DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Martes, 30 de marzo de 2004 Pág. 4.448

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración específico entre el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, la Consellería de Innovación, Industria y Comercio de la Xunta de Galicia y la Diputación Provincial de A Coruña para la ejecución del proyecto de adquisición de terrenos para la finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira.

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el convenio de colaboración específico entre el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, la Consellería de Innovación, Industria y Comercio de la Xunta de Galicia y la Diputación Provincial de A Coruña para la ejecución del proyecto de adquisición de terrenos para la finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira, procede la publicación en el Diario Oficial de Galicia de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Santiago de Compostela, 27 de febrero de 2004.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas

ANEXO

Convenio de colaboración específico entre el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, la Consellería de Innovación, Industria y Comercio de la Xunta de Galicia y la Diputación Provincial de A Coruña para la ejecución del proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira.

En la ciudad de Santiago de Compostela, 21 de octubre de 2003.

De una parte, José Folgado Blanco, secretario de Estado de la Energía, Desarrollo Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, nombrado por Real decreto 700/2002, de 12 de julio, en su calidad de presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, en el ejercicio de las competencias atribuidas en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra, Juan Rodríguez Yuste, conselleiro de Innovación, Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, nombrado por Decreto 16/2003, de 18 de enero, que en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la orden de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio de 21 de enero de 2003, sobre delegación de las competencias en materia de suscripción de convenios en el secretario general de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio, reclama en este acto para sí el ejercicio de la competencia delegada por la anterior orden.

Y de otra, José Luis Torres Colomer, presidente de la Diputación Provincial de A Coruña, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Todas las partes se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente convenio de colaboración específico para la ejecución del proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira y en desarrollo del protocolo de colaboración suscrito el día 11 de febrero de 1998 entre el Ministerio de Industria y Energía y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia, actualizado por acuerdo suplementario de 30 de septiembre de 2003, y en virtud de las competencias que las partes se reconocen en el citado protocolo, y a tal efecto,

EXPONEN:

Que con fecha 5 de noviembre de 2002 se suscribió un convenio de colaboración específico para ejecución del proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira.

Que es necesario que en este proyecto figure como parte integrante del mismo la Diputación Provincial de A Coruña, dado que la adquisición de terrenos será realizada por la Sociedad Xestión Urbanística de A Coruña S.A. (Xestur A Coruña, S.A.) de la que forman parte como propietarios de la misma, la Xunta de Galicia con una participación del 80% del capital social y la Diputación Provincial de A Coruña con una participación del 20%.

Que el referido proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira se encuentra recogido, entre los que se han de ejecutar, en el anexo al protocolo de colaboración suscrito entre el Ministerio de Industria y Energía y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Que la cláusula quinta del protocolo de colaboración entre el Ministerio de Industria y Energía y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción del desarrollo económico alternativo de las zonas mineras de Galicia, preveía que en convenios de colaboración específicos adicionales al citado protocolo se determinarían, entre otras, las siguientes cuestiones:

-Las actuaciones a realizar en desarrollo de un proyecto de infraestructuras, en concreto, el plazo de ejecución, el coste y la justificación de las actuaciones para su realización.

-Una vez adjudicada la obra, los términos en que se realizarán las aportaciones económicas de la Administración general del Estado, en concreto, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y el Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

-Cualquier otra cuestión que se estime conveniente para el mejor desarrollo del convenio de colaboración específico de ejecución del proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira y del protocolo de referencia.

Que consideran conveniente proceder al desarrollo del protocolo de colaboración en la Comunidad Autónoma de Galicia y, en concreto, la realización del proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira y, que para ello,

ACUERDAN:

Primero.-Anular el convenio suscrito el 5 de noviembre de 2002 para la ejecución del proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira. Y en su lugar, desarrollar las actuaciones necesarias en ejecución del nuevo proyecto de Adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial Pena Porreira, cuyo coste asciende a un millón veintiún mil setecientos veintiún euros (1.021.721 euros).

Segundo.- De acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera del protocolo de colaboración entre el Ministerio de Industria y Energía y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción del desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón, el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras financiará las actuaciones previstas en este convenio de colaboración específico con una aportación económica que no superará un millón veintiún mil setecientos veintiún euros (1.021.721 euros).

La Consellería de Innovación, Industria y Comercio de la Xunta de Galicia dedicará los fondos transferidos a financiar las inversiones en la cuantía de un millón veintiún mil setecientos veintiún euros (1.021.721 euros).

El Instituto se reserva la facultad de no financiar aquellas actuaciones del proyecto de desarrollo que considere no adecuadas a los fines del convenio de

colaboración específico o cuya posterior ejecución no sea conforme al proyecto.

Tercero.-1. Las aportaciones se realizarán con cargo a los presupuestos del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras para el año 2003, aplicación presupuestaria 24.101.741A.751, o en su caso, a los de la anualidad correspondiente, con sujeción a la existencia de crédito y habilitación legal para ello.

2. El instituto transferirá los fondos a la Consellería de Economía y Hacienda de la Xunta de Galicia del modo siguiente:

2.1. El 25% del importe del proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira en el año 2003, cuando se haya producido la adjudicación de la obra objeto de la inversión.

2.2. El 50% del importe del citado proyecto en el año 2003, cuando la ejecución del mismo se haya efectuado en igual porcentaje, habiéndose recibido los documentos justificativos que lo acrediten o, en su caso, mediante certificación del órgano competente del empleo dado a los fondos.

2.3. El 25% restante en el año 2004, cuando se haya ejecutado la totalidad del citado proyecto, habiéndose recibido los documentos justificativos que lo acrediten o, en su caso, mediante certificación del órgano competente del empleo dado a los fondos.

Junto con lo anterior, será preciso presentar la memoria de ejecución y el informe a los que hace referencia la cláusula quinta del protocolo de colaboración.

Si la Comunidad Autónoma acredita la necesidad de realizar actuaciones evaluables económicamente con carácter previo a la adjudicación de la obra, se podrá anticipar su coste hasta un máximo del 10% de la financiación de este proyecto antes de la citada adjudicación. En este caso, se abonará el porcentaje restante hasta el 25% a la adjudicación de la obra.

3. Las modificaciones que superen la aportación económica fijada en el apartado 2º de este convenio de colaboración específico para financiar las actuaciones previstas en ejecución del mismo se formalizarán, en su caso, mediante ADDENDA, cumpliendo los trámites legalmente exigidos y previo informe de la Comisión de Seguimiento y Evaluación.

Cuarto.-De acuerdo con lo previsto en la cláusula sexta del protocolo de colaboración entre el Ministerio de Industria y Energía y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción del desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón, en los carteles informativos de identificación del proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial de Pena Porreira que se han de instalar en las obras de las distintas actuaciones que el mismo comprende, deberá figurar, como cabecera, en superior o igual tamaño a los de la Comunidad Autónoma, el escudo de España, Ministerio de Economía, Instituto para la Reestructuración de la Minería

del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras y la leyenda Plan de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, en la forma que se establece en el anexo a este convenio, e igualmente se deberá incluir la mención a Proyecto financiado por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

Asimismo, en cualquier otra publicidad que del proyecto o de sus distintas actuaciones, realice, tanto la Administración ejecutante del convenio como el adjudicatario del mismo, deberá incluirse el escudo y leyendas en la misma forma antes expuesta.

La Comunidad Autónoma deberá comunicar a la Presidencia del Instituto la fecha en que serán inauguradas las obras o actuaciones que comprende el proyecto de adquisición de terrenos para finalización del Parque Empresarial Pena Porreira.

Quinto.-El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo, el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En materia de interpretación, modificación y resolución en general de las cuestiones no contempladas en el citado protocolo, se aplicarán las normas de derecho administrativo, cuando así sea necesario.

Sexto.-La ejecución de las actuaciones que se recogen en el apartado primero deberá tener lugar en el plazo de dos años desde la firma del presente convenio. La justificación de dichas actuaciones deberá producirse dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización de la ejecución. No obstante, dicho plazo podrá ser ampliado por las entidades firmantes, previa petición de la comisión mixta de seguimiento y evaluación, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje y formalizándose a tal efecto. En caso de que dicha ampliación de plazo supusiera modificación de la distribución del gasto en anualidades, será sometida a los preceptivos actos de fiscalización y aprobación.

Y en prueba de conformidad, firman los intervinientes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

José Folgado Blanco, presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras. Juan Rodríguez Yuste, conselleiro de Innovación, Industria y Comercio. José Luis Torres Colomer, presidente de la Diputación Provincial de A Coruña.