Examinada la adaptación de los estatutos de la Federación Gallega de Cofradías de Pescadores creada por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia del día 21 de octubre de 2004.
Comprobado que se cumplen los requisitos que establece el artículo 74 del Decreto 261/2002, de 30 de julio, por el que se aprueban las normas reguladoras de las cofradías de pescadores y sus federaciones, de aprobación del proyecto de estatutos por la mayoría absoluta de las juntas generales de las federaciones provinciales de A Coruña, Lugo y Pontevedra, en las reuniones de 25 de septiembre, 6 de agosto y 7 de agosto de 2004 respectivamente, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 14 de la Ley 9/1993, de 8 de julio, de cofradías de pescadores de Galicia, y con los artículos 112 a), 113 y 114 del decreto citado relativos al registro de cofradías y sus federaciones.
La directora general de Innovación y Desarrollo Pesquero de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, en representación de ésta, acuerda ratificar los estatutos de la Federación Gallega de Cofradías de Pescadores que consta de 76 artículos, una disposición adicional y una disposición final (40 páginas), inscribirla en el registro de cofradías y de sus federaciones en el folio 4 del libro de federaciones y ordenar su publicación en el Diario Oficial de Galicia, adquiriendo desde este momento la eficacia jurídica que le reconocen las normas legales de aplicación.
Santiago de Compostela, 22 de octubre de 2004.
Rosa Mª Quintana Carballo
Directora general de Innovación
y Desarrollo Pesquero
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES

