DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Martes, 01 de junio de 2004 Pág. 7.746

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 24 de mayo de 2004 por la que se modifica la oferta de ciclos formativos, por ciclo completo, en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, por la que se aprobó el Estatuto de autonomía de Galicia, y el Real decreto 1763/1982, de 24 de julio, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de educación, le reconocen a nuestra Comunidad Autónoma las competencias en materia de planificación, regulación y administración de la enseñanza reglada en todos los niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con los preceptos emanados de la Constitución y de las leyes que le sean de aplicación, competencias que fueron asumidas por el Decreto 114/1982, de 1 de septiembre y asignadas a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria en su artículo 2.

En el marco de estas competencias y de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, con el propósito de actualizar la cualificación de los ciudadanos, persigue como uno de los objetivos básicos para la formación profesional y las artes aplicadas y diseño o de darles una respuesta puntual y adecuada a los requirimientos de formación profesional provinientes del mundo productivo.

El Decreto 88/1999, de 11 de marzo (DOG del 13 de abril), por el que se regula la ordenación general de las enseñanzas de educación de personas adultas y los requiistos mínimos de centros, establece en su artículo 5 que la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria adecuará las enseñanzas de formación profesional a las peculiaridades y características de las personas adultas.

Asimismo, el Plan Gallego de Formación Profesional, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el día 27 de junio de 2001, considera la cualificación profesional e los ciudadanos como una medida esencial para dar respuesta a las necesidades del tejido productivo, lo que redundará en un aumento de empleabilidad y facilitará la libre circulación de las personas en las mismas condiciones de competitividad profesional que las de los países más avanzados de nuestro entorno.

En este contexto, la necesidad de mantener en todo momento actualizada la oferta educativa de los centros justifica su revisión periódica de forma que el alumnado que termina la enseñanza secundaria obligatoria y las diferentes modalidades de bachillerato, así como las personas adultas, posean una oferta de ciclos de formativos de grados medios y superior diversificada y adaptada a sus necesidades y a las demandas del mercado laboral.

De acuerdo con el Decreto 454/2003, de 26 de diciembre (DOG del 19 de enero de 2004), por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, teniendo en cuenta el informe de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales y de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa, esta consellería

DISPONE:

Primero.-Autorizar la implantación de los ciclos formativos en régimen ordinario y para las personas adul

tas, por ciclo completo, en los centros relacionados en el anexo I, a partir del curso 2004-2005.

Segundo.-Suprimir los ciclos formativos por el régimen ordinario y para las personas adultas, por ciclo completo, en los centros relacionados en el anexo II, a partir del curso 2004-2005.

Tercero.-Se requerirá un mínimo de 10 alumnos para poder impartir los mencionados ciclos formativos, no contabilizándose para estos efectos el alumnado repetidor. Un número menor de alumnos exige la autorización expresa de la Dirección General de Formación Profesional e Enseñanzas Especiales para poner en funcionamiento esta enseñanza, no pudiendo, mientras tanto, formalizar ninguna matrícula. Esta condición del número mínimo de alumnos debe ser puesto en conocimiento de los interesados en el momento da su preinscripción.

Disposiciones finales

Primera.-Se autorizan a las direcciones generales de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales, de Centros y Ordenación Educativa y de Personal para tomar las medidas precisas para la ejecución de la presente orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día seguinte al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2004.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I

AyuntamientoCódigoCentroCódigoCiclo

Cariño15021755 IES Cabo OrtegalCM14001CM Explotación de sistemas informáticos

Coruña, A15005397 IES Fernando Wirtz SuárezCM14001CM Explotación de sistemas informáticos

A Coruña15024513 IES SomesoCS08001CS Desarrollo y aplicación de proyectos de construcción

A Coruña15024513 IES SomesoCS08002CS Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas

A Coruña15024513 IES SomesoCS08003CS Realización y planes de obra

Coruña, A15022607IES Ánxel Casal-Monte AltoCM20001CM Atención sociosanitaria

Coruña, A15022607IES Ánxel Casal-Monte AltoCS19011CS Audioprótesis

Coruña, A15027770IES A SardiñeiraCS18006CS Industrias de proceso químico

Ferrol15006778IES Rodolfo Ucha PiñeiroCM14001CM Explotación de sistemas informáticos

Rianxo15026807IES Félix MurielCS06002CS Gestión comercial y márketing

Santiago de C.15015767IES Monte de ConxoCS10001CS Construcciones metálicas

Santiago de C.15021482IES San ClementeCM14001CM Explotación de sistemas informáticos

Zas15027368IES Maximino Romero de LemaCM14001CM Explotación de sistemas informáticos

Guitiriz27016200IES de GuitirizCS04001CS Administración y finanzas

Monforte de Lemos27007260CFEA de Monforte de LemosCM01005CM Explotaciones ganaderas

Ribadeo27010921CFEA Pedro MuriasCM01005CM Explotaciones ganaderas

Ourense32008902IES A CarballeiraCM14001CM Explotación de sistemas informáticos

Ourense32009131IES Universidade LaboralCS17002CS Mantenimiento de equipo industrial

Cangas36019475IES de RodeiraCS09004CS Sistemas de telecomunicación e informáticos

Gondomar36020261IES Terra de TuronioCM02001CM Conducción de actividades físicodeportivas en el medio natural

Lalín36013758IES LaxeiroCS17002CS Mantenimiento de equipo industrial

Marín36015159IES Chan do MonteCM14001CM Explotación de sistemas informáticos

AyuntamientoCódigoCentroCódigoCiclo

Neves, As36019402IES Pazo da MercéCM14001CM Explotación de sistemas informáticos

Redondela36019566IES de ChapelaCM20001CM Atención sociosanitaria

Vigo36011634IES PolitécnicoCS08003CS Realización y planes de obra

Vigo36011634IES PolitécnicoCS17002CS Mantenimiento de equipo industrial

Vigo36011634IES PolitécnicoCS17004CS Prevención de riesgos profesionales

ANEXO II

AyuntamientoCódigoCentroRégimenCódigoCiclo

Cee15003224IES Fernando BlancoOrdinarioCS09001CS Instalaciones electrotécnicas

Coruña, A15022607IES Ánxel Casal-Monte AltoOrdinarioCS08003CS Realización y planes de obra

Coruña, A15005397 IES Fernando Wirtz SuárezOrdinarioCS08001CS Desarrollo y aplicación de proyectos de construcción

Coruña, A15005397IES Fernando Wirtz SuárezOrdinarioCS08002CS Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas

Ferrol15006778IES Rodolfo Ucha PiñeiroAdultosDM04001DM Gestión administrativa

Rianxo15026807IES Félix MurielOrdinarioCM06001CM Comercio

Zas15027368IES Maximino Romero de LemaOrdinarioCM06001CM Comercio

Mondoñedo27006966IES San RosendoOrdinarioCM15001CM Fabricación a la medida e instalación de carpintería y mueble

Monforte de Lemos27015311IES A PinguelaOrdinarioCM06001CM Comercio