DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Miercoles, 19 de mayo de 2004 Pág. 7.113

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2004, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Ártabra, S.A.

Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Ártabra, S.A., que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 16-4-2004, suscrito por la comisión paritaria del convenio colectivo el día 14-4-2004, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 20 de abril de 2004.

Luis Alberto Álvarez Freijido

Delegado provincial de A Coruña

Acta de revisión de la tabla salarial 2003 y tabla

salarial del año 2004

Empresa: Manuel Batallán Casas.

Trabajadores:

Francisco M. Sueiro Vila.

J. Ángel Vázquez Fernández.

J. Antonio Zamarra Juncal.

Asesores: Roberto Veira López (UGT).

En Arteixo a 14 de abril de 2004, siendo las 17.30 horas, se reúnen en los locales de la empresa Artabra, S.A. las partes que se relacionan, miembros de la comisión paritaria del convenio colectivo de la empresa Ártabra, S.A., los cuales en aplicación de lo establecido en los artículos 3º y 6º del vigente convenio colectivo, adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.-Revisión de la tabla salarial del año 2003.

Efectuar la revisión salarial del 0,6%, según la fórmula establecida en el artículo 3º del convenio (anexo I).

Segundo.-Tabla salarial para el año 2004 (artículo 6º).

Aplicar un incremento salarial del 2,5% sobre la tabla de salarios del año 2003, una vez realizada la revisión indicada en el apartado anterior (anexo II).

Tercero.-Se designa a Roberto Veira López a efectuar los trámites de entrega de las correspondiente, actas en la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 18.30 horas del día arriba indicado, firmando los presentes este acta.

ANEXO I

Tabla de salarios definitiva año 2003

CategoríaSalario

base

Plus convenioSalario brutoSalario anual

Peón575,07178,27753,3411.300,10

Ayudante577,37185,81763,1811.447,70

Oficial 3ª577,57193,80771,3711.570,55

Oficial 2ª579,67201,82781,4911.722,35

Oficial 1ª581,97217,20799,1711.987,55

Encargado584,26228,76813,0212.195,30

Auxiliar administrativo579,67201,82781,4911.722,35

Oficial administrativo581,97217,20799,1711.987,55

Vigilante575,08180,99756,0711.341,05

Nota: el salario anual está compuesto por 15 pagas de 30 días incluidas las pagas de 15 de marzo, 15 de julio y 15 de diciembre.

Cálculo valor hora extraordinaria:

Las horas extraordinarias para cada categoría se calcularán de acuerdo con el siguiente módulo y recargo:

Recargo = 75x100 del módulo

Módulo = Salario anual

1.792 horas

Valor hora extraordinaria = 1,75xmódulo

ANEXO II

Tabla de salarios año 2004

CategoríaSalario

base

Plus convenioSalario brutoSalario anual

Peón589,45182,73772,1811.582,70

Ayudante591,80190,46782,2611.733,90

Oficial 3ª592,01198,65790,6611.859,90

Oficial 2ª594,16206,87801,0312.015,45

Oficial 1ª596,52222,63819,1512.287,25

Encargado598,87234,48833,3512.500,25

Auxiliar administrativo594,16206,87801,0312.015,45

Oficial administrativo596,52222,63819,1512.287,25

Vigilante589,46185,51774,9711.624,55

Nota: el salario anual está compuesto por 15 pagas de 30 días incluidas las pagas de 15 de marzo, 15 de julio y 15 de diciembre.

Cálculo valor hora extraordinaria:

Las horas extraordinarias para cada categoría se calcularán de acuerdo con el siguiente módulo y recargo:

Recargo = 75x100 del módulo

Módulo = Salario anual

1.792 horas