El Ayuntamiento de Narón, en sesión celebrada el día veintiocho de abril de dos mil tres, aprobó el proyecto de urbanización de la calle Bos Aires y, en la sesión del veintisiete de febrero de dos mil cuatro, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Por parte del Ayuntamiento de Narón fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local el día once de agosto de dos mil cuatro.
Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.
La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local el día tres de septiembre de dos mil cuatro.
Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que según señala el ayuntamiento, la actuación es necesaria al objeto de dotar a la zona de unos servicios que el constante crecimiento demográfico y urbanístico está demandando, en aras a la consecución de las mejores condiciones de seguridad y salubridad de la población, debido a la existencia de pozos negros o fosas sépticas, que no cumplen con la totalidad de la normativa medioambiental y sectorial aplicable a este tipo de instalaciones; lo que supone un grave peligro, no sólo para la consecución de un medio ambiente sostenido, sino, que especialmente se conforman como un verdadero foco de riesgo contagioso para los ciudadanos. Se considera, por lo tanto, que la adecuada canalización de aguas fecales, así como la necesidad de tratar convenientemente el agua que es consumida en los domicilios, además de suponer la
prestación de un servicio público considerado básico, evitará posibles focos infecciosos y riesgos para la salud de las personas y del medio ambiente en general.
La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de septiembre de dos mil cuatro,
DISPONGO:
Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Narón, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de urbanización de la calle Bos Aires, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.
Santiago de Compostela, veintitrés de septiembre de dos mil cuatro.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Jesús Carlos Palmou Lorenzo
Conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local

