DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 164 Martes, 24 de agosto de 2004 Pág. 12.041

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 21 de julio de 2004 por la que se le autoriza la ampliación de una unidad de educación infantil al centro privado La Inmaculada de Marín (Pontevedra).

Examinado el expediente presentado por el centro privado La Inmaculada de Marín (Pontevedra), en el que solicita la ampliación de una unidad de educación infantil.

Teniedo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, quien lo remite con los informes correspondientes.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo, la Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación (BOE del 24 de diciembre); el Real decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE del 10 de diciembre), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general; el Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Considerando que dicho centro privado tiene autorización definitiva para impartir educación infantil.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros y Ordenación Educativa,

DISPONE:

Autorizar la ampliación de una unidad de educación infantil al centro privado La Inmaculada de Marín (Pontevedra), según los datos que se relacionan en el anexo de esta orden, haciendo constar que, para su puesta en funcionamiento, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, después del informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en la unidad que se amplía.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de

dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de julio de 2004.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Marín.

Localidad: Marín.

Domicilio: calle A Estrada nº 8.

Denominación: centro privado La Inmaculada.

Titular: Hijas de la Caridad.

Código del centro: 36004514.

Nivel: educación infantil.

Unidades de que constaba: 5.

Unidades nuevas autorizadas: 1.

Composición resultante:

a) Centro de educación infantil: 6 unidades.

b) Centro de educación primaria: 12 unidades.

c) Centro de educación secundaria: 8 unidades de educación secundaria obligatoria.