La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante, texto reformado por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, le atribuye a las comunidades autónomas la facultad de designación y separación de los vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias de interés general del Estado situadas en su territorio.
El acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 10 de enero de 2002, modificado por el acuerdo de 6 de junio de 2002, facultan al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda para el presente nombramiento.
Conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, texto reformado por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, la designación de los vocales del consejo de administración se deberá hacer necesariamente por propuesta de las administraciones públicas y entidades u organismos representados en el consejo de administración, por lo que, producida una vacante en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo y su ría por el capítulo de representación de la Xunta de Galicia, dictada ya la correspondiente orden de cese, y en cuanto órgano competente,
DISPONGO:
El nombramiento de José Ramón Lete Lasa como vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo y su ría, en representación de la Xunta de Galicia.
Santiago de Compostela, 20 de julio de 2004.
Alberto Núñez Feijoo
Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda
CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD, DEPORTE
Y VOLUNTARIADO

