A Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51, señala a obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería,
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicación editada por el Servicio Gallego de Salud y que se relaciona en el anexo.
2. Este precio se entenderá, en su caso, con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2004.
José Manuel González Álvarez
Conselleiro de Sanidad
ANEXO
* Memoria 2003 Servicio Galego de Saúde: 13,50 euros.
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES

