DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Viernes, 16 de abril de 2004 Pág. 5.390

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2004, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del texto del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de la empresa Auto-Grúas Bertólez, S.L.

Visto el texto del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de la empresa Auto-Grúas Bertó-

lez, S.L. (código de convenio nº 3200892-publicado en el BOP nº 85, del 12 de abril de 2000), donde se acuerda la actualización de la tabla salarial para el año 2004, con entrada en esta delegación provincial, suscrito por la citada comisión paritaria, en representación tanto de la parte económica como de la parte social, en fecha 16 de febrero de 2004, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC).

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Ourense, 26 de febrero de 2004.

José Lage Lage

Delegado provincial de Ourense

Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de la empresa Autos-Grúas Bertólez, S.L.

En San Cibrao das Viñas (Ourense) a 16 de febrero de 2004.

Asistentes:

Por la parte social, el delegado de personal, José Antonio Rodríguez González, con DNI 34963926.

Por la parte empresarial, el gerente de la empresa, Manuel Rodríguez Bértolez, con DNI 34538410.

Siendo las 12.00 horas del día 16 de febrero de 2004, se reúnen los miembros de la comisión paritaria del convenio colectivo de la empresa Auto-Grúas Bértolez, S.L., con el fin de actualizar los salarios para el año 2004.

Se deja constancia de que durante el año 2003 se aplicó una subida salarial correspondiente al 4% con efectos de 1 de enero de 2003, correspondiente al IPC constatado a 31 de diciembre de 2002.

En cuanto a la actualización que se va a hacer en el año 2004, una vez hechas las deliberaciones, se llega a los siguientes acuerdos:

1. Modificación y actualización salarial para el año 2004.

Se actualizan los salarios para el año 2004, para lo que se aplica la siguiente subida:

a) Por una parte, se aplica el incremento de un 2,6% correspondiente al IPC, constatado a 31 de diciembre de 2003.

b) Y además se acuerda otra subida lineal por importe de 60,10 euros, sobre el salario base bruto resultante de aplicarle ya la subida del 2,6%.

La subida lineal acordada de 60,10 euros, junto con el 2,6% será sin duda superior al incremento constatado por el IPC anual a 31 de diciembre de 2004, que por tanto quedará absorvido en la subida practicada. No obstante, para el caso de que ambas subidas resulten inferiores al IPC constatado a 31 de diciembre de 2004, se aplicará la diferencia.

Quedan las tablas salariales para el presente año como consta a continuación:

Categorías, salario mensual base.

Titulado superior: 957,93.

Titulado medio: 925,86.

Jefe admvo. 1: 906,62.

Jefe admvo. 2: 880,97.

Jefe de sección: 862,57.

Maestro de taller: 842,49.

Oficial admvo. 1: 829,66.

Oficial admvo. 2: 797,60.

Auxiliar admvo.: 727,05.

Encargado: 739,88.

Vigilante: 720,64.

Oficial 1ª conductor de grúa: 771,94.

Oficial 2ª conductor de grúa: 701,81.

Oficial 1ª taller: 829,66.

Oficial 2ª taller: 727,05.

Peón: 694,99.

Estas modificaciones y el incremento salarial entrarán en vigor y tendrán efectos desde el uno de enero de dos mil cuatro, con independencia de la fecha de su publicación en el BOE.

El resto del contenido del convenio queda prorrogado y permanecerá subsistente en lo no modificado por los presentes acuerdos.

Esta modificación es firmada por la dirección de la empresa y la representación de los trabajadores en Ourense a 16 de febrero de 2004.