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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 3 de noviembre de 2017 Pág. 51057

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Vilalba

ANUNCIO de aprobación definitiva del Plan de sectorización para ampliación del parque empresarial de Vilalba, promovido por Queserías Entrepinares, S.A.U.

De conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley 2/2016 y 199 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, se hace público que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar definitivamente conforme al artículo 86.1.f) de la Ley 9/2002 y disposición transitoria segunda de la Ley 2/2016 el Plan de sectorización para ampliación de parque empresarial de Vilalba, promovido por Queserías Entrepinares, S.A.U. con CIF A47037296 conforme al proyecto redactado para aprobación definitiva en fecha septiembre de 2017 por el ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Manuel Campo Díaz, y el arquitecto técnico Manuel Ángel López Real.

Segundo. Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Galicia dentro del plazo de 1 mes desde su adopción, en cuyo anuncio se incluirán las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el ambiente de aplicación el plan, conforme al artículo 82.2 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia, recogidas en el estudio de sostenibilidad ambiental, impacto territorial y paisajístico que forma parte del documento para aprobación definitiva del Plan de sectorización para ampliación de parque empresarial promovido por Queserías Entrepinares, S.A.U. que se transcriben a continuación:

– Redacción del presente estudio de sostenibilidad ambiental, impacto territorial y paisajístico.

– Inclusión de las medidas definidas dentro de este documento en las normas de edificación recogidas dentro del plan de sectorización.

– Redacción de un estudio de impacto para el futuro proyecto de ejecución de la ampliación del parque empresarial, en el que se recogerán por lo menos los siguientes aspectos:

• Medidas correctoras para los posibles impactos producidos por las obras.

• Estudio de impacto de las obras, para detectar posibles afecciones durante las mismas y proponer medidas correctoras.

– Incorporación da ampliación ao Plan de control ambiental del parque empresarial.

Tercero. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Lugo del documento que contenga la normativa y las ordenanzas del Plan de sectorización para ampliación de parque empresarial de Vilalba, conforme al artículo 82.6 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia.

Cuarto. Proceder conforme al artículo 88 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia, a la remisión, una vez publicado en el Diario Oficial de Galicia el presente acuerdo, a la consellería competente en materia de urbanismo, de un ejemplar en soporte digital diligenciado del documento aprobado definitivamente para su inscripción en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

Quinto. Ordenar la publicación del presente acuerdo, junto con la ordenación definitivamente aprobada, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vilalba http://vilalba.sedelectronica.es/transparency/89044ec9-21eb-42a9-ae56-19f40791dc9b/ (www.vilalba.org - sede electrónica - transparencia - 7. urbanismo, obras públicas e ambiente_urbanismo, obras públicas y medio ambiente - 7.1. planeamento urbanístico_planeamiento urbanístico - “carpeta”) y practicar las notificaciones preceptivas en observancia de la legislación aplicable.

Sexto. En todo caso, la eficacia del presente acuerdo y la entrada en vigor del Plan de sectorización para ampliación del parque empresarial de Vilalba promovido por Queserías Entrepinares, S.A.U., quedan condicionadas a su publicación de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia y el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y transcurrido el plazo de 15 días señalado en el artículo 65.2 de la misma y a su inscripción en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia, conforme al artículo 88 de la Ley 2/2016».

El presente plan tiene naturaleza de disposición de carácter general, por lo que contra este acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sin prejuicio del ejercicio de las acciones legales que se consideren convenientes.

Vilalba, 30 de octubre de 2017

Agustín Baamonde Díaz
Alcalde