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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Lunes, 10 de abril de 2017 Pág. 17081

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se declaran, con carácter provisional, los aspirantes admitidos y excluidos, así como los exentos y no exentos del ejercicio de lengua gallega, en el concurso-oposición para el ingreso en las categorías de médico/a asistencial del 061, médico/a coordinador/a del 061 y médico/a de urgencias hospitalarias, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2016.

Mediante Resolución de 22 de diciembre de 2016 de esta dirección general (Diario Oficial de Galicia número 7, de 11 de enero de 2017) se convocó concurso-oposición para el ingreso en las categorías de médico/a asistencial del 061, médico/a coordinador/a del 061 y médico/a de urgencias hospitalarias.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con la base sexta de la resolución de convocatoria, este centro directivo, como órgano convocante del proceso,

RESUELVE:

Primero. Declarar, con carácter provisional, los/las aspirantes admitidos/as y excluidos/as así como los/las exentos/as y no exentos/as de la realización del ejercicio de lengua gallega en el concurso-oposición para el ingreso en las categorías de médico/a asistencial del 061, médico/a coordinador/a del 061 y médico/a de urgencias hospitalarias, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2016.

Segundo. Las listas con la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación del motivo de exclusión, y los/las declarados/as exentos/as y no exentos/as de la realización del ejercicio de lengua gallega, podrán examinarse en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es).

Además, el estado de cada solicitud puede ser consultado por el/la solicitante en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos

Tercero. Las personas aspirantes excluidas y las declaradas no exentas de la realización del ejercicio de gallego dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para poder subsanar, en su caso, el defecto que motivó su exclusión y/o la declaración de no exento/a de la realización de tal ejercicio, mediante escrito dirigido a la misma unidad de convalidación a la que se dirigió la instancia de participación, que deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos disponibles del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Dispondrán del mismo plazo de reclamación las personas que, habiendo presentado debidamente solicitud de participación en el proceso, no consten como admitidas ni excluidas en la relación publicada.

Cuarto. La estimación o desestimación de las solicitudes de subsanación se entenderá implícita en la resolución por la que se apruebe, con carácter definitivo, la relación de admitidos/as y excluidos/as y de exentos/as y no exentos/as del ejercicio acreditativo del conocimiento de la lengua gallega, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de marzo de 2017

Margarita Prado Vaamonde
Directora general de Recursos Humanos