Advertidos errores en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 161, del jueves 19 de agosto de 2004, es necesario realizar la oportunas correcciones:
En la página 11.854, en el apartado a), del punto 2, del artículo 1º, donde dice: «La competencia para efectuar la contratación de personal interino...», debe decir: «La competencia para efectuar la contratación de personal laboral e interino ...».
En el apartado b) del artículo 3º, donde dice: «... cuando no sea competencia de la conselleira o de otro centro directivo», debe decir «... cuando no sea competencia de la conselleira o de cualquier centro directivo».
En el artículo 6º, donde dice: «... Ley 11/1998, de 20 de octubre», debe decir: «... Ley 11/1988, de 20 de octubre».
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES

