La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de taxas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. El precio de venta al público de la publicación editada por esta consellería Anuario de estatística agraria 2001 queda fijado en 10 euros.
2. Este precio se entenderá con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 23 de febrero de 2004.
Juan Miguel Diz Guedes
Conselleiro de Política Agroalimentaria
y Desarrollo Rural

