Visto el texto del acta de la mesa general de negociación del convenio colectivo para el personal laboral
al servicio del Ayuntamiento de Xinzo de Limia (código de convenio número 3200842) publicado en el DOG nº 163, del 24-8-1999, pactando la elaboración de las tablas salariales para el año 2004, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 del citado convenio colectivo y de las normas para la apertura de la convocatoria del plazo para la confección de las listas de provisión temporal de puestos de trabajo en dicho ayuntamiento para el bienio 2004-2005, con entrada en la delegación provincial, suscrita por los representantes del ayuntamiento, en representación de la parte económico, y por el comité de empresa, en representación de la parte social, con fecha 2 de diciembre de 2003, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real
decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo. Esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo obrante en esta delegación provincial y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC).
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Ourense, 5 de enero de 2004.
José Lage Lage
Delegado provincial de Ourense
Acta de acuerdos y conclusiones de la mesa general de negociación del convenio colectivo para el personal al servicio del Ayuntamiento de Xinzo de Limia
Asistentes:
Por el Ayuntamiento de Xinzo de Limia:
Isaac Vila Rodríguez (alcalde-presidente).
Manuel Rodríguez Cerredelo (2º teniente alcalde).
Por los trabajadores/as:
Jesús Fariñas Diz (presidente del comité de empresa).
Jesús Casasola Martínez (secretario).
Carlos Otero Marra (vocal).
Ánxo López Alonso (vocal).
Asesores:
M. Anxo García Torres (CIG).
En Xinzo de Limia, siendo las 17.30 horas del día 2 de diciembre de 2003, se reúne la mesa general de negociación del convenio colectivo para tratar el siguiente orden del día:
-Elaboración de las tablas salariales para el año 2004 e imputación de las cantidades acordadas en los salarios de los trabajadores/as, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21º del convenio colectivo.
-Elaboración de las normas para la apertura de la convocatoria del plazo para la confección de las listas de provisión temporal de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Xinzo de Limia.
I. Las partes llegan al acuerdo de imputar a los salarios de los trabajadores/as para el año 2004 las cantidades contenidas en las tablas salariales para el 2004 que se aportan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21º del convenio colectivo. El pago de los salarios tiene efectos retroactivos a 1 de enero de 2004.
La vigencia de estos acuerdos se produce, tal y como define el convenio colectivo, desde su suscripción.
Estos acuerdos serán enviados a la delegación provincial de Relaciones Laborales para su registro, depósito y publicación en el DOG y BOP.
II. Las partes llegan al acuerdo para la publicación de la normativa por la que se regulará la convocatoria y elaboración de las listas para la provisión temporal de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Xinzo de Limia en el bienio 2004-2005; que se establece como en anexo se acompaña y que generará efectos a partir de su publicación en el BOP de Ourense.
Y no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 18.00 horas del día arriba señalado.
Tabla salarial 2004
Salarios 2003 + IPC 03 (A) Salarios para el año 2004 (A) Salarios equip. 2007 (A) G N S.B. C.T.A. C.T.B. Ant. Total mes S.B. C.T.A. C.T.B. Ant. Total mes S.B. C, CV Ant. Totales
Gómez Diz, Pelegrina Auxiliar administrativo D 13 816,53 261,81 15,24 16,27 1.109,86 816,53 290,36 13,31 32,54 1.152,74 816,53 474,04 32,54 1.323,11
Carreiro Glz. Xosé M. Aparejador B 21 1.419,89 568,48 1,41 32,45 2.022,23 1.410,32 571,31 1,42 130,20 2.113,25 1.349,06 588,09 130,20 2.067,35
Fernández Moro, Cova Aparejador B 21 1.407,61 312,45 19,79 32,45 1.772,31 1.399,70 352,20 19,96 32,55 1.804,41 1.349,06 588,08 32,55 1.969,70
Casasola Martínez, Xesús Aux. adm. r. contribución D 13 816,53 273,21 14,42 48,80 1.152,97 816,53 302,18 14,54 48,80 1.182,05 816,53 474,03 48,80 1.339,37
Cabrera López, Xulio Encargado general C 16 1.002,80 414,20 9,32 121,72 1.548,05 1.002,80 432,93 9,40 121,70 1.566,83 1.002,80 544,04 121,70 1.668,54
García Moro, Xoán Capataz de brigada C 16 1.002,80 134,59 29,40 121,72 1.288,52 1.002,80 193,64 29,65 121,70 1.347,79 1.002,80 544,04 121,70 1.668,54
Blanco Cuquejo, Delfín Fontanería/conductor D 13 816,53 173,59 21,58 81,34 1.093,04 816,53 216,92 21,75 81,34 1.136,55 816,53 474,04 81,34 1.371,91
Gómez Cid, Xulio Pintura D 13 816,53 152,89 23,06 16,27 1.008,76 816,53 199,21 23,25 16,27 1.055,26 816,53 474,03 16,27 1.306,83
Santana Álvarez, Anxo Electricista D 13 816,53 258,60 15,47 113,88 1.204,48 816,53 289,67 15,60 113,87 1.235,67 816,53 474,04 113,87 1.404,45
Carrascal Salinas, Anxo Electricista D 13 816,53 251,25 16,00 48,80 1.132,59 816,53 283,38 16,13 48,80 1.164,85 816,53 474,04 48,80 1.339,37
Salarios 2003 + IPC 03 (A) Salarios para el año 2004 (A) Salarios equip. 2007 (A) G N S.B. C.T.A. C.T.B. Ant. Total mes S.B. C.T.A. C.T.B. Ant. Total mes S.B. C, CV Ant. Totales
Alonso Rodríguez, Xosé Conductor/camión grúa D 13 816,53 193,44 20,15 32,54 1.062,66 816,53 233,91 20,32 32,54 1.103,29 816,53 474,04 32,54 1.323,11
Conde García, Manuel Conductor, serv. varios D 13 816,53 183,48 20,87 48,80 1.069,68 816,53 225,38 21,04 48,80 1.111,76 816,53 474,04 48,80 1.339,37
López Alonso, Anxo Conductor/turno tarde D 13 816,53 183,55 20,86 65,07 1.086,02 816,53 225,44 21,03 65,07 1.128,08 816,53 474,04 65,07 1.355,64
Pérez Vences, Miguel Ayudante/turno tarde D 13 816,53 133,14 24,48 32,54 1.006,69 816,53 182,30 24,68 48,80 1.072,32 816,53 474,04 48,80 1.339,38
Jardón Mtz., Francisco Rotulista D 13 816,53 178,27 21,24 32,54 1.048,58 816,53 220,92 21,41 32,54 1.091,41 816,53 474,04 32,54 1.323,11
Rodríguez Feijoó, X. M. Albañil D 13 816,53 186,68 20,64 32,54 1.056,39 816,53 228,12 20,81 48,80 1.114,27 816,53 474,04 48,80 1.339,37
Gómez de Bastos, Modesto Albañil D 13 816,53 195,82 19,98 16,27 1.048,60 816,53 235,94 20,14 32,54 1.105,16 816,53 474,04 32,54 1.323,11
Rivera Varela, Gumer Jardinero D 13 816,53 183,97 20,83 65,07 1.086,41 816,53 225,80 21,00 81,34 1.144,68 816,53 474,04 81,34 1.371,91
Da Silva da Costa, M. Jardinero ayudante E 11 726,00 206,83 13,11 12,19 958,13 726,00 233,16 13,22 24,38 996,76 726,00 389,40 24,38 1.139,78
Barge García, Daniel Servicios varios D 13 816,53 141,39 23,89 48,80 1.030,62 816,53 189,37 24,08 48,80 1.078,79 816,53 474,04 48,80 1.339,38
Ferreiro González, Xosé Servicios varios E 11 726,00 211,54 12,77 36,58 986,89 726,00 237,19 12,88 36,57 1.012,64 726,00 389,40 36,57 1.151,97
Martínez Santana, Xulio Servicios varios E 11 726,00 162,48 16,29 12,19 916,98 726,00 195,21 16,43 24,38 962,02 726,00 389,40 24,38 1.139,78
Cid Domínguez, Xoán C. Serv. limpieza/conductor D 13 816,53 183,55 20,86 65,07 1.086,02 816,53 225,44 21,03 65,07 1.128,08 816,53 474,04 65,07 1.355,64
Otero Marra, Carlos Serv. limpieza/conductor D 13 816,53 161,62 22,44 81,34 1.081,93 816,53 206,67 22,62 81,34 1.127,16 816,53 474,04 81,34 1.371,91
Cerredelo Marra, Celso Serv. limpieza/ayudante E 11 726,00 199,34 13,65 12,19 951,19 726,00 226,75 13,76 12,19 978,71 726,01 389,40 12,19 1.127,59
Rodríguez Andrade, S. Limpieza viaria E 11 726,00 163,04 16,26 85,35 990,65 726,00 195,68 16,39 85,33 1.023,41 726,00 389,40 85,33 1.200,73
Morales Jardón, Ber Limpieza viaria E 11 726,00 155,31 16,81 24,39 922,51 726,00 189,07 16,95 36,57 968,59 726,01 389,40 36,57 1.151,97
Ramos Ramos, Xosé M. Limpieza viaria E 11 726,00 184,83 14,69 48,77 974,29 726,00 214,33 14,81 48,76 1.003,91 726,00 389,40 48,76 1.164,16
Limia Mellado, Xosé Limpieza viaria E 11 726,01 198,74 13,69 36,58 975,02 726,01 226,24 13,80 48,76 1.014,81 726,01 389,40 48,76 1.164,16
González Calleja, Rosa Aux. biblioteca D 13 816,53 457,90 1,16 48,80 1.324,40 816,53 460,23 1,17 48,80 1.326,73 816,53 474,04 48,80 1.339,37
Lois Suárez, A. Carlos Animador socio-cultural D 13 816,53 245,91 16,38 16,27 1.095,09 816,53 278,81 16,52 32,54 1.144,39 816,53 474,04 32,54 1.323,11
Dopico Blanco, Fernando Escuela de gaita C 16 1.002,80 38,46 0,00 24,34 1.065,61 1.002,80 38,46 0,00 24,34 1.065,60 1.002,80 38,46 24,34 1.065,60
Estévez Rguez., Miguel Ayudante E. de gaita E 11 726,00 59,95 0,00 24,39 810,34 726,00 59,95 0,00 36,57 822,53 726,00 59,95 36,57 822,53
Fariñas Diz, Xesús Coordinador C 16 1.002,80 192,34 25,26 121,72 1.342,13 1.002,80 243,06 25,46 121,70 1.393,03 1.002,80 544,04 121,70 1.668,54
Diz Coello, Rosa M. Adm. general E 9 656,50 91,80 21,37 12,19 781,86 662,42 134,72 21,55 12,19 830,88 700,33 389,40 12,19 1.101,92
Martínez Glz., Xosefa Pabellón de deportes E 9 675,90 91,80 21,37 24,39 813,45 679,20 134,72 21,55 36,57 872,03 700,33 389,40 36,57 1.126,30
Díaz Dacal, Mª Olga Casa de la cultura E 9 676,28 91,80 21,37 36,58 826,03 679,53 134,72 21,55 36,57 872,36 700,33 389,40 36,57 1.126,30
Peleteiro Mouteira, R. Pabellón de deportes E 11 726,00 180,04 15,03 24,39 945,47 726,00 210,24 15,16 36,57 987,97 726,00 389,40 36,57 1.151,97
Martín Vega, José Luis Casa de la cultura E 11 726,00 214,16 12,58 85,35 1.038,10 726,00 239,43 12,69 85,33 1.063,46 726,00 389,40 85,33 1.200,73
Añel Quintas, Rosa Mª Educadora encargada C 16 1.002,80 287,43 18,43 73,03 1.381,70 1.002,80 324,44 18,58 73,02 1.418,84 1.002,80 544,04 73,02 1.619,86
Fernández Lorenzo, T. Educadora ayudante D 13 816,53 211,20 18,87 48,80 1.095,42 816,53 249,11 19,03 48,80 1.133,48 816,53 474,04 48,80 1.339,37
Quelle Rodríguez, María Educadora ayudante D 13 816,53 211,20 18,87 48,80 1.095,42 816,53 249,11 19,03 48,80 1.133,48 816,53 474,04 48,80 1.339,37
Trigo da Fonte, Preciosa Of. consumidor E 11 666,27 91,80 21,37 12,19 791,63 674,34 134,72 21,55 12,19 842,79 726,00 389,40 12,19 1.127,59
Losada Enrique, Xosé Colectivo gitano D 13 816,53 256,68 15,61 32,54 1.121,36 816,53 288,03 15,74 32,54 1.152,83 816,53 474,04 32,54 1.323,11
Arias Cuesta, Xosé F. Desarrollo local C 16 1.002,80 198,49 24,81 24,34 1.250,45 1.002,80 248,32 25,02 48,68 1.324,83 1.002,80 544,04 48,68 1.595,52
Blanco González, Mª P. Conserje E 11 726,01 214,33 12,57 0,00 952,91 726,01 239,57 12,68 0,00 978,26 726,01 389,39 0,00 1.115,40
Bello Jardón, Aurora Conserje E 11 726,01 214,33 12,57 0,00 952,91 726,01 239,57 12,68 0,00 978,26 726,01 389,39 0,00 1.115,40
Suárez Losada, Sara Limpiadora colegios E 9 442,97 20,87 20,87 0,00 484,71 458,82 62,79 21,04 0,00 542,65 560,27 311,51 0,00 871,78
Moure Rguez. Mª Magd. Limpiadora colegios E 9 442,97 20,87 20,87 0,00 484,71 458,82 62,79 21,04 0,00 542,65 560,27 311,51 0,00 871,78
Gómez Rguez Palmira Limpiadora colegios E 9 369,11 17,39 17,39 0,00 403,89 382,31 52,32 17,53 0,00 452,16 466,84 259,57 0,00 726,41
Quintas Pedras Isabel Limpiadora colegios E 9 369,11 17,39 17,39 0,00 403,89 382,31 52,32 17,53 0,00 452,16 466,84 259,57 0,00 726,41
Marra López Esmeralda Conservatorio C 16 1.156,29 36,45 36,45 0,00 1.229,19 1.135,55 109,65 36,75 73,02 1.354,98 1.002,80 544,04 73,02 1.619,86
Alonso Fuertes M. Pilar Conservatorio C 16 1.156,29 36,45 36,45 0,00 1.229,19 1.135,55 109,65 36,75 73,02 1.354,98 1.002,80 544,04 73,02 1.619,86
Dopazo Amorín Jesús Conservatorio C 16 1.156,29 36,45 36,45 0,00 1.229,19 1.135,55 109,65 36,75 24,34 1.306,30 1.002,80 544,04 24,34 1.571,18
Normativa por la que se regula la convocatoria y elaboración de las listas para la provisión temporal de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Xinzo de Limia.
Norma 1ª.-Objeto.
El objeto de la presente normativa es regular la convocatoria y elaboración de listas con aquellas personas interesadas en la cobertura, con carácter temporal, de puestos de trabajo de los grupos y categorías de la Administración del Ayuntamiento de Xinzo de Limia, que se especifican en el anexo I, cuya cobertura se considere de urgente necesidad, mientras no sean ocupadas por el correspondiente personal fijo; en desarrollo y de conformidad con lo establecido en el convenio
colectivo para el personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Xinzo de Limia (artículos 14.3º, 14.4º, 14.5º y 14.6º).
Norma 2ª.-Listas.
Para cada grupo y categoría de los que figuran en el anexo I se elaborará una lista, de acuerdo con lo dispuesto en el convenio colectivo para el personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Xinzo de Limia.
Cada interesado/a podrá presentar solicitud para ser incluido en una o más listas. Su orden de prelación vendrá dada por la puntuación obtenida de acuerdo con el baremo. Una vez llamado para prestar servicios en una de las listas elegidas y previa aceptación del puesto de trabajo, será excluido de las demás listas.
Norma 3ª.-Solicitudes, apertura de la convocatoria y plazos.
3.1. Las solicitudes que presenten los interesados para su inclusión en la correspondiente lista se dirigirán a la comisión de selección de contrataciones laborales temporales del Ayuntamiento de Xinzo de Limia (Ayuntamiento de Xinzo de Limia. Rúa Curros Enríquez, s/n) y se ajustarán al modelo que se incluye en esta convocatoria (anexo II).
3.2. La apertura de la convocatoria y plazo para presentación de solicitudes serán los 30 días hábiles siguientes a contar desde la publicación de esta normativa en el BOP y se podrán formular ante el registro general del Ayuntamiento de Xinzo de Limia.
3.3. La presentación de solicitudes no generará ninguna obligación de pago de tasas al ayuntamiento por parte de los aspirantes.
Teléfonos de información: 988 55 01 11.
Norma 4ª.-Requisitos.
Los solicitantes deben reunir los requisitos que para cada grupo y categoría se determinan en el anexo I.
Dichos requisitos deben poseerse el último día del plazo para la presentación de solicitudes.
Asimismo, tendrán que acreditar en el momento en el que acepten el puesto de trabajo que se lles oferte:
-Tener cumplidos 18 años.
-No padecer enfermedad nin estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de las correspondientes funciones. (Declaración de veracidad).
-No estar separado del servicio de ninguna administración pública en virtud de expediente disciplinario, nin inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas. (Declaración de veracidad).
-Estar en posesión del título exigido para el grupo y categoría a que se opta o, substitutivamente, acreditar oficialmente la experiencia profesional exigida para el grupo o categoría a la que se opte (36 meses). En el supuesto de que no acrediten estos requisitos, los solicitantes decaerán en todos sus derechos y quedarán excluidos de la lista.
-Se considerará como experiencia profesional acreditada oficialmente como sustitutivo de la titulación requerida, aquella que se acredite por un organismo público (contrato de trabajo visado por el Inem, certificado del Inem, certificado de la Xunta de Galicia, certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, etc.).
-Los servicios prestados tanto en el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, como en otras administraciones, como en la empresa privada, que sean alegados por el aspirante como sustitutivo de la titulación mínima requerida para acceder a la categoría a la que opte solo se computarán como mérito baremable a partir del mes 37 (incluido).
Norma 5ª.-Documentación.
Con la solicitud deberán presentar las siguientes fotocopias compulsadas: DNI, tarjeta de la Seguridad Social,
informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o certificación negativa de vida laboral, declaración de la renta o certificación negativa de la declaración de la renta.
Los méritos que se invoquen por los interesados y que, de acuerdo con el baremo previsto, deseen que se lles tengan en cuenta, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos para cada grupo y categoría que se solicite, se acreditarán debidamente por medio de documentos originales o fotocopias de estos que se presentarán cotejadas fidedignamente, debiendo numerarse de acuerdo con el modelo anexo III, significándose que no se valorarán aquellos méritos que por la comisión se considere que no estuvieran suficientemente acreditados.
Los méritos admisibles y valorables serán unicamente los causados hasta la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
Norma 6ª.-Elaboración de las listas.
6.1. La comisión de selección para la cobertura temporal, de puestos de trabajo reservados al personal laboral a que se refiere el artículo 14.3º B1) del convenio colectivo será la encargada de elaborar las listas correspondientes. A petición de la comisión de selección podrán nombrarse comisiones colaboradoras, cuyas funciones serán participar en la aplicación del baremo a los méritos alegados por los interesados/as. En todas las deliberaciones de la comisión de selección podrán estar presentes, con voz y sin voto, los asesores sindicales de los representantes legales de los trabajadores/as.
6.2. Una vez elaboradas las listas, el Ayuntamiento de Xinzo de Limia publicará en el BOP, DOG y tres medios de comunicación de ámbito provincial el anuncio de la exposición de éstas en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Xinzo de Limia.
6.3. Una vez publicadas las listas en los tablones de anuncios del ayuntamiento, aquellos aspirantes que no estuviesen de acuerdo con la puntuación obtenida tendrán un plazo de 10 días hábiles para presentar las reclamaciones que consideren oportunas ante la propia comisión de selección (anexo IV).
La comisión de selección analizará las reclamaciones interpuestas y en el plazo de los tres días hábiles siguientes al último día para la formulación de reclamaciones corregirá o validará las listas publicadas, a medio de las correspondientes rectificación o ratificación de las mismas, adquiriendo el carácter de listas definitivas.
6.4. Cuando fuese preciso para el ayuntamiento, los llamamientos se realizarán por orden de prelación, de acuerdo con los méritos baremados, a medio de telegrama. De no obtenerse respuesta en el plazo de 72 horas hábiles, se llamará al siguiente de la lista y el aspirante decaerá en su puesto hasta el final de la lista.
6.5. A partir de la publicación de las listas definitivas, quedarán sin efecto cualesquiera anteriores que pudieran existir.
6.6. La apertura de nuevas listas se realizará cada dos años. Cuando en una categoría se considere la nece
sidad de incluir nuevos aspirantes en la lista ya abierta, se reunirá previamente la comisión de control del convenio, a efectos de estudiar y, en su caso, aprobar el tema.
De ser necesaria la apertura de nuevas listas por grupos y categorías de las definidas en el anexo I, la realizará la comisión de control del convenio.
Norma 7ª.-Baremo de méritos.
a) Circunstancias personales:
-Residencia habitual, con un mínimo de 6 meses de antigüedad, en el Ayuntamiento de Xinzo de Limia (acreditada a medio de certificado municipal): 2 puntos.
-Residencia habitual, con un mínimo de 6 meses de antigüedad, en cualquiera de los demás ayuntamientos de la Mancomunidad de A Limia (acreditada a medio de certificado municipal): 0,5 puntos.
-Por cada mes acreditado como desempleado, a medio del correspondiente informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social: 0,01 puntos (máximo 1 punto).
-Por cada persona a su cargo, sin ingresos, que conviva en el domicilio del solicitante, con un mínimo de 6 meses de convivencia: 1 punto (máximo 2 puntos). (Copia de la declaración de la renta, informe de vida laboral emitido por la TGSS, certificado municipal de convivencia).
-Por minusvalía del solicitante compatible con el puesto de trabajo, igual o superior al 33%: 1 punto. (Certificado de grado de minusvalía emitido por la Área de Servicios Sociales de la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales).
-Por minusvalía de alguna de las personas que vivan a su cargo, hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, con un mínimo de 6 meses de convivencia: 0,5 puntos. (Certificado de grado de minusvalía emitido por la Área de Servicios Sociales de la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, declaración de la renta, informe de vida laboral, certificado de convivencia municipal).
-Por tratarse del primer empleo al que el aspirante opta: 1 punto. (Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social).
b) Experiencia profesional:
-Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Xinzo de Limia en la misma categoría a la que se pretende acceder: 0,25 puntos/mes. (Informe de vida laboral).
-Por cada mes de servicios prestados en otras administraciones públicas en la misma categoría y referidos a los últimos 5 años: 0,15 puntos/mes. (Informe de vida laboral y certificado de servicios prestados para esa Administración o contratos cotejados).
-Por cada mes de servicios prestados en las empresas privadas en la misma categoría y referidos a los últimos 5 años: 0,05 puntos/mes. (Informe de vida laboral y certificado de servicios prestados para esa empresa).
La suma de la puntuación de estos tres apartados no podrá exceder de 15 puntos.
c) Méritos académicos:
-Por cada curso de formación o perfeccionamiento realizado con aprovechamiento impartido por las administraciones públicas, universidad, Inem, Fundación Tripartita para Formación o sindicatos y relacionado con las funciones propias de la categoría (máximo 2 puntos).
De 40 a 100 horas: 0,10 puntos por curso.
De 101 a 300 horas: 0,40 puntos por curso.
De 301 a 500 horas: 0,60 puntos por curso.
De 501 en adelante: 1 punto por curso.
-Por poseer una titulación académica distinta, independiente e igual o superior a la requerida en la convocatoria como requisito imprescindible para el acceso:
a) Título de doctor/a: 2 puntos.
b) Título de licenciado/a, arquitecto/a, ingeniero/a: 1,75 puntos.
c) Título de ingeniero/a técnico/a, diplomado/a universitario/a, arquitecto/a técnico/a: 1,50 puntos.
d) Título de COU, título de técnico especialista obtenido en FP de 2º grado, título de bachillerato actual, ciclo formativo de grado superior o equivalente: 1,25 puntos.
e) Graduado en secundaria, 2º de BUP superado, título de técnico auxiliar obtenido en 2º año de FP de 1 grado, ciclo formativo de grado medio o equivalente: 0,75 puntos.
f) Graduado escolar, 2º de la ESO superado: 0,50 puntos.
Sólo se computará la titulación de más nivel de las alegadas.
-Por el conocimiento acreditado del idioma gallego (solo se valorará el grado superior alegado):
a) En grado de iniciación: 0,5 puntos.
b) En grado de perfeccionamiento: 0,75 puntos.
c) Curso de especialización: 1 punto.
Sólo se lles concederá validez, por lo que a la acreditación del gallego se refiere, a los cursos y titulaciones homologadas por la Xunta de Galicia.
De producirse empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la mayor experiencia profesional, por el orden de prelación establecido en este baremo (1º/Ayuntamiento de Xinzo de Limia, 2º/otras administraciones, 3º/empresa privada). De persistir el empate, se acudirá a la suma global de las circunstancias personales y, en último término, se estará a la mayor edad del solicitante.
Norma 8ª.-Interpretación y normativa supletoria.
La interpretación de estas normas corresponde a la comisión de control del convenio colectivo para el personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Xinzo de Limia. La normativa supletoria es la dispuesta para el mismo asunto por la Xunta de Galicia en su convenio y decretos de desarrollo.
En Xinzo de Limia, 2 de diciembre de 2004.
