Con fecha 4 de mayo de 2004 la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado aprobó el proyecto de construcción de ampliación y acondicionamiento de márgenes del embalse de Pontillón de Castro, Pontevedra.
Los bienes y derechos en los que se concreta la declaración urgente ocupación aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.
La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo segundo del Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, sobre asunción de competencias en materia de cultura y asignadas, tras las oportunas reformas organizativas a esta consellería, en virtud del Decreto 195/2003, de 20 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado, considerándose imprescindible para posibilitar la construcción de una pista de piragüismo en el citado embalse, de destacada relevancia deportiva y promocional de Galicia.
En virtud de todo lo expuesto y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia y de los artículos 10 y 52 de la Ley de expropiación forzosa, a propuesta de la conselleira de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado y luego de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día cinco de mayo de dos mil cuatro,
DISPONGO:
Artículo único.-Declarar la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios y que se concretan en el expediente administrativo instruido, para los efectos de la expropiación en el proyecto de construcción de ampliación y acondicionamiento de los márgenes del embalse de Pontillón de Castro, Pontevedra.
Santiago de Compostela, cinco de mayo de dos mil cuatro.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Pilar Rojo Noguera
Conselleira de Familia, Juventud, Deporte
y Voluntariado

