De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 del noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de revocación de ayudas por la contratación en prácticas del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 5-7-2002 (DOG nº 135, del 15 de julio), se procede a la presente publicación:
1º Expediente de procedimiento: FM 343D 2002/464-5.
Orden de convocatoria: 5 de julio de 2002 (DOG nº 135, del 15 de julio).
Interesado: Armarios Arcafal, S.L.
Domicilio: O Cruceiro 35, Vilalonga 36990, Sanxenxo (Pontevedra).
Asunto: resolución por delegación al amparo de la Orden de 5-7-2002 del delegado provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales de fecha 3-5-2004.
Resolución:
«Examinada la solicitud de ayudas por la contratación en prácticas de trabajadores, presentada por Luis Miguel Calo Muñiz, en nombre y representación de Armarios Arcafal, S.L. (en su propio nombre), y teniendo en cuenta los siguientes:
Antecedentes:
Primero.-La solicitud fue presentada el 1-10-2002 y estimada en la resolución del delegado provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Rela
ciones Laborales del 2-9-2003, por la que se concedió al interesado una ayuda por un importe total de 2.400 euros por la contratación de 1 trabajador en prácticas.
Segundo.-El pago de la subvención concedida se condicionó a la presentación de la documentación y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la orden de convocatoria.
Tercero.-El beneficiario no presentó de forma correcta y en el plazo indicado la siguiente documentación:
Certificado de estar al día en los pagos a la Seguridad Social.
Declaración expresa actualizada, comprensiva de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para ese mismo proyecto o, en su caso, de que no solicitó o percibió ninguna ayuda y subvención de las distintas administraciones públicas.
Cuarto.-En la tramitación del presente expediente se observaron todos los requisitos y prescripciones legales.
Fundamentos:
Primero.-La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde, por delegación de la conselleira de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, a esta delegación provincial, de acuerdo con el artículo 13 de la Orden de 5 de julio de 2002 (DOG del 15 de julio) por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2002, del programa de fomento de los contratos en prácticas y para la innovación tecnológica para el año 2002, en relación con el Decreto 212/2003, de 3 de abril (DOG del 11 de abril), por el que se fija la estructura orgánica de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales.
Segundo.-El artículo 23 de la orden reguladora determina la revocación de las ayudas concedidas en los casos y en los términos previstos en el artículo 78 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia y en el Decreto 287/2000, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial
ACUERDA:
Revocar la resolución de la delegación provincial de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales de fecha 2-9-2003, por la que se concedió al interesado una ayuda por la contratación en prácticas de 1 trabajador, por un importe total de 2.400 euros.
Notifíquese esta resolución a los interesados, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y contra ella que cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia;
asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguinte al de la notificación de esta resolución, ante esta delegación provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y en la Lei 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Vigo, 3 de mayo de 2004. P.D. El delegado provincial. Fdo: Joaquín Macías Sánchez.»
Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Promoción del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales en Vigo.
Vigo, 25 de mayo de 2004.
Joaquín Macías Sánchez
Delegado provincial de Pontevedra

