DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Viernes, 06 de febrero de 2004 Pág. 1.611

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

CORRECCIÓN de errores.-Orden de 29 de diciembre de 2003 por la que se convocan las ayudas para el año 2004 correspondientes a los programas sectoriales de recursos naturales, tecnologías para la innovación y servicios al ciudadano del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y se actualizan las bases correspondientes aprobadas por las ordenes de 22 y 29 de abril de 2002 (Diario Oficial de Galicia del 30 de abril, 13 y 15 de mayo).

Advertido error en la citada orden publicada en el Diario Oficial de Galicia número 6, del lunes, día 12 de enero de 2004, es necesario hacer la siguiente corrección:

1. En la página 358 donde dice:

«Segundo.-Con el fin de contribuir a paliar las consecuencias del accidente del buque Prestige, tendrán interés prioritario, siempre que reúnan las condiciones de calidad requeridas, los proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica de los programas de Recursos Marinos (anexo II) y Biodiversidad y Recursos Forestales (anexo III) que aborden aspectos relacionados con aquél».

Debe dicir:

«Segundo.-A fin de contribuir a paliar las consecuencias del accidente del buque Prestige, tendrán interés prioritario, siempre que reúnan las condiciones de calidad requeridas, los proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica de los programas de Recursos Marinos (anexo II), Biodiversidad y Recursos Forestales (anexo III), Tecnologías de la Alimentación (anexo VI), Tecnologías Ambientales (anexo VII) y Tecnologías de Diseño y Producción Industrial (anexo XI) que aborden aspectos relacionados con aquél».

2. En la página 363, se añade un nuevo apartado con el siguiente contenido:

«Quinto.-Los solicitantes de alguna de las ayudas que se convocan en esta orden que pertenezcan a

hospitales que gestionen sus actividades de investigación a través de fundaciones de interés gallego (Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego), podrán solicitar que la subvención sea librada a favor de estas entidades, aportando a fin la autorización para el libramiento de dichos fondos que será emitida por el responsable del organismo de que depende dicho hospital».

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA

Y DESARROLLO RURAL