El Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comu-
nidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquella asume las competencias de promoción y organización de actividades de animación sociocultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.
La Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado en virtud del Decreto 195/2003, de 20 de marzo, por el que se establece su estructura orgánica es el órgano competente de la Administración autonómica al que le corresponde el ejercicio de las competencias y funciones en materia de, entre otras, el apoyo al desarrollo de la actividad juvenil, que lleva a cabo a través de la Dirección General de Juventud.
Por lo expuesto, la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado, consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que se pueda manifestar la inquietud artística individual y colectiva de la juventud gallega, y contando con la colaboración de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, y de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio, convoca una serie de actividades que comprenden un amplio abanico de manifestaciones de carácter artístico y artesanal y que constituyen el programa En la Vanguardia 2004.
Por todo esto,
DISPONGO:
Capítulo I
Parte general
Artículo 1º.-Objeto.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases que rigen el programa En la Vanguardia 2004, que convoca la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado y que incluye las especialidades de teatro, artes plásticas, cómic, moda y relato corto.
Artículo 2º.-Presupuesto.
Las actividades que impliquen el desarrollo de este programa serán costeadas con cargo a la partida presupuestaria 14.03.355B.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2004, con una cuantía de 90.152 euros.
Artículo 3º.-Destinatarios.
Podrán solicitar la participación los jóvenes gallegos o residentes en Galicia, no profesionales, con edades comprendidas entre los 16 y los 30 años de edad cumplidos en el año 2004.
Entendiendo por profesional el hecho de mantener una relación contractual con alguna empresa vinculada a la especialidad concreta en que se solicita participar o estar dado de alta como autónomo en una actividad vinculada a la citada especialidad.
Salvo en el caso de la especialidad de teatro la participación será siempre a título individual.
La participación supone la aceptación total de las condiciones fijadas en esta orden.
La información contenida en este artículo debe ser complementada con lo dispuesto en el capítulo II. (Parte específica).
Artículo 4º.-Inscripciones.
1. La solicitud deberá hacerse en el impreso normalizado (anexo I) e irá acompañada de las obras y de un sobre cerrado en el que figurará el boletín de inscripción (anexo II), debidamente cubierto, junto con la siguiente documentación:
-Fotocopia del DNI por las dos caras (en el caso del teatro, de todos los miembros del grupo, además de la fotocopia del NIF del grupo) o de documento oficial que acredite suficientemente la identidad.
-En el caso de jóvenes no gallegos, residentes en Galicia, además del indicado en el punto anterior, certificado de empadronamiento.
-Currículum del participante (en el caso del teatro, currículum del grupo).
-Declaración responsable en la que quede constancia de que no mantiene relación contractual alguna con empresa vinculada a la especialidad concreta en la que se solicita participar o que no está dado de alta como autónomo en una actividad vinculada a la citada especialidad.
-Declaración responsable en la que quede constancia de que la obra no fue premiada en ningún otro certamen o concurso.
-En el caso de teatro y moda, certificación original acreditativa del número de cuenta bancaria (veinte dígitos) y de su titular, que en el caso del teatro, se tendrá que corresponder con el titular del NIF al que se refiere el primer punto de este párrafo.
2. En el exterior del sobre figurará, exclusivamente, el pseudónimo del autor y el título de la obra. En ningún caso en la obra presentada figurarán datos que identifiquen al autor.
3. Las solicitudes podrán presentarse, junto con el resto de la documentación, en el registro de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado o en el registro de la Delegación de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado de la provincia en la que residan habitualmente, que puede ser en:
C/ Durán Loriga, 9-1º, 15003 A Coruña.
C/ Ronda de la Muralla, 70, 27003 Lugo.
Av. de La Habana, 81 bajo, 32004 Ourense.
C/ Concepción Arenal, 8-1º, 36201 Vigo.
C/ Benito Corbal, 47-1º, 36001 Pontevedra.
Todo esto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
La información contenida en este artículo debe ser complementada con lo dispuesto en el capítulo II. (Parte específica).
Artículo 5º.-Plazo de presentación de solicitudes y subsanación de defectos.
1. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 15 de septiembre de 2004 inclusive.
2. Si en la solicitud se apreciasen defectos o falta de documentación, por parte da Dirección General de Juventud, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se considerará desistido de su petición, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, previa resolución, que será dictada en los términos del artículo 42º.
Artículo 6º.-Comisión de selección.
Se constituirá una comisión de selección que será nombrada por la conselleira de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado para cada especialidad y estará integrada por siete miembros. Actuará como presidente la directora general de Juventud o persona en quien delegue, como vocales actuarán profesionales y expertos de reconocido prestigio en el campo artístico, recayendo la secretaría en un funcionario de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado con voz, pero sin voto.
Artículo 7º.-Tramitación y resolución.
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5º las solicitudes que no cumplan los requisitos establecidos en esta orden no serán admitidos a trámite, dictándose al efecto la oportuna resolución.
2. Las demás solicitudes se remitirán a la comisión de selección, que examinará y valorará las diferentes obras en función de su calidad, adjudicando tres premios por especialidad y redactará la propuesta de resolución, correspondiéndole dictar la resolución a la directora general de Juventud, por delegación de la conselleira de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado.
3. La resolución será notificada a todos los solicitantes en el plazo máximo de seis meses, contados desde el día seguinte al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución expresa, deberá entenderse desestimada la petición correspondente. Dicha resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictara en el plazo de un mes contado a partir del día seguinte a la notificación de la resolución, si el acto fuera expreso, o en el plazo de tres meses contado a partir
del día siguiente a aquel en que se produzca o acto presunto, o ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el prazo de 2 meses a partir del día seguinte al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Artículo 8º.-Obras y premios.
1. Cada participante podrá presentar una obra.
2. Las obras presentadas por los participantes no podrán haber sido premiadas en otros certámenes o concursos.
3. Se establecen los seguintes premios por especialidad (teatro, artes plásticas, cómic, moda y relato corto):
Un primer premio de 6.000 euros.
Un segundo premio de 3.000 euros.
Un tercer premio de 1.500 euros.
4. Cada participante no podrá recibir más que un premio.
5. Estos premios podrán ser complementados con ayudas económicas de acuerdo con lo disposto en la parte específica de cada especialidad.
6. Las cuantías de los premios objeto de esta convocatoria serán únicos e indivisibles y estarán sujetos a las retenciones correspondentes conforme a la legislación tributaria.
7. Se entregarán diplomas a todos los premiados y a los finalistas de las especialidades de teatro y moda.
8. Según la calidad de las obras se podrá dejar desiertos algunos de los premios.
Artículo 9º.-Destino y devolución de las obras.
1. Las obras de los participantes premiados quedarán en posesión de la Dirección General de Juventud.
2. Las obras de los participantes no premiados que no fuesen retiradas por ellos o por persona autorizada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación con la decisión de la comisión de selección, podrán ser destruidas o utilizadas por dicha dirección general en la forma que estime oportuna.
3. Queda implícita la autorización de los participantes a montar exposiciones y/o para la exhibición, reproducción o publicación de la imagen o contenido de las obras presentadas por cualquier medio que se estime oportuno.
4. La Dirección General de Juventud podrá desarrollar las acciones que considere oportunas encaminadas a la difusión de los trabajos seleccionados de todas
las especialidades incluidas en la presente convocatoria, propiciando muestras itinerantes en Galicia y en otras comunidades autónomas.
Capítulo II
Parte específica
Sección primera
Teatro
Artículo 10º.-Condiciones generales.
1. Podrán concurrir grupos teatrales, no profesionales, compuestos por jóvenes gallegos o residentes en Galicia, con edades comprendidas entre los 16 y los 30 años de edad cumplidos en el año 2004. Se admitirá que hasta un 25% de los componentes del grupo supere los 30 años.
Podrán superar la edad máxima, tanto los integrantes de la dirección, como del equipo técnico.
2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los grupos participantes presentarán la siguiente:
-Una síntesis de la obra (título, autor y adaptación de los diálogos, en su caso) y de la puesta en escena (número de personajes, tipo de decorado, vestuario, espacio que se precisa, etc.).
-Un vídeo, en formato VHS, o un DVD de una representación de la obra a concurso o de un ensayo general, hecho dentro del año 2004.
En todo caso la grabación debe estar hecha a la velocidad normal para que su duración se corresponda con la duración real de la representación y tiene que estar en buenas condiciones, tanto de imagen como de sonido, para su correcta visión.
3. Las representaciones serán en lengua gallega.
4. Las obras podrán ser de autores gallegos, españoles o extranjeros.
5. Podrán presentarse obras originales.
6. La duración de la representación de cada obra no podrá exceder de una hora y cuarenta y cinco minutos.
7. La comisión seleccionará para la fase final seis grupos que serán los que representarán las obras ante esta, en el lugar y la fecha a determinar por la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado, para lo que se establece una cantidad fija de 400 euros por grupo, con el fin de cubrir los gastos originados por las representaciones.
Los grupos finalistas se comprometen, en el momento de hacer la inscripción, a representar la obra presentada, en los lugares y fechas a determinar por la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado, si son requeridos para ello. En su caso, y
a fin de cubrir los gastos originados por la representación se establece una cantidad fija de 1.200 euros por grupo.
Sección segunda
Artes plásticas
Artículo 11º.-Condiciones generales.
1. Se establecen las siguintes modalidades: pintura, escultura y fotografía.
2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en el mismo sobre, los participantes presentarán una ficha técnica en la que se indique el título de la obra, año de realización, dimensiones, técnica empleada y peso de la obra (esto último en el caso de la escultura).
3. Se aceptan todos los soportes, excepto aquellos que por su fragilidad puedan sufrir desperfectos en el transporte o no sean susceptibles de itinerancia por el material empleado o por sus dimensiones.
4. Las obras presentadas serán originales.
5. El tema y las técnicas serán libres.
6. Las pinturas deben levar marco o bastidor, y tanto las pinturas como las esculturas vendrán presentadas con el embalaje o envoltorio protector. En el caso de obras que tengan un elevado riesgo de rotura o deterioro por su fragilidad, el autor será el responsable, en todo caso, de los posibles deterioros.
7. La organización no se responsabiliza de las posibles roturas o extravíos de las obras si bien la Dirección General de Juventud suscribirá una póliza que las asegure, de hasta un máximo de 600 euros por obra.
Sección tercera
Cómic
Artículo 12º.-Condiciones generales.
1. La temática será libre, con textos en gallego, que tendrán carácter de inéditos.
2. La técnica puede ser cualquiera, hecha en blanco y negro o en color.
3. El formato deberá ser DIN A-4 o DIN A-3 y la extensión mínima tendrá que ser de 10 páginas.
4. Cada obra deberá llevar pseudónimo y título.
5. La organización no se responsabiliza de posibles roturas o extravíos de las obras si bien la Dirección General de Juventud suscribirá una póliza que asegure las obras, de hasta un máximo de 600 euros por obra.
Sección cuarta
Moda
Artículo 13º.-Condiciones generales.
1. Las colecciones versarán sobre primavera-verano 2005.
2. Las colecciones deben ser originales.
3. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º, y en las mismas condiciones, los participantes presentarán lo siguiente:
-Sus diseños en láminas de formato DIN A-3 (297 mm x 420 mm), con diseño de frente y de espalda.
-Una colección de cuatro modelos de hombre o mujer y un modelo libre fuera de colección (vanguardia). Tendrá que definir el tejido utilizado y los complementos para cada uno de los modelos presentados.
Artículo 14º.-Desarrollo.
La comisión seleccionará para la fase final 10 participantes que confeccionarán la colección de cuatro modelos obligatorios además del modelo libre.
Se otorgará una cantidad fija de 900 euros para cada uno de los 10 seleccionados como apoyo a la confección de los modelos.
Artículo 15º.-Premios.
Tendrán también como ayuda complementaria una beca de 3.000 euros cada uno de los tres premiados, para formación textil. Las becas serán otorgadas por la Consellería de Innovación, Industria y Comercio en virtud del convenio suscrito con Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado.
Habrá un diploma para el mejor diseño de vanguardia.
Sección quinta
Relato corto
Artículo 16º.-Condiciones generales.
1. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.
2. El tema será libre y tendrá una extensión mínima de 20 páginas en formato DIN A-4, bien mecanografiadas a una cara y a doble espacio o bien a ordenador (letra arial, tamaño 12), también a doble espacio. Las hojas estarán numeradas y encuadernadas y se presentarán en triplicado ejemplar.
Disposición adicional
Única.-Se aprueba la delegación de atribuciones de la conselleira de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado en la directora general de Juventud para dictar las oportunas resoluciones en el ámbito de esta orden.
Disposiciones finales
Primera.-Se faculta a la directora general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.
Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 12 de julio de 2004.
Pilar Rojo Noguera
Conselleira de Familia, Juventud,
Deporte y Voluntariado
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES

