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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Martes, 05 de enero de 1999 Pág. 101

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 1998 por la que se convocan once becas de colaboración para la realización de tareas de estudio y análisis relacionados con el derecho autonómico gallego en el año 1999.

El artículo 3.1º.g de la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, prevé entre los fines de la escuela la investigación, la documentación, el estudio y la realización de trabajos de divulgación en el ámbito de la Administración pública, promoviendo su máxima difusión.

De conformidad con la referida disposición, se convocan 11 becas de colaboración en tareas de estudio y análisis relacionadas con el derecho autonómico gallego, según las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

La Escuela Gallega de Administración Pública convoca once becas de colaboración en tareas de estudio y análisis relacionadas con el derecho autonómico gallego.

Segunda.-Duración y dotación económica.

Las tareas relativas a estas becas se realizarán durante 1999 y tendrán una duración de 10 meses. Podrán ser prorrogadas, en función del aprovechamiento del adjudicatario, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.

La dotación económica de cada beca será de 132.850 pesetas mensuales.

El importe citado será pagado por la Escuela Gallega de Administración Pública, previa certificación emitida por el director general jefe de la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia, acreditativa de las tareas ejecutadas.

Tercera.-Naturaleza jurídica de la relación.

La condición de becario no generará una relación laboral o administrativa con la Xunta de Galicia ni su inclusión en la Seguridad Social.

Cuarta.-Requisitos de los participantes.

Podrán optar a las becas las personas que reúnan en los siguientes requisitos:

Ser licenciado en derecho.

Tener formación y/o conocimientos de lengua gallega.

Quinta.-Solicitudes.

Las personas interesadas presentarán en el Registro de la Escuela Gallega de Administración Pública, dentro de los quince días naturales siguientes al de su publicación de esta convocatoria, la siguiente documentación:

a) Una instancia de admisión para participar en las pruebas de selección, según el modelo anexo.

b) Currículum vitae y certificación académica en la que se detallen las calificaciones obtenidas.

c) Documentos que acrediten la formación y/o conocimiento en lengua gallega.

d) Memoria descriptiva en cinco folios como mínimo y diez como máximo sobre compilación y actualización de la normativa administrativa.

Sexta.-Tribunal.

Presidente: el jefe del Gabinete de Asesoramiento y Apoyo a la Actualización Normativa.

Vocales: el secretario de la Escuela Gallega de Administración Pública.

El jefe del Gabinete de Asuntos Constitucionales y Defensa Jurisdiccional.

Secretario: un funcionario dependiente de la Asesoría Jurídica General.

Séptima.-Criterios para la selección de los becarios.

La selección se llevará a cabo mediante la valoración de los méritos acreditados conforme al siguiente baremo:

a) Expediente académico: hasta cuatro puntos.

b) Currículum vitae: hasta dos puntos.

c) Conocimientos de la lengua gallega: hasta dos puntos.

d) Memoria descriptiva: hasta cinco puntos.

El tribunal podrá llevar a cabo una entrevista con los aspirantes preseleccionados por tener acreditados más de siete puntos en el anterior baremo, que versará sobre los méritos curriculares y la memoria con una duración máxima de quince minutos. En función del contenido de la entrevista, el tribunal podrá aumentar la puntuación inicial asignada en un máximo del 25 por ciento de la que les correspondiese por aplicación del baremo.

Finalmente el tribunal hará pública la relación de candidatos por orden de puntuación.

Octava.-Régimen de colaboración.

Los aspirantes seleccionados se incorporarán, después de la aceptación de la beca, en un plazo de tres días naturales siguientes al de la notificación del otorgamiento.

En el caso de que un adjudicatario por cualquier motivo no pueda prestar su colaboración, será sustituido por el candidato siguiente por orden de puntuación.

Los becarios prestarán su colaboración bajo las indicaciones del jefe del Gabinete de la Asesoría Jurídica General a que se asignen, en horario de mañana o tarde, de lunes a viernes, en el local que se establezca. Los trabajos realizados quedarán en propiedad de la Xunta de Galicia.

Los becarios presentarán, a la finalización de las becas, un informe sobre los trabajos realizados.

Novena.-Cláusula general.

En el caso de incumplimiento de las tareas de colaboración, la escuela podrá, a propuesta del director general jefe de la Asesoría Jurídica, y después de oir a la persona afectada, anular la beca.

La solicitud de las becas implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

Décima.-Tramitación anticipada.

Al amparo de lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de 1998, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes, las obligaciones derivadas de esta convocatoria estarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 1999.

Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 1998.

Domingo Bello Janeiro

Director general de la Escuela Gallega de

Administración Pública