ANEXO I
Lista nº Categoría Grupo Titulaciones mínimas requeridas por la convocatoria Otros requisitos exigidos
1 Arquitecto/a s.c. Licenciado/a en arquitectura Carnet conducir B
2 Ingeniero/a s.c. Ingeniería de caminos, canales y puertos Carnet concucir B
3 Arquitecto/a técnico/a s.c. Arquitectura técnica
4 Ingeniero/a técnico/a s.c. Ingeniería técnica de obras públicas Carnet conducir B
5 Técnico local de empleo s.c. Licenciado/a en derecho, sociología, geografía e historia o económicas, diplomados en relaciones laborales o empresariales Carnet conducir B
6 Asistente social s.c. Diplomado en trabajo social Carnet conducir B
7 Profesor/a para el conservatorio de música s.c. Profesor/a de música, conservatorio o magisterio
8 Profesor/a de escuelas de gaitas y/o percusión s.c. Maestro/a de percusión y/o gaita
9 Especialista de la escuela de gaitas y/o percusión s.c. Grado elemental del conservatorio o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses
10 Encargado/a del jardín de infancia s.c. Maestro/a de educación infantil
11 Auxiliar del jardín de infancia s.c. Título de COU, título de técnico especialista obtenido en FP de 2º grado, título de bachillerato actual, ciclo formativo de grado superior o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses
12 Animador/a sociocultural s.c. Título de COU, título de técnico especialista obtenido en FP de 2º grado, título de bachillerato actual, ciclo formativo de grado superior o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir B
13 Bibliotecario/a o archivero/a s.c. Licenciado en historia, diplomado en archivística y biblioteconomía Carnet conducir B
14 Auxiliar de bibliotecario/a o archivero/a s.c. Título de COU, título de técnico especialista obtenido en FP de 2º grado, título de bachillerato actual, ciclo formativo de grado superior o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir B
15 Encargado/a general s.c. Título de COU, título de técnico especialista obtenido en FP de 2º grado, título de bachillerato actual, ciclo formativo de grado superior o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir C
16 Encargado/capataz de brigada s.c. Título de COU, título de técnico especialista obtenido en FP de 2º grado, título de bachillerato actual, ciclo formativo de grado superior o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir C
17 Delineante s.c. Técnico especialista obtenido en FP de 2º grado (rama delineación), ciclo formativo grado superior (rama delineación) o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir B
18 Administrativo/a s.c. Técnico especialista obtenido en FP de 2º grado (rama administrativa), ciclo formativo grado superior (rama administrativa) o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses
19 Auxiliar administrativo/a s.c. Tècnico auxiliar obtenido en 2º año de FP de 1 grado (rama administrativa), ciclo formativo de grado medio (rama administrativa) o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses
20 Auxiliar de ayuda a domicilio s.c. Técnico auxiliar obtenido en 2º año de FP de 1 grado (ramas auxiliar de clínica o ayuda a domicilio), ciclo formativo de grado medio (ramas auxiliar de clínica o ayuda a domicilio), o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir B
21 Oficial de servicios varios s.c. Graduado en secundaria, 2º de BUP superado, título de técnico auxiliar obtenido en 2º año de FP de 1 grado, ciclo formativo grado medio o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir B
22 Conductor/a s.c. Certificado de estudios primarios, graduado escolar, 2º de la ESO superado o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir C
23 Conductor motobomba de incendios s.c. Certificado de estudios primarios, graduado escolar, 2º de la ESO superado o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Carnet conducir C. Curso específico de incendios
24 Monitor/a deportivo s.c. Graduado en secundaria, 2º de BUP superado, título de técnico auxiliar obtenido en 2º año de FP de 1 grado, ciclo formativo grado medio o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Curso específico de monitores deportivos
25 Socorrista acuático s.c. Graduado en secundaria, 2º de BUP superado, título de técnico auxiliar obtenido en 2º año de FP de 1 grado, ciclo formativo grado medio o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Curso específico socorrista acuático.
26 Peón de servicios varios s.c. Certificado de estudios primarios, graduado escolar, 2º de la ESO o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses
27 Peón de incendios s.c. Certificado de estudios primarios, graduado escolar, 2º de la ESO superado o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses Curso específico de incendios
28 Ordenanza s.c. Certificado de estudios primarios, graduado escolar, 2º de la ESO superado o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses
29 Limpiador/a s.c. Certificado de estudios primarios, graduado escolar, 2º de la ESO superado o experiencia profesional acreditada oficialmente en la misma categoría durante 36 meses

