DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Lunes, 29 de noviembre de 2004 Pág. 16.401

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

ORDEN de 19 de noviembre de 2004 por la que se declara de interés gallego la Fundación Manuel Puente González y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Con fecha de 12 de noviembre de 2004 fue publicada en el Diario Oficial de Galicia la orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, de 3 de noviembre de 2004, por la que se clasifica de interés cultural la Fundación Manuel Puente González, adscribiéndola a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Esta fundación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de sus estatutos, tiene como objeto la conservación y difusión del archivo personal y el legado cultural de Manuel Puente González, catalogación de fondos documentales y editoriales de las instituciones gallegas afincadas en Argentina que así lo soliciten, promoción de la lengua, literatura y cultura gallegas en la ciudad de Buenos Aires y en toda la República Argentina, pudiendo establecer cuantas relaciones de colaboración sean necesarias con otras

entidades y asociaciones de la diáspora gallega e instituciones culturales de aquella república.

Por eso, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y en el artículo 32.3º a) del Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 248/1992, de 18 de junio,

DISPONGO:

Primero.-Declarar de interés gallego la Fundación Manuel Puente González ya que sus estatutos cumplen las prescripciones que, a tal efecto, señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.

Segundo.-Ordenar la inscripción de la Fundación Manuel Puente González en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a los efectos constitutivos que señala la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

Tercero.-Dicha fundación queda sometida a lo dispuesto en la normativa de general aplicación, en especial, a la obligación de dar publicidad suficiente a sus actividades y a la ausencia del ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, quedando obligada a rendir cuentas anualmente al protectorado y a justificar, a través de una memoria anual, el cumplimiento de la finalidad fundacional, así como a presentarle el proyecto de presupuesto al protectorado, con anterioridad al inicio del ejercicio económico para el que se formula y debiendo solicitar las preceptivas autorizaciones del protectorado.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de noviembre de 2004.

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura, Comunicación

Social y Turismo

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES