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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Viernes, 28 de junio de 2013 Pág. 25296

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 21 de junio de 2013 por la que se convocan pruebas libres de títulos extinguidos de los establecidos al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.

El Real decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en su artículo 18.2 que la implantación de las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional y de los respectivos nuevos currículos comenzará en el año académico 2007-2008 y deberá completarse dentro del plazo de aplicación de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, sin perjuicio de su actualización permanente, de acuerdo con las exigencias del Sistema nacional de las cualificaciones y de la formación profesional.

En el número 3 de dicho artículo se establece que mientras no se produzca la implantación regulada en el punto anterior seguirán vigentes las titulaciones y los currículos derivados de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.

El Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo de Galicia, regula en su artículo 24 las pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior.

La Orden de 12 de julio de 2011 regula el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial.

Como consecuencia de la entrada en vigor de los nuevos títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en sustitución de los establecidos por la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, procede convocar la realización de pruebas libres de módulos profesionales de los ciclos formativos que se extinguen, a fin de permitir finalizar los estudios y lograr la titulación al alumnado que se vea afectado por la implantación de las nuevas enseñanzas.

Por todo lo anterior, la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, haciendo uso de las competencias que le confiere el artículo 34.6° de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONE:

Artículo 1. Objeto

1. Esta orden tiene por objeto establecer en centros públicos la realización de dos convocatorias de pruebas libres para la obtención de títulos de formación profesional actualmente extinguidos de los establecidos al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, a fin de permitir finalizar los estudios y lograr la titulación al alumnado que haya cursado las enseñanzas de dichos títulos en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La relación de ciclos formativos para los que se convocan pruebas libres de módulos profesionales de títulos extinguidos en el curso académico 2013-2014 y la de los centros públicos en los que se realizarán dichas pruebas figuran en el anexo I de esta orden.

2. Las dos convocatorias tendrán lugar en el curso académico siguiente al de la extinción definitiva de la docencia del título, con arreglo al siguiente calendario:

La primera convocatoria se realizará en el mes de septiembre, antes del comienzo de las actividades lectivas, a fin de posibilitar la matrícula en el ciclo equivalente establecido al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

La segunda convocatoria se realizará en el mes de junio, coincidiendo con la conclusión de las actividades lectivas.

3. Podrán ser objeto de evaluación en dichas convocatorias todos los módulos profesionales de los ciclos formativos extinguidos excepto el de formación en centros de trabajo (FCT), que se regulará según lo dispuesto en el artículo 8 de esta orden.

4. El alumnado con módulos pendientes en ciclos formativos de menos de 2.000 horas de duración tras la realización de la primera convocatoria prevista de pruebas libres podrá solicitar plaza en el segundo curso por el régimen ordinario, a efectos de terminar el ciclo formativo que se extingue, si cumple los correspondientes criterios de promoción.

5. El alumnado con módulos pendientes diferentes al de FCT tras la realización de cualquiera de las dos convocatorias previstas de pruebas libres y que desee finalizar sus estudios podrá matricularse, en su caso, en las enseñanzas del título equivalente establecido al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, para lo que se aplicará el régimen de convalidaciones de módulos establecidos en el real decreto correspondiente.

En el caso del régimen ordinario, la matrícula se formalizará en el curso que corresponda en función del cumplimiento de los requisitos de promoción.

Artículo 2. Lugar y plazo de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes de inscripción para participar en las pruebas libres objeto de esta orden se presentarán en las secretarías de los centros públicos que hayan ofrecido las correspondientes enseñanzas en el momento de su extinción y se dirigirán al director o directora, de acuerdo con lo siguiente:

a) Las personas aspirantes que hayan cursado el ciclo formativo en un centro público deberán presentar necesariamente la solicitud en el mismo centro en el que hayan estado matriculadas. En caso de no ofrecerse el ciclo formativo en el momento de la extinción, se regirá por lo dispuesto en el apartado b).

b) En el caso de alumnado procedente de centros privados, se deberá presentar la solicitud en alguno de los centros públicos a los que se hace referencia anteriormente.

2. Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes, en función de las convocatorias previstas:

a) Para la primera convocatoria: del 10 al 20 de julio de 2013.

b) Para la segunda convocatoria: del 10 al 20 de mayo de 2014.

3. El modelo de solicitud se ajustará a lo establecido en el anexo II de esta orden. Se acompañará la documentación acreditativa que corresponda.

4. Los centros harán pública en el tablón de anuncios la relación provisional de personas admitidas en el plazo máximo de dos días hábiles desde la finalización del plazo correspondiente. Se podrá presentar reclamación en el plazo máximo de tres días hábiles.

Artículo 3. Requisitos de las personas solicitantes

Para poder acceder a la realización de las pruebas libres objeto de esta orden correspondientes a un título de técnico o de técnico superior extinguido, las personas aspirantes deberán cumplir lo siguiente:

a) Cumplir los requisitos académicos de acceso directo o mediante prueba a los ciclos formativos correspondientes de grado medio o superior, establecidos en el artículo 41 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

b) Haber formalizado en cursos académicos anteriores la matrícula en algún centro educativo de Galicia y en un ciclo formativo actualmente extinguido, derivado de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, de los que se convocan pruebas libres de módulos profesionales.

c) No estar matriculado/a simultáneamente en las pruebas libres objeto de esta orden y en el ciclo formativo establecido al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que sustituya al establecido al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.

d) De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Decreto 114/2010, de 1 de julio, durante el período de vigencia de la matrícula, una persona no podrá estar matriculada simultáneamente en un mismo módulo profesional en las modalidades a distancia, semipresencial o presencial, así como en las pruebas para la obtención de éste.

Artículo 4. Elaboración, contenido y estructura de las pruebas

1. En cada centro de los que se recogen en el anexo I se constituirá una comisión de evaluación formada por el profesorado de los departamentos correspondientes, que diseñará las pruebas para cada uno de los módulos profesionales del ciclo formativo, excepto el de formación en centros de trabajo.

Dicha comisión estará presidida por el jefe o la jefa del departamento de la familia profesional a la que pertenezca el ciclo formativo.

2. Las pruebas se ajustarán a los currículos de los ciclos formativos que se extinguen, e incluirán contenidos teóricos y prácticos que permitan evidenciar, a través de los criterios de evaluación correspondientes, si la persona aspirante ha alcanzado los objetivos específicos establecidos para cada módulo en relación con los objetivos generales del ciclo formativo.

3. La estructura de la prueba, el procedimiento y los criterios de evaluación se deberán publicar en el tablón de anuncios del centro con una antelación mínima de dos días con respecto al comienzo de la realización de las pruebas.

4. Cada módulo profesional será evaluado por un único miembro del profesorado, que firmará las actas de evaluación correspondientes.

Artículo 5. Convalidación de módulos profesionales

1. Las personas aspirantes admitidas para la realización de las pruebas podrán tener derecho a las convalidaciones de módulos profesionales de ciclos formativos a que se hace referencia en las letras a), b) y c) del punto 2 de la disposición transitoria segunda de la Orden de 12 de julio de 2011 por la que se regula el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial.

Asimismo, las personas que tengan acreditadas unidades de competencia de títulos establecidos al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, podrán solicitar la convalidación de los módulos profesionales asociados ante el director o la directora del centro educativo.

2. Quien desee solicitar la convalidación de algún módulo profesional deberá hacerlo constar expresamente en el momento de presentar la solicitud de inscripción para las pruebas, para lo que será preciso acompañar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para obtenerla.

Artículo 6. Calificación final de las pruebas libres

1. La expresión de la calificación final obtenida por cada aspirante en cada uno de los módulos profesionales se realizará en los términos previstos en el artículo 37 de la de la Orden de 12 de julio de 2011 por la que se regula el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial.

2. Las personas aspirantes podrán presentar reclamación contra las calificaciones finales alcanzadas en cada módulo en el centro en el que se hayan realizado las pruebas, con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 45.2 de la citada Orden de 12 de julio de 2011. Las reclamaciones se basarán necesariamente en alguno de los aspectos recogidos en el artículo 4.3 de esta orden.

Artículo 7. Certificación

La superación de las pruebas libres de módulos profesionales dará derecho a una certificación individual por cada módulo superado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43.4 de la Orden de 12 de julio de 2011 por la que se regula el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado que cursa las enseñanzas de formación profesional inicial. El modelo de certificación será el establecido en el anexo XI de dicha orden.

Artículo 8. Módulo de formación en centros de trabajo en títulos extinguidos

1. El alumnado que tenga pendiente de superación únicamente el módulo de formación en centros de trabajo una vez que se produzca la extinción definitiva de la docencia de un determinado ciclo formativo o tras la realización de alguna de las dos convocatorias a las que se hace referencia en el artículo 1 de esta orden podrá solicitar su realización en alguno de los plazos y de los períodos extraordinarios establecidos en la Orden de 28 de febrero de 2007 por la que se regula el módulo profesional de formación en centros de trabajo de la formación profesional inicial para el alumnado matriculado en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. El módulo de formación en centros de trabajo de un título extinguido podrá realizarse como máximo hasta el siguiente curso académico al de la realización de las convocatorias de pruebas previstas en el artículo 1 de esta orden.

3. La inscripción para solicitar la exención o cursar el módulo de formación en centros de trabajo se realizará por el régimen de prueba libre en los mismos centros a los que se hace referencia en el artículo 2.1 de esta orden, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1.4 de esta orden.

4. Para tener derecho a la exención del módulo de formación en centros de trabajo, además del cumplimiento de los requisitos generales establecidos en la normativa vigente, será preciso haber superado el resto de los módulos profesionales del ciclo formativo. La documentación a presentar es la que se especifica en el artículo noveno de la citada Orden de 28 de febrero de 2007. La exención de la FCT se resolverá una vez publicada la resolución de las cualificaciones definitivas del resto de los módulos profesionales.

5. Para el seguimiento del módulo de formación en centros de trabajo se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden de 28 de febrero de 2007 por la que se regula el módulo profesional de formación en centros de trabajo de la formación profesional inicial para el alumnado matriculado en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 9. Titulación

Las personas interesadas que superen todos los módulos profesionales de un determinado ciclo formativo y superen el módulo de formación en centros de trabajo o sean eximidas de él, con arreglo a lo establecido en el artículo 8 de esta orden, podrán solicitar la expedición del título correspondiente.

En estos casos, los centros educativos realizarán la propuesta de título por el régimen de «prueba libre».

Disposición final primera. Desarrollo normativo

Se autoriza a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa a desarrollar esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de junio de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

Anexo I
Convocatoria de pruebas libres de módulos profesionales para la obtención de títulos extinguidos establecidos al amparo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo
Relación de ciclos formativos y centros públicos. Curso académico 2013-2014

Código ciclo

Ciclo extinguido LOGSE

Ayuntamiento

Código centro

Centro

CS04001

CS Administración y finanzas

Arteixo

15023314

IES de Sabón

Arzúa

15027733

IES de Arzúa

Barco de Valdeorras, O

32001725

IES Lauro Olmo

Betanzos

15001148

IES As Mariñas

Boiro

15026698

IES Espiñeira

Bueu

36019463

IES Johan Carballeira

Burela

27013934

IES Perdouro

Cangas

36019475

IES de Rodeira

Cambados

36019396

IES Francisco Asorey

Cambre

15027873

IES Afonso X O Sabio

Chantada

27003175

IES Val do Asma

Carballiño, O

32015037

IES Manuel Chamoso Lamas

Carballo

15002591

IES Monte Neme

Cee

15003224

IES Fernando Blanco

Cedeira

15026376

IES Punta Candieira

Coruña, A

15005397

IES Fernando Wirtz Suárez

Estrada, A

36002359

IES Antón Losada Diéguez

Ferrol

15006778

CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro

Guarda, A

36019244

IES A Sangriña

Lalín

36013758

IES Laxeiro

Lugo

27015773

IES Muralla Romana

Moaña

36004745

IES A Paralaia

Monforte de Lemos

27015311

IES A Pinguela

Narón

15026455

IES Terra de Trasancos

Nigrán

36015184

IES Escolas Proval

Noia

15026731

IES Campo de San Alberto

Ourense

32016765

CIFP Portovello

Padrón

15023090

IES Macías o Namorado

Ponteareas

36014520

IES Pedra da Auga

Pontes de García Rodríguez, As

15021767

IES Castro da Uz

Pontevedra

36018677

IES Luís Seoane

Porriño, O

36019529

IES Ribeira do Louro

Redondela

36016656

IES Pedro Floriani

Ribadeo

27020793

CIFP Porta da Auga

Ribeira

15027711

IES Leliadoura

Santa Comba

15026030

IES Terra de Xallas

Santiago de Compostela

15027058

IES As Fontiñas

Sanxenxo

36019256

IES de Vilalonga

Sarria

27012036

IES Gregorio Fernández

Vimianzo

15026418

IES Terra de Soneira

Vigo

36017430

IES Ricardo Mella

Vilagarcía de Arousa

36019669

IES Armando Cotarelo Valledor

Vilalba

27013326

IES Lois Peña Novo

Viveiro

27013636

IES María Sarmiento

Verín

32013582

IES García-Barbón

Xinzo de Limia

32014801

IES Cidade de Antioquía

CS01002

CS Gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos

Arzúa

15027733

IES de Arzúa

Becerreá

27000617

CFEA Alta Montaña

Castro de Rei

27015891

IES da Terra Chá, José Trapero Pardo

Mondoñedo

27006966

IES San Rosendo

Ponteareas

36007552

CIFP A Granxa

Pontevedra

36020192

CFEA de Lourizán

Xinzo de Limia

32014801

IES Cidade de Antioquía

CM05003

CM Preimpresión en artes gráficas

Coruña, A

15004204

IES Calvo Sotelo

Ferrol

15021469

IES Leixa

Pontevedra

36006419

IES Montecelo

Santiago de Compostela

15016000

CIFP Compostela

CM08003

CM Obras de hormigón

Coruña, A

15024513

CIFP Someso

Carballeda de Valdeorras

32016467

IES Sección de Sobradelo-Carballeda

CM08002

CM Obras de albañilería

Coruña, A

15024513

CIFP Someso

Carballeda de Valdeorras

32016467

IES Sección de Sobradelo-Carballeda

CM08001

CM Acabados de construcción

Ribadeo

27020793

CIFP Porta da Auga

CS08002

CS Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas

Coruña, A

15024513

CIFP Someso

Ferrol

15006778

CIFP Rodolfo Ucha Piñeiro

Lugo

27006516

CIFP Politécnico de Lugo

Ourense

32015050

CIFP A Farixa

Pontevedra

36019268

IES Gonzalo Torrente Ballester

Santiago de Compostela

15027058

IES As Fontiñas

Vigo

36011634

IES Politécnico de Vigo

CS09002

CS Desarrollo de productos electrónicos

Burela

27013934

IES Perdouro

Carballo

15002591

IES Monte Neme

Coruña, A

15005269

IES Urbano Lugrís

Culleredo

15005749

IES Universidade Laboral

Ferrol

15006754

CIFP Ferrolterra

Lugo

27006516

CIFP Politécnico de Lugo

Nigrán

36015184

IES Escolas Proval

Ourense

32015050

CIFP A Farixa

Pontevedra

36014489

CIFP A Xunqueira

Santiago de Compostela

15015767

CIFP Politécnico de Santiago

Vigo

36017430

IES Ricardo Mella

CS09003

CS Sistemas de regulación y control automáticos

Coruña, A

15005269

IES Urbano Lugrís

Ferrol

15006754

CIFP Ferrolterra

Padrón

15023090

IES Macías o Namorado

Santiago de Compostela

15015767

CIFP Politécnico de Santiago

Vigo

36011634

IES Politécnico de Vigo

Vilagarcía de Arousa

36013771

IES Fermín Bouza Brey

CS09004

CS Sistemas de telecomunicación e informáticos

Cangas

36019475

IES de Rodeira

Cambados

36019396

IES Francisco Asorey

Coruña, A

15005269

IES Urbano Lugrís

Ferrol

15006754

CIFP Ferrolterra

Lugo

27006516

CIFP Politécnico de Lugo

Monforte de Lemos

27007247

IES Francisco Daviña Rey

Ourense

32015050

CIFP A Farixa

Pontevedra

36014489

CIFP A Xunqueira

Santiago de Compostela

15015767

CIFP Politécnico de Santiago

Sarria

27012036

IES Gregorio Fernández

Vigo

36017430

IES Ricardo Mella

CS07001

CS Realización de audiovisuales y espectáculos

Coruña, A

15027800

IES Imaxe e Son

Vigo

36024461

IES Audiovisual de Vigo

CS07002

CS Producción de audiovisuales, radio y espectáculos

Coruña, A

15027800

IES Imaxe e Son

Ourense

32015050

CIFP A Farixa

Vigo

36024461

IES Audiovisual de Vigo

CS07003

CS Imagen

Coruña, A

15027800

IES Imaxe e Son

CS07004

CS Sonido

Coruña, A

15027800

IES Imaxe e Son

Vigo

36024461

IES Audiovisual de Vigo

CM12003

CM Peluquería

Barco de Valdeorras, O

32001725

IES Lauro Olmo

Bueu

36019463

IES Johan Carballeira

Burela

27013934

IES Perdouro

Coruña, A

15024513

CIFP Someso

Ferrol

15025645

IES Ricardo Carballo Calero

Lugo

27015773

IES Muralla Romana

Monforte de Lemos

27015311

IES A Pinguela

Ourense

32009116

IES 12 de Outubro

Pontevedra

36006730

IES Frei Martín Sarmiento

Santiago de Compostela

15023466

IES Lamas de Abade

Vigo

36018173

IES de Teis

CS12002

CS Estética

Coruña, A

15024513

CIFP Someso

Ferrol

15025645

IES Ricardo Carballo Calero

Lugo

27015773

IES Muralla Romana

Ourense

32009116

IES 12 de Outubro

Pontevedra

36006730

IES Frei Martín Sarmiento

Santiago de Compostela

15023466

IES Lamas de Abade

Vigo

36018173

IES de Teis

CM17002

CM Instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas

Cedeira

15026376

IES Punta Candieira

Cee

15003224

IES Fernando Blanco

Coruña, A

15005269

IES Urbano Lugrís

Fene

15032081

IES de Fene

Sarria

27012036

IES Gregorio Fernández

Verín

32013582

IES García-Barbón

Vigo

36011634

IES Politécnico de Vigo

Vilagarcía de Arousa

36013771

IES Fermín Bouza Brey

CS17002

CS Mantenimiento de equipo industrial

Cedeira

15026376

IES Punta Candieira

Sarria

27012036

IES Gregorio Fernández

Ourense

32009131

IES Universidade Laboral

Lalín

36013758

IES Laxeiro

Vigo

36011634

IES Politécnico de Vigo

Vigo

36024525

CIFP de Coia

Vilagarcía de Arousa

36013771

IES Fermín Bouza Brey

CM15001

CM Fabricación a medida e instalación de carpintería y mueble

Coruña, A

15004204

IES Calvo Sotelo

Coruña, A

15024513

CIFP Someso

Estrada, A

36002359

IES Antón Losada Diéguez

Ferrol

15006754

CIFP Ferrolterra

Melide

15008817

IES de Melide

Lugo

27006516

CIFP Politécnico de Lugo

Ortigueira

15020544

IES de Ortigueira

Outeiro de Rei

27020811

EPAPU de Bonxe

Pontevedra

36014489

CIFP A Xunqueira

Santiago de Compostela

15015767

CIFP Politécnico de Santiago

Vigo

36014568

CIFP Valentín Paz Andrade

CS15001

CS Desarrollo de productos en carpintería y mueble

Coruña, A

15024513

CIFP Someso

Santiago de Compostela

15032391

CIFP Santiago

Ourense

32020744

CIFP Santa María de Europa

Vigo

36014568

CIFP Valentín Paz Andrade

CS15002

CS Producción de madera y mueble

Coruña, A

15024513

CIFP Someso

Santiago de Compostela

15032391

CIFP Santiago

Ourense

32020744

CIFP Santa María de Europa

Vigo

36014568

CIFP Valentín Paz Andrade

CM03001

CM Buceo a media profundidad

Illa de Arousa, A

36020209

Igafa Instituto Galego de Formación en Acuicultura

CM03002

CM Operaciones de cultivo acuícola

Illa de Arousa, A

36020209

Igafa Instituto Galego de Formación en Acuicultura

CS03001

CS Navegación, pesca y transporte marítimo

Culleredo

15005749

IES Universidade Laboral

Ribeira

15027812

Esco. Oficial Náutico-Pesqueira

Vigo

36011804

Instituto Marítimo Pesqueiro do

Atlántico

CS19009

CS Prótesis dentales

Coruña, A

15022607

CIFP Ánxel Casal-Monte Alto

Lugo

27006516

CIFP Politécnico de Lugo

Santiago de Compostela

15023466

IES Lamas de Abade

Vigo

36013448

CIFP Manuel Antonio

CM2001

CM Atención sociosanitaria

Barco de Valdeorras, O

32001725

IES Lauro Olmo

Coruña, A

15022607

CIFP Ánxel Casal-Monte Alto

Ferrol

15021469

IES Leixa

Lugo

27006516

CIFP Politécnico de Lugo

Monforte de Lemos

27007247

IES Francisco Daviña Rey

Ourense

32016765

CIFP Portovello

Pontevedra

36014489

CIFP A Xunqueira

Redondela

36019566

IES de Chapela

Rianxo

15026807

IES Félix Muriel

Ribadeo

27020793

CIFP Porta da Auga

Santiago de Compostela

15016000

CIFP Compostela

Sarria

27012048

IES Xograr Afonso Gómez de Sarria

Viana do Bolo

32016777

IES Carlos Casares

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