DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Jueves, 05 de agosto de 2004 Pág. 11.154

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL

ORDEN de 2 de agosto de 2004 por la que se amplía la dotación presupuestaria para la concesión de ayudas para la mejora y modernizazión de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias convocadas por la Orden de 23 de diciembre de 2003.

Por la Orden de 23 de diciembre de 2003 se convocan para el año 2004 las ayudas para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias (DOG nº 253, del 31 de diciembre de 2003). Las bases reguladoras de estas ayudas se establecen en la orden de esta consellería de 7 de junio de 2002 (DOG nº 113, del 13 de junio de 2002).

En el artículo 8 de la Orden de 23 de diciembre de 2003, relativo a la financiación de estas ayudas, se detalla la aplicación presupuestaria y el importe económico previsto para las mismas. Teniendo en cuenta el elevado número y dimensión de las solicitudes de ayuda que se recibieron y la necesidad de una mayor financiación, es necesario ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente, con la finalidad de poder amparar las solicitudes de ayuda presentadas por los agricultores y ganaderos de la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre que cumplan con lo establecido en las órdenes de esta consellería citadas anteriormente.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.I.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en el uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988 y el Decreto 50/2002, de 14 de febrero,

DISPONGO:

Artículo único.

Primero.-Se amplía la dotación presupuestaria que se contempla en la orden de esta consellería de 23

de diciembre de 2003 (DOG nº 253, del 31 de diciembre de 2003), por la que se convocan para el año 2004 las ayudas para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, tal y como se detalla a continuación:

* La aplicación presupuestaria 09.03.614-A.777.3, se incrementa en ocho millones quinientos mil euros, (8.500.000 A).

Segundo.-También se podrán utilizar otros remanentes adicionales que pudieran existir en la misma aplicación. En todo caso, la concesión de la ayuda para la mejora y modernización de las estructuras de producción de explotaciones agrarias estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente y se limitará a las disponibilidades presupuestarias.

Tercero.-Esta modificación no afecta al plazo que se establece para la presentación de solicitudes de ayuda en dicha Orden de 23 de diciembre de 2003.

Santiago de Compostela, 2 de agosto de 2004.

Juan Miguel Diz Guedes

Conselleiro de Política Agroalimentaria y Desarrollo

Rural

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL

Y TURISMO