El artículo 31.3º, de la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, de modificación de la de concentración parcelaria para Galicia, señala que la consellería competente en materia de agricultura está autorizada a ejercer las funciones dominicales sobre el fondo de tierras según lo establecido en la legislación patrimonial, sin perjuicio del informe previo de la Consellería de Economía y Hacienda para los actos de disposición sobre bienes inmuebles.
Con fecha de 19 de diciembre de 2002, el Ayuntamiento de Lourenzá solicitó la cesión gratuita en propiedad de las fincas nº 298 de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá norte (Lourenzá-Lugo) y 784, 2484-1, 2.963, 3.007 y 3.008 de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá sur que pertenecen a la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud de las actas complementarias de reorganización de la propiedad de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá norte y sur de fechas 22-5-2001 y 21-2-2003 respectivamente, por la que pasaron a la titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia las tierras sobrantes de la antedicha zona de concentración, entre las que se encuentran las fincas nº 298, 784, 2.484-1, 2.963, 3.007 y 3.008.
Una vez obtenida la inscripción en el correspondiente registro de la propiedad de los mencionados bienes inmuebles, procede declarar su alienabilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el artículo 60 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba su reglamento, al objeto de posibilitar el tráfico de estos bienes patrimoniales.
En virtud de lo anteriormente expuesto y teniendo en cuenta la memoria justificativa de la Secretaría General de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural y después del informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda,
DISPONGO:
Artículo único.-Se declara la alienabilidad de los bienes inmuebles que se describen:
-Finca nº 298 de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá norte, municipio de Lourenzá, secano en el sitio de Guildán, que tiene una superficie de 4.815 m, que extrema: norte, carretera; sur, río; este, río Masma; oeste, camino. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Mondoñedo en el tomo 696, libro 82, folio 111, finca nº 9.339.
-Finca nº 784 de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá sur, municipio de Lourenzá, secano en el sitio de Santar, que tiene una superficie de 3.075 m, que extrema: norte, Ayuntamiento de Lourenzá (785) y camino; sur, Josefa Asunción Centeno Oural (782); este, Ayuntamiento de Lourenzá (785) y Áurea Gayoso Marful (786); oeste, camino. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Mondoñedo en el tomo 743, libro 100, folio 115, predio nº 13.343.
-Finca nº 2.484-1 de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá sur, municipio de Lourenzá, regadío y secano en el sitio de Pombal, que tiene una superficie de 4.480m, que extrema: norte, Fernando Seco Carballal (2.488), construcción y camino; sur, María Fernández Iglesias (2.484-2), otros propietarios (nºs 2.490, 2.491, 2.492 y 2.493), construcción y zona excluida; este, Fernando Seco Carballal (2.488), Iglesia Católica (2.489), María Bahamonde Granda (2.491), camino y zona excluida; oeste, Delfina Andía Varea (2.494) regato en el medio, camino regato en el medio en parte, María Fernández Iglesias (2.484-2) y construcción. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Mondoñedo en el tomo 743, libro 100, folio 108, finca nº 13.336.
-Finca nº 2.963 de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá sur, municipio de Lourenzá, regadío y secano en el sitio de Prados da Fonte, que tiene una superficie de 2.300 m, que extrema: norte, Manuel Pérez Barreira (2.965) y Antonio Díaz Ferreiro y otro 2.967); sur, construcción y camino; este, Josefa Rodríguez Bouso (2.964), Manuel Pérez Barreira (2.965) y Antonio Díaz Ferreiro y outro (2.967); oeste, Iglesia Católica (2.966) y camino. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Mondoñedo en el tomo 743, libro100, folio 8, finca nº 13.236.
-Finca nº 3.007 de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá sur, municipio de Lourenzá, secano en el sitio de Pumarega, que tiene una superficie de 200 m, que extrema: norte, camino; sur, Iglesia Católica (3.010); este, camino; oeste, camino. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Mondoñedo en el tomo 742, libro 99, folio 207, finca nº 13.210.
-Finca nº 3.008 de la zona de concentración parcelaria de Lourenzá sur, municipio de Lourenzá, secano en el sitio de Pumarega, que tiene una superficie
de 2.440 m, que extrema: norte, camino; sur, camino; este, Iglesia Católica (3.009); oeste, camino inscrito en el Registro de la Propiedad de Mondoñedo en el tomo 742, libro 99, folio 208, finca nº 13.211.
Santiago de Compostela, 30 de junio de 2004.
Juan Miguel Diz Guedes
Conselleiro de Política Agroalimentaria
y Desarrollo Rural

