La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato, y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de las publicaciones editadas por la Consellería de Sanidad y que se relacionan en el anexo.
2. Este precio se entenderá, en su caso, con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 12 de agosto de 2004.
José María Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad
ANEXO
* Cinensino: unha proposta teórica e metodolóxica para a prevención do consumo de drogas: 15 euros.
* Cinensino: una propuesta teórica y metodológica para la prevención del consumo de drogas: 15 euros.
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES

