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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Martes, 14 de mayo de 2013 Pág. 16048

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1823/2010).

Sala de lo Social - Secretaría M. Socorro Bazarra Varela.

Tipo y nº de recurso: recurso suplicación 1823/2010 IP.

Materia: otros derechos laborales.

Recurrente: María del Carmen Buján Gómez.

Recurridos: Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, María Antonia Guerrero Ruiz, María Encarnación Fernández Méndez, María Emilia Pérez Teijeiro, Rossina María Cristina Castro Villar, Eva Vázquez Saavedra, María Lidia Rey Fernández, María Montserrat Vidal Ares, María Aurora Vázquez Saavedra, Felicitas Vázquez Castro, María Josefa Regueiro Lamas, Ana María Rubal Fernández, María Carmen López Rodríguez, Isabel Ortiz Novoa, Carmen Lucía Abal Saborido, Angelina Valladares Domínguez, María Victoria Diz Couto, María Carmen Cores Caldelas, María Pilar Serantes Gómez, Lucinda Maceira Sánchez, Elisa Cibeira Fernández, Rosa María González Domínguez, María Ángeles Bao Fernández, María del Carmen Costa Dorado, Enrique González Domínguez, Julia María Bouza Fernández, María Carmen González Iglesias, María Eugenia Rodríguez Couñago, Josefa Trabazo García, María Venera Antelo Arijón, María Teresa Pallares Romero, María Teresa Creo Tubío, Rosa García Núñez, María Delfina González Castro.

Juzgado de origen/autos: Juzgado de lo Social nº 1 de Vigo. Demanda 652/2009.

María Socorro Bazarra Varela, secretaria de la Sala do Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia:

En las actuaciones de recurso de suplicación número 1823/10 IP a las que se refiere el encabezamiento, seguidas ante la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 652/2009 del Juzgado de lo Social nº 1 de Vigo, promovidos por María del Carmen Buján Gómez contra la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, María Antonia Guerrero Ruiz, María Encarnación Fernández Méndez, María Emilia Pérez Teijeiro, Rossina María Cristina Castro Villar, Eva Vázquez Saavedra y otros, sobre otros derechos laborales, con fecha 21 de diciembre 2012 se ha dictado la resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Mª del Carmen Buján Gómez contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Vigo, de fecha 23 de noviembre de 2009, debemos confirmar íntegramente la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley reguladora de la jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia a fin de que sirva de notificación en forma a Josefa Trabazo García, Mª Delfina González Castro, Mª Teresa Pallares Romero, Mª Eugenia Rodríguez Couñago, Mª Ángeles Bao Fernández, Mª Aurora Vázquez Saavedra y Mª Carmen Cores Caldelas, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 22 de abril de 2013

La secretaria judicial