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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Miércoles, 10 de octubre de 2012 Pág. 38821

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2012 por la que se conceden las ayudas convocadas por la Orden de 14 de mayo de 2012 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para proyectos de investigación desarrollados por investigadores emergentes y se procede a su convocatoria para el año 2012.

La Orden de 14 de mayo de 2012 (DOG de 25 de mayo) convocó las ayudas para proyectos de investigación desarrollados por investigadores emergentes para el año 2012, en régimen de concurrencia competitiva.

Finalizada la tramitación establecida en la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la orden de convocatoria y atendiendo al informe-propuesta elevado por la comisión evaluadora a través de la Secretaría General de Universidades, esta consellería

RESUELVE:

Primero. Conceder a los siguientes investigadores del Sistema Universitario de Galicia las ayudas que a continuación se relacionan para el desarrollo de los proyectos presentados y en la cuantía que se indica en cada caso.

Nº de expte.

Solicitante

Univ.

2012

2013

2014

2015

Total

EM 2012/005

Bandín Matos, Isabel

USC

2.400

15.000

33.000

45.642,40

96.042,40

EM 2012/012

Barral Martínez, Margarita

USC

5.290

26.000

33.000

11.600

75.890

EM 2012/087

Carballa Arcos, Marta

USC

4.800

24.000

44.000

25.600

98.400

EM 2012/140

Casarejos Ruíz, Enrique

UVigo

12.600

38.000

30.000

17.200

97.800

EM 2012/017

Doallo Pesado, Sonia

USC

11.569,20

23.000

31.000

30.574

96.143,20

EM 2012/088

Esteban Gómez, David

UDC

3.960

26.000

38.000

29.320

97.280

EM 2012/019

Flores Arias, Mª Teresa

USC

3.960

34.000

35.000

23.440

96.400

EM 2012/117

García Fandiño, Rebeca

USC

1.450

20.000

25.000

8.850

55.300

EM 2012/159

Garrote Velasco, Gil

UVigo

16.562,50

38.000

30.000

10.437,50

95.000

EM 2012/111

González Díaz, Julio

USC

3.600

47.000

44.000

0

94.600

EM 2012/079

Laffon Lage, Blanca

UDC

1.200

29.000

31.000

28.000

89.200

EM 2012/100

Maseda Rodríguez, Ana Belén

UDC

2.713,20

34.000

41.000

18.212,80

95.926

EM 2012/141

Mato Corzón, Marta Mª

UVigo

19.050

40.000

22.000

16.250

97.300

EM 2012/035

Míguez Macho, Antonio

USC

8.400

29.000

32.000

29.800

99.200

EM 2012/153

Miranda López, José Manuel

USC

3.600

29.000

42.000

20.200

94.800

EM 2012/142

Mohamed Falcón, Kais Jacob

UVigo

6.877,07

46.000

17.000

0

69.877,07

EM 2012/039

Nogueiras Pozo, Rubén

USC

19.800

24.000

32.000

22.600

98.400

EM 2012/083

Pazos Currás, Marta Mª

UVigo

27.600

21.000

27.000

22.720

98.320

EM 2012/091

Pérez Lustres, José Luis

USC

12.760

45.000

10.000

9.500

77.260

EM 2012/080

Piedracoba Varela, Silvia

UVigo

1.200

67.000

19.000

9.584

96.784

EM 2012/054

Prieto Martínez, Mª Pilar

USC

3.000

21.000

20.000

19.925,54

63.925,54

EM 2012/076

Puente Aba, Luz María

UDC

1.200

25.000

34.000

22.000

82.200

EM 2012/055

Quintana Álvarez, José Benito

USC

3.600

31.000

38.000

24.400

97.000

EM 2012/070

Ramos Vázquez, José Antonio

UDC

14.000

11.000

25.000

37.000

87.000

EM 2012/060

Rodríguez Lado, Luis Manuel

USC

15.000

33.000

39.000

10.600

97.600

EM 2012/042

Rodríguez Martínez, Héctor

USC

2.400

48.000

33.000

0

83.400

EM 2012/043

Rodríguez Osorio, Carlos

USC

1.200

35.000

24.000

19.500

79.700

EM 2012/045

Salas Ellacuriaga, Antonio

USC

3.960

3.800

41.000

50.800

99.560

EM 2012/046

Sanmartín Barros, Israel

USC

8.400

33.000

37.000

0

78.400

EM 2012/051

Varela Carrete, Jesús Ángel

USC

1.200

28.000

30.000

38.380

97.580

EM 2012/138

Vázquez Alejos, Ana Mª

UVigo

1.200

51.000

36.000

8.560

96.760

EM 2012/061

Vidal Figueroa, Anxo

USC

16.800

25.000

27.000

30.580

99.380

Segundo. Las solicitudes no incluidas en la resolución de concesión se entenderán denegadas o desestimadas.

Tercero. Los beneficiarios deberán remitir a la Secretaría General de Universidades un escrito de aceptación de la ayuda en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG. La no aceptación de la ayuda en el plazo indicado implicará la renuncia a la ayuda y se procederá conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Cuarto. La subvención será librada a través de la universidad a la que pertenezca el solicitante, de acuerdo con la normativa vigente.

Para poder proceder al libramiento de los fondos será preciso que la universidad correspondiente expida, en la fecha límite de 30 de noviembre del ejercicio correspondiente a la anualidad de que se trate, la certificación expresiva de la realización del gasto y del pago acompañada de un informe de seguimiento, firmado por el investigador solicitante del proyecto, en el que se detalle el logro de los objetivos del proyecto. Este informe podrá ser anual o final. El informe final deberá ser entregado en formato papel y digital y se acompañará de las separatas o documentos que demuestren los resultados generados por el proyecto.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado ante el órgano administrativo competente, éste requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de diez días la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Para efectuar el último pago, el beneficiario presentará una declaración complementaria del conjunto de las ayudas solicitadas para el mismo proyecto, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, de las distintas administraciones públicas competentes o de sus organismos, entes o sociedades.

Quinto. El incumplimiento por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de la convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Sexto. Contra esta resolución que agota la vía administrativa los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final.

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria