Por la orden de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de 29 de abril de 2004 (DOG nº 87, del 6 de mayo), se convoca para el año 2004 las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios. Las bases reguladoras de estas ayudas se establece en la orden de esta consellería de 4 de junio de 2001 y modificaciones posteriores.
En el artículo 6 de la Orden de 29 de abril de 2004, se detallan las aplicaciones presupuestarias y
los importes económicos previstos para la financiación de dichas ayudas. Teniendo en cuenta el elevado número y dimensión de las solicitudes de ayuda recibidas y la necesidad de una mayor financiación, conviene ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente, con la finalidad de poder amparar las solicitudes de ayuda presentadas, siempre que cumplan con lo establecido en las órdenes de esta consellería citadas anteriormente.
Por todo lo expuesto, en consonancia con lo establecido en el artículo 30.I.1 y 3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en el uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente
DISPONGO:
Artículo único.
Primero.-Se amplía la dotación presupuestaria que se contempla en la orden de esta consellería de 29 de abril de 2004 (DOG nº 87, del 6 de mayo), por la que se convocan para el año 2004 las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, tal como se detalla a continuación:
* La aplicación presupuestaria 09.04.712-B.770.0 se incrementa en 1.020.659 A para la anualidad 2004 y en 4.000.000 A para la anualidad 2005.
* La aplicación presupuestaria 09.04.615-A.770.0, se incrementa en 1.749.350,09 A para la anualidad 2004 y en 1.000.000 A para la anualidad 2005.
Segundo.-También se podrán utilizar otros remanentes adicionales que pudiesen existir en las mismas aplicaciones. En todo caso, la concesión de estas ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente y se limitará a las disponibilidades presupuestarias.
Tercero.-Esta modificación no afecta al plazo que se establece para la presentación de solicitudes de ayuda en dicha Orden de 29 de abril de 2004.
Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2004.
José Antonio Santiso Miramontes
Conselleiro de Política Agroalimentaria
y Desarrollo Rural

