DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Miercoles, 01 de diciembre de 2004 Pág. 16.547

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 29 de octubre de 2004 por la que se acuerda la denegación de la prórroga y extinción de diversas concesiones administrativas que amparan los parques de cultivo de moluscos de la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).

Vistas las peticiones de prórroga de las concesiones que se citan en el anexo, resulta:

Antecedentes de hecho:

Primero.-Por orden del Ministerio de Comercio de 7 de octubre de 1975 (BOE nº 254) se otorgan 930 concesiones administrativas para la instalación de

otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, en precario y por un plazo de 10 años, prorrogables a petición de los interesados.

Por Orden de 31 de diciembre de 1975 (BOE nº 29/1976) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Carlos Mollinedo Veloso y Luis Sánchez Núñez, con una superficie de 1.739 m.

Segundo.-Mediante Decreto 158/1991, de 16 de mayo, se declara de interés marisquero y urgente ejecución la revisión y reordenación de los citados parques de cultivo, con el objeto de proceder a una regularización de la situación de hecho existente, a la revisión de las circunstancias de titularidad de los parques y a la oportuna reordenación que adecue su situación y superficie a una explotación más racional de los recursos.

Tercero.-Aprobada la fase de revisión del citado proceso por resolución de la Dirección General de Marisqueo y Acuicultura de fecha 26 de diciembre de 1995, es necesario proceder al inicio de la fase de reordenación, de la cual surgirán las nuevas concesiones, para lo que resulta inexcusable desestimar, en este momento del proceso, tales peticiones de prórroga.

Fundamentos jurídicos:

Primero.-Este órgano es competente para resolver tales peticiones de conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 3318/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de pesca y en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.

Segundo.-Teniendo en cuenta que el plazo de vigencia de las concesiones administrativas que amparