Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Promotora Industrial
Sadense, S.A. (Proínsa), que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 13-2-2004, suscrito en representación de la parte económica por Proínsa y de la parte social por el delegado de personal el día 4-2-2004, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 16 de febrero de 2004.
Luis Alberto Álvarez Freijido
Delegado provincial de A Coruña
Acta de la reunión para la revisión del convenio colectivo de la empresa Promotora Industrial Sadense, S.A. (Proínsa) (código 1503771).
En Sada a 4 de febrero de 2004, siendo las 10.00 horas, se reúnen en el domicilio social de la empresa María Dolores Fernández Vázquez, mayor de edad, con DNI 32752367, en representación de la empresa y Miguel Ángel Gómez Fernández, mayor de edad, con DNI 10900102, en calidad de delegado de personal de los trabajadores.
Después de un breve debate, se llega a los siguientes acuerdos:
1. Aplicar la revisión salarial establecida en el artículo 4 del convenio, que consiste en un 0,6%, resultante de la diferencia del IPC real 2,6% con el previsto, que era del 2% y con efectos a partir del 1 de enero de 2003. Se incorpora a esta acta una tabla que refleja las variaciones a aplicar.
2. Incrementar para el año 2004, de acuerdo con el convenio colectivo en vigor, el salario resultante de aplicar la desviación del IPC del año 2003 en un 2%, en función de las previsiones de inflación de este año 2004. Se incorpora a esta acta la tabla correspondiente.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la reunión siendo las 11.00 horas, firmando los presentes en prueba de conformidad.
Por la empresa:
Fdo.: Dolores Fernández Vázquez.
Por los trabajadores:
Fdo.: Miguel Ángel Gómez Fernández.
Revisión salarial correspondiente al año 2003 de Proínsa
Categorías y retribuciones
Mensual
salario real salario pagado a pagar
Categorías Año 2002
Año 2003
Salario
Diferencia
Peón 577,74 A 589,28 A 592,76 A 3,47 A
Oficial 2ª 641,93 A 654,77 A 658,62 A 3,85 A
Oficial 1ª 738,22 A 752,98 A 757,41 A 4,43 A
Conductor 738,22 A 752,98 A 757,41 A 4,43 A
Biólogo 738,22 A 752,98 A 757,41 A 4,43 A
Técnico 795,99 A 811,91 A 816,69 A 4,78 A
Técnico superior 898,70 A 916,67 A 922,07 A 5,39 A
Jefe de equipo 1.136,21 A 1.158,94 A 1.165,76 A 6,82 A
Anual
salario real salario pagado a pagar
Categorías Año 2002
Año 2003
Salario
Diferencia
Peón 8.666,04 A 8.839,36 A 8.891,36 A 52,00 A
Oficial 2ª 9.628,94 A 9.821,51 A 9.879,29 A 57,77 A
Oficial 1ª 11.073,28 A 11.294,74 A 11.361,18 A 66,44 A
Conductor 11.073,28 A 11.294,74 A 11.361,18 A 66,44 A
Biólogo 11.073,28 A 11.294,74 A 11.361,18 A 66,44 A
Técnico 11.939,88 A 12.178,68 A 12.250,32 A 71,64 A
Técnico superior 13.480,51 A 13.750,12 A 13.831,00 A 80,88 A
Jefe de equipo 17.043,22 A 17.384,08 A 17.486,34 A 102,26 A
Mensual
Categorías Salario previsto
Año 2004
Peón 604,61 A
Oficial 2ª 671,79 A
Oficial 1ª 772,56 A
Conductor 772,56 A
Biólogo 772,56 A
Técnico 833,02 A
Técnico superior 940,51 A
Jefe de equipo 1.189,07 A
Anual
Categorías Salario previsto
Año 2004
Peón 9.069,19 A
Oficial 2ª 10.076,87 A
Oficial 1ª 11.588,40 A
Conductor 11.588,40 A
Biólogo 11.588,40 A
Técnico 12.495,32 A
Técnico superior 14.107,62 A
Jefe de equipo 17.836,07 A

