DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Miercoles, 10 de noviembre de 2004 Pág. 15.342

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES

RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2004 por la que se anuncian pruebas para formar parte de una lista de bailarines/bailarinas becados en el cuerpo de baile del Ballet Gallego Rey de Viana.

El Decreto 394/1990, de 19 de julio, por el que se crea el Ballet Gallego Rey de Viana como un centro o unidad de producción artística integrada en el Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, establece en su artículo 1.2º la inclusión de becados en el cuerpo de danza del Ballet Gallego Rey de Viana.

Con intención de cubrir dichas becas en el cuerpo de baile para la temporada de 2005, se acuerda pro

ceder a la oportuna convocatoria con sujeción a las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

Se convoca concurso para la confección de una lista de becas de bailarines/bailarinas (indistintamente) que, reuniendo las condiciones previstas en la presente convocatoria, deseen integrarse en el cuerpo de danza del Ballet Gallego Rey de Viana. La programación prevista de formación en el cuerpo de baile se produciría entre el 17 de enero de 2005 y el 30 de noviembre de 2005. Las bolsas pueden ser prorrogadas previo informe de la directora del Ballet Gallego Rey de Viana, hasta un máximo de 33 meses, supeditado a la existencia de crédito en el ejercicio correspondiente y a un período máximo de 11 meses por año.

Segunda.-Dotación económica.

La dotación de las becas será de 601,01 euros brutos mensuales durante el período indicado, siendo prorrateada la cantidad para un período inferior al mes (referencia mes natural: 30 días).

La concesión y cuantía de las becas quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 10.60.354A.480.0 del presupuesto de gastos do IGAEM del ejercicio correspondiente. En este caso se cubrirán, por orden de prelación de dicha lista, un mínimo de seis becas de bailarines/bailarinas, mediante resolución de la Gerencia del IGAEM.

Tercera.-Requisitos.

Requisitos para optar a las becas:

a) Haber cumplido los dieciséis años de edad y tener menos de 30 al final del período de presentación de las instancias. A partir de los 30 años serán consideradas, caso a caso, por el tribunal las características de los aspirantes.

b) No haber permanecido como becario del Ballet Gallego Rey de Viana tres o más años, entendiéndose por año cada temporada de once meses (máximo 33 meses).

c) No haber desempeñado la actividad de bailarín mediante contrato profesional. El aspirante deberá entregar declaración responsable de no haber firmado ningún contrato profesional con anterioridad.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de bailarín/a.

e) No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

f) No tener empleo remunerado dentro de la misma actividad ni disfrutar de otra beca o ayuda, cualquiera que fuese ésta, salvo las concedidas para estudios reglados; o en su defecto, el compromiso de no encontrarse en ninguna de estas situaciones excluidas en el momento en que se otorguen las becas.

Podrá presentarse a esta convocatoria, cumpliendo los requisitos anteriores, cualquier persona interesada en la misma sin excepción de nacionalidad, así como los becarios que forman en este momento parte del cuerpo del Ballet Gallego Rey de Viana, con la excepción indicada en el apartado 3º.b).

Cuarta.-Carácter de la beca.

La concesión de la beca no establecerá relación laboral, de ningún tipo, entre el IGAEM y el beneficiario de la misma.

Quinta.-Solicitudes y requisitos.

Las solicitudes, según el modelo que figura en el anexo de la presente convocatoria como solicitud tipo, serán presentadas, hasta el próximo día 25 de noviembre de 2004, en el registro general del IGAEM (calle de A Vesada, s/n. San Lázaro 15703 Santiago de Compostela) según el artículo 38.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La fecha y lugar de celebración de las pruebas será el próximo 1 de diciembre, a las 12.30 horas, en las instalaciones del Ballet Gallego Rey de Viana en el Complejo Deportivo de Elviña; calle O Birloque s/n en A Coruña. La relación de aspirantes admitidos estará expuesta en el tablón de las oficinas del IGAEM (calle de A Vesada, s/n. San Lázaro 15703 Santiago de Compostela), así como en las dependencias del Ballet Gallego Rey de Viana, con anterioridad al comienzo de las pruebas.

Los aspirantes seleccionados deberán aportar la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte compulsada.

b) Certificado del IGAEM del período disfrutado como becario del Ballet Gallego Rey de Viana, en su caso.

c) Declaración responsable acreditativa de los puntos 3º c), 3º e) y 3º f) exigidos como requisitos.

d) Certificado médico original y actualizado que acredite el punto 3º d) exigido como requisito.

e) Currículum vitae y documentación acreditativa de los méritos que aleguen los aspirantes, en documento original o fotocopia compulsada.

Sexta.-Relación de aspirantes.

Con la finalidad de facilitar la participación, los solicitantes que hayan tramitado su solicitud en plazo serán incluidos en la relación de aspirantes admitidos a dichas pruebas.

Los becarios seleccionados, con carácter previo a su toma de posesión, deberán presentar, de no hacerlo en el momento de la presentación de la solicitud, la documentación indicada en el punto 5º.

Séptima.-Pruebas.

La selección de los becarios se realizará mediante prueba práctica, consistente en la interpretación de tres obras coreográficas (libre, clásica y de carácter) presentadas por el aspirante.

Antes del comienzo del ejercicio, cada concursante podrá optar entre entregar al tribunal una grabación musical en cassette para dar acompañamiento a las obras coreográficas a interpretar, o bien interpretar las que le facilite el tribunal.

Octava.-Tribunal.

El tribunal que efecturará la selección de los candidatos estará constituido del siguiente modo:

Presidente: presidente del IGAEM o persona en quien delegue.

Vocales:

Gerente del IGAEM o persona en quien delegue.

Directora-coreógrafa del Ballet Gallego Rey de Viana.

Una profesora de baile del Ballet Gallego Rey de Viana.

Secretario/a (con voz y sin voto): un miembro del personal administrativo de la plantilla del IGAEM.

Novena.-Aceptación de la beca.

La aceptación de la beca llevará consigo, por parte del beneficiario, el cumplimiento de los compromisos establecidos en el artículo 25.1º, del Decreto 107/1993, de 12 de mayo, de desarrollo de la Ley 4/1989, modificada por la 2/1991 de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales (DOG del 25 de mayo de 1993).

El becario se compromete, asimismo, a participar en el programa de actuaciones que establezca la dirección del ballet, con la renuncia a calquier otra contraprestación económica diferente de la cantidad que perciba como beca, siendo propiedad del IGAEM cualquier derecho derivado de las actuaciones comprometidas en el período formativo, incluyéndose las grabaciones y emisiones en televisión, vídeo u otro medio audiovisual.

Décima.-Vacaciones.

Los/las becarios/as tendrán derecho al disfrute, durante el período de la beca, de los días de vacaciones que proporcionalmente les correspondan en un cómputo de 2,5 días por mes disfrutado, siempre de acuerdo con la dirección del ballet.

Undécima.-Suspensión o pérdida de la beca.

Serán causas de suspensión temporal o pérdida definitiva de la beca, según los casos:

a) Renuncia por parte del interesado.

b) El incumplimiento de las obligaciones a las que se refiere la base anterior.

c) El incumplimiento de alguno de los requisitos recogidos en la base 3ª de esta convocatoria.

En caso de sanción, ésta será impuesta por el gerente del IGAEM, después del pertinente informe de la directora-coreógrafa del ballet y previa audiencia del interesado.

Duodécima.-Cláusula general.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, pudiendo interponer contra la presente resolución recurso potestativo de reposición ante el IGAEM, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el DOG, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el DOG.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 2004.

José Manuel Soto Virulegio

Gerente del Instituto Gallego de las Artes Escénicas

y Musicales

ANEXO

Modelo de instancia

D/Dª..... con DNI...., de..... años de edad, natural de....., con domicilio habitual en..... localidad....., provincia....., DP..... teléfono....

EXPONE:

Que, creyendo reunir los requisitos y condiciones que señala la convocatoria para la concesión de becas para bailarines/inas que deseen integrarse en el cuerpo de baile del Ballet Gallego Rey de Viana,

SOLICITA acceder a las pruebas para la concesión de una de dichas becas, manifestando que acepta las condiciones y los compromisos que figuran en la convocatoria, adjuntando a la presente solicitud fotocopia del DNI y currículum vitae con documentación acreditativa de los méritos alegados.

....., ... de.... de 2004.

Firma.

Nota. Adjúntese DNI, NIE o pasaporte.

Sr. gerente del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales. Santiago de Compostela.