan. Advertido de que si así no lo hicieran, se considerará que desistieron de su petición. La documentación requerida para la enmienda de la solicitud deberá ser presentada en el registro de la delegación territorial de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos a la que corresponda la tramitación, salvo que en el escrito de requerimiento se señale otra cosa. La documentación presentada en un registro distinto podrá ser no admitida, a menos que tenga entrada en aquel dentro del plazo inicial de 10 días conferido para su entrega.
4. No se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior a las solicitudes que no vengan acompañadas como mínimo de los aspectos señalados en el artículo 2º de la Orden de 18 de abril de 2006, ya que si carecen de dichos documentos podrán ser no admitidos sin más trámite.
Disposiciones finales
Primera.-Los planes de explotación presentados por las entidades que sirvieron de base para esta orden estarán disponibles en los servicios centrales, delegaciones territoriales correspondientes de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, así como en la sede de las entidades responsables de estos.
Segunda.-Se autoriza al director general de Recursos Mariños para el desarrollo de esta orden, que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 4 de abril de 2007.
Carmen Gallego Calvar
Conselleira de Pesca y Asuntos Marítimos

