DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 179 Martes, 14 de septiembre de 2004 Pág. 12.743

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convocan exámenes extraordinarios para la obtención del carné profesional de operador de grúa móvil autopropulsada en el año 2004.

Con fecha 17 de julio de 2003 se publicó en el BOE el Real decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

Con fecha 20 de febrero de 2004 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 13 de enero de 2004 que modifica la Orden de 27 de diciembre de 2000, por la que se establece el procedimiento unificado para la obtención de carnés profesionales y exigencias a empresas autorizadas para instalación, mantenimiento y otras actividades en materia de seguridad industrial, en la que se hace referencia a los requisitos para la obtención del carné de operador de grúa móvil autopropulsada.

Debido a la demora en la autorización de las entidades encargadas de impartir los cursos teórico-prácticos contemplados en el Real decreto 837/2003, no fue posible incluir el carné de operador de grúa móvil autopropulsada en la Resolución de 17 de marzo de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convocan exámenes ordinarios para la obtención de carnés profesionales en el año 2004 (Diario Oficial de Galicia nº 62, del 30-3-2004), lo que hizo necesario la realización de esta convocatoria extraordinaria.

La Orden de 27 de diciembre de 2000 de la Consellería de Industria y Comercio, por la que se establece el procedimiento unificado para la obtención de carnés profesionales y exigencias a empresas autorizadas para instalación, mantenimiento y otras actividades en materia de seguridad industrial (Diario Oficial de Galicia nº 11, del 16-1-2001), modificada por la Orden de 25 de marzo de 2002 (Diario Oficial de Galicia nº 64, del 3 de abril), establece en su artículo 5 que la convocatoria de exámenes se publicará anualmente, mediante resolución de la dirección general competente en materia de industria.

En virtud de la competencia otorgada por la Orden de 27 de diciembre de 2000,

RESUELVO:

Convocar los exámenes extraordinarios a celebrar en el año 2004 para la obtención del carné profesional de operador de grúa móvil autopropulsada, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

Primera.-Objeto de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es la obtención de carnés profesionales en las siguientes especialidades:

Operador de grúa móvil autopropulsada, categoría A.

Operador de grúa móvil autopropulsada, categoría B.

Segunda.-Fechas y lugares de realización de los exámenes. Tribunales calificadores.

2.1. Las pruebas comenzarán a las nueve horas en los lugares y locales que se indicarán en las listas definitivas de admitidos y excluidos, según se expone en la base sexta de la presente convocatoria.

2.2. Los miembros de los tribunales calificadores y las fechas en las que se realizarán los exámenes serán los que se indican a continuación.

Operador de grúa móvil autopropulsada, categoría A:

23 de octubre.

11 de diciembre.

Tribunal nº 1.

Presidente: Antonio de la Hera Roldán.

Suplente: Juan Luis Ecenarro Tomé.

Secretario: María del Carmen da Costa Picón.

Suplente: Isabel Álvarez Janeiro.

Vocal A Coruña: Isidoro Martínez Arca.

Vocal suplente: Julián Lucas Ramírez.

Vocal Lugo: Alberto Mena Rodríguez.

Vocal suplente: Juan Antonio Gálvez García.

Vocal Ourense: Ángel Rodríguez Martínez.

Vocal suplente: Alfonso Tomás Paz Doniz.

Vocal Pontevedra: Ignacio Garnelo Preciado.

Vocal suplente: Eugenio Fernández Piñeiro.

Operador de grúa móvil autopropulsada, categoría B:

30 de octubre

18 de diciembre.

El tribunal calificador estará formado por los mismos miembros que el tribunal nº 1.

2.3. El tribunal calificador correspondiente resolverá cuantas incidencias se susciten en el ámbito de la presente convocatoria. A los efectos de comunicación y demás incidencias, los tribunales tendrán su sede en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio de la Xunta de Galicia.

Tercera.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de estudios primarios, excepto en el caso de que se pueda acreditar la experiencia a la que hace referencia la disposición transitoria única del Real decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

b) Haber cumplido 18 años en el momento de realizar la solicitud del curso que se cita en el párrafo c).

c) La superación de un curso teórico-práctico o, en el caso de que se pueda acreditar la experiencia señalada en el párrafo a), teórico, impartido por una entidad acreditada por la Consellería de Innovación, Industria y Comercio de la Xunta de Galicia.

d) Superar un examen médico, psicotécnico y físico, específico para este tipo de actividades, que incluye examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva.

Estes requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta.-Solicitudes y documentación.

4.1. Los aspirantes deberán solicitar su admisión en las pruebas mediante instancia dirigida al delegado provincial de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio que corresponda, según el modelo que figura en el anexo.

4.2. Las solicitudes se presentarán en el registro general de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio, en sus delegaciones provinciales o en los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

4.3. Junto con la solicitud modelo será preciso presentar la siguiente documentación:

a) Copia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Dos fotografías tamaño carné.

c) Documento que acredite la superación de un examen médico, psicotécnico y físico, específico para este tipo de actividades, que incluya examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva.

d) Copia compulsada del certificado de asistencia y superación del curso teórico-práctico o, en su caso, teórico, impartido por una entidad acreditada por la Consellería de Innovación, Industria y Comercio y, en su caso, del título de estudios primarios.

e) En su caso, documento de reconocimiento de la experiencia con relación a la obtención del carné profesional de operador de grúa móvil autopropulsada, expedido por la Consellería de Innovación, Industria y Comercio.

f) Justificante para la Administración del impreso correspondiente de autoliquidación de tasas en concepto de derechos de examen (clave 32.07.01) debidamente validado por la entidad bancaria donde se realice el ingreso.

Quinta.-Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para la realización de los exámenes para la obtención del carné profesional de operador de grúa móvil autopropulsada comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y terminará el 29 de septiembre para la convocatoria de octubre y el 22 de noviembre para la convocatoria de diciembre.

Sexta.-Admisión de solicitudes.

6.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de las delegaciones provinciales. Esta lista también se podrá consultar en el teléfono de información de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio (981 54 43 41) y en la página web de la Xunta de Galicia (www.xunta.es).

6.2. Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en las relaciones de admitidos ni excluidos, dispondrán de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la mencionada publicación en el tablón de anuncios de la correspondiente Delegación Provincial de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio para la subsanación de defectos.

Séptima.-Desarrollo de los exámenes.

7.1. Los exámenes estarán constituidos por dos partes que se desarrollarán en el mismo día en las fechas que se recogen en la base segunda de esta resolución.

Primera parte.-Estará constituida por un ejercicio teórico escrito, consistente en la resolución de un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal sobre las materias reglamentarias establecidas para cada especialidad.

Segunda parte.-Consistirá en un supuesto práctico que versará sobre una o varias operaciones propuestas por el tribunal en relación con los requerimientos prácticos establecidos para cada especialidad. En este ejercicio los candidatos podrán utilizar la instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

7.2. Para la realización del examen los candidatos deberán ir provistos, para cada ejercicio, de su documento nacional de identidad, lápiz, goma de borrar y bolígrafo negro.

Octava.-Calificación de los exámenes.

8.1. La puntuación mínima para superar cada parte corresponderá a la mitad del valor de la puntuación máxima posible de dicha parte. En la parte teórica la nota se formará de acuerdo con la expresión «nº de respuestas correctas - (nº de respuestas incorrectas / 3)».

8.2. Los exámenes se calificarán como aptos o no aptos. Para ser considerado apto se deberán aprobar las dos partes independientemente.

Novena.-Lista de aprobados.

El tribunal calificador publicará la relación provisional de aprobados por provincias y dará traslado de ésta a las cuatro delegaciones provinciales para su publicación en los respectivos tablones de anuncios. Esta relación también se podrá consultar en el teléfono de información de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio (981 54 43 41) y en la página web de la Xunta de Galicia (www.xunta.es).

Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días naturales desde la publicación de la relación provisional de aprobados para formular reclamaciones ante el tribunal. Finalizado el plazo el tribunal enviará propuesta de las listas de aprobados al director general de Industria, Energía y Minas, que las elevará a definitivas mediante resolución y dará traslado de ellas a las cuatro delegaciones provinciales para su publicación en los respectivos tablones de anuncios. Contra dicha resolución se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a partir de la publicación en los tablones de anuncios.

Santiago de Compostela, 2 de septiembre de 2004.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas

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