DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Miercoles, 30 de junio de 2004 Pág. 9.346

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD

CORRECCIÓN de errores.-Resolución conjunta de 24 de mayo de 2004, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y de la División de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, por la que se ordena la publicación del pacto suscrito por la Administración sanitaria con las centrales sindicales CC.OO., CIG, UGT, CSI-CSIF y SAE, de selección temporal de personal estatutario para vinculaciones temporales en las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud.

Advertidos errores en la Resolución conjunta de 24 de mayo de 2004, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y de la División de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 104, del día 1 de junio de 2004, es preciso hacer las siguientes correcciones:

En la página 7.757 en el punto 11.1.1 de la norma general 11. Penalizaciones, donde dice: «... Será penalizado pasando al final de la lista de su categoría el aspirante que renuncie por primera vez a una oferta de vinculación...», debe decir: «Será penalizado pasando al final de la lista de su categoría el aspirante que renuncie por primera vez a una oferta de vinculación o renuncie a un vínculo ya formalizado».

En la página 7.760 en el apartado segundo del epígrafe B) de la norma general 12.5. Cobertura de atención urgente extrahospitalaria. I. Selección de personal temporal en el ámbito de la atención urgente en el nivel de atención primaria, donde dice: «... para otras vinculaciones de urgencias extrahospitalarias no incluidas en el epígrafe anterior:», debe decir: «... para otras vinculaciones de urgencias extrahospitalarias no incluidas en el epígrafe A anterior».

En la página 7.760 en el apartado 1 del epígrafe B) de la norma general 12.5. Cobertura de atención urgente extrahospitalaria. I. Selección de personal temporal en el ámbito de la atención urgente en el nivel de atención primaria, donde dice: «La lista se elaborará con los aspirantes a que se refiere el epígrafe anterior...», debe decir: «La lista se elaborará con los aspirantes a que se refiere el epígrafe A anterior».

En la página 7.768 en el anexo II apartado I. Formación académica, donde dice: «La puntuación máxima posible para cada aspirante por el conjunto de los méritos de este epígrafe será de 5 puntos», debe decir: «La puntuación máxima posible para cada aspirante por el conjunto de los méritos de este epígrafe será de 3,5 puntos».

En la página 7.768 en el anexo II apartado I. Formación académica, donde dice: «2) Postgrado: (la puntuación máxima alcanzable en este epígrafe será de 1 punto)», debe decir: «2) Postgrado: (la puntuación máxima alcanzable en este epígrafe será de 1,5 puntos)».

En la página 7.768 en el anexo II apartado I. Formación académica, advertida omisión en el punto 2) postgrado, deberá insertarse como último párrafo el siguiente: «Por acreditar la suficiencia investigadora: 0,50 puntos».

En la página 7.768 en el anexo II apartado I. Formación académica, donde dice: «3) Grado de doctor: 1,5 puntos», debe decir: «3) Grado de doctor: 1,75 puntos».

En la página 7.768 en el anexo II apartado I. Formación académica. 3) Grado de doctor, donde dice: «-La puntuación máxima alcanzada por los conocimientos de postgrado y doctorado reflejados en los epígrafes 2 y 3, será de 1,5 puntos», debe decir: «-La puntuación máxima alcanzada por los conocimientos de postgrado y doctorado reflejados en los epígrafes 2 y 3, será de 2 puntos».

En la página 7.768 en el anexo II apartado I. Formación académica, advertida omisión en el punto 3) Grado de doctor, deberá insertarse antes del último párrafo de este apartado lo siguiente: «La valoración de grado de doctor excluirá la valoración de los cursos de doctorado y/o de la suficiencia investigadora».

En la página 7.768 en el anexo II apartado II. Formación continuada, donde dice: «Por la asistencia, debidamente justificada, a cursos de formación y perfeccionamiento convocados e impartidos por la Administración estatal, autonómica y universidades, Real Academia de Medicina, colegios oficiales de médicos, ...», debe decir: «Por la asistencia, debidamente justificada, a cursos de formación y perfeccionamiento convocados e impartidos por la Administración estatal, autonómica y universidades, Real Academia de Medicina, colegios oficiales de médicos y/o colegios oficiales de odontólogos...».

En la página 7.773 en el anexo V apartado V. Experiencia profesional, donde dice: «4) Por la permanencia en la lista especial (disposición 12, epígrafes 4 y 5 de los supuestos especiales de este pacto)...», debe decir: «4) Por la permanencia en la lista especial (disposición 12, epígrafes 3 y 5 de los supuestos especiales de este pacto)...».

En la página 7.775 en el anexo VI, donde dice: «VI Desempleo», debe decir: «V Desempleo».

En la página 7.775 en el anexo VI, donde dice: «VII Conocimiento de la lengua gallega», debe decir: «VI conocimiento de la lengua gallega».

Advertida omisión en la página 7.777 debe figurar: anexo VIII. Áreas limítrofes con carácter general excepto que en la solicitud se especifique otra.

A) Provincia de A Coruña:

-Área sanitaria de A Coruña.

Áreas más próximas:

* Ferrol.

* Santiago de Compostela.

-Área sanitaria de Ferrol.

Áreas más próximas:

* A Coruña.

* Burela.

-Área sanitaria de Santiago de Compostela.

Áreas más próximas:

* A Coruña.

* Pontevedra Norte.

B) Provincia de Lugo:

-Área sanitaria de Burela.

Áreas más próximas:

* Lugo.

* Ferrol.

-Área sanitaria de Lugo.

Áreas más próximas:

* Burela.

* Monforte de Lemos.

-Área sanitaria de Monforte de Lemos.

Áreas más próximas:

* Lugo.

* Barco de Valdeorras.

C) Provincia de Ourense:

-Área sanitaria de Ourense.

Áreas más próximas:

* O Barco de Valdeorras.

* Pontevedra Sur.

-Área sanitaria de O Barco de Valdeorras.

Área más próxima:

* Ourense.

D) Provincia de Pontevedra:

-Área Sanitaria de Pontevedra Norte.

Áreas más próximas:

* Santiago de Compostela.

* Pontevedra Sur.

-Área Sanitaria de Pontevedra Sur.

Área más próxima:

* Pontevedra Norte.

Santiago de Compostela, 21 de junio de 2004.

José Ignacio Lema Piñeiro

Director general de la División de Recursos

Humanos del Servicio Gallego de Salud

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