Eduardo Cadavid Rodríguez, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Betanzos doy fe y testimonio, que en el juicio de faltas nº 286/2003 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Sentencia nº 74. En Betanzos a 20 de abril de 2004.
Vistos por mi Pilar Carreira Vidal, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Betanzos y su partido los presentes autos de juicio de faltas nº 286/2003, sobre una falta contra el orden público, en la que es denunciante el agente de la guardia civil nº D-10696-C y denunciado Juan Babío Fernández, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.
Fallo que debo condenar y condeno a Juan Babío Fernández, como autor responsable de una falta contra el orden público, del artículo 636 del Código Penal, a una pena de 1 mes de multa a razón de cuota diaria de 5 euros, es decir, a razón de 150 euros de multa, que en caso de impago o insolvencia dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de 15 días de privación de libertad, que podrán cumplir en régimen de arrestos de fin de semana en el centro peninteciario que corresponda o, en su caso, mediante trabajos en beneficio de la comunidad para lo cual cada día de privación de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo.
Se condena a Juan Babío Fernández al pago de la costas procesales causadas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación dentro del plazo de los cinco días siguientes a la última notificación, a interponer en este mismo órgano para su resolución por el magistrado de la Audiencia Provincial de A Coruña, que por turno corresponda, constituido en tribunal unipersonal.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Juan Babío Fernández, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto en Betanzos a uno de julio de dos mil cuatro.
El secretario
Rubricado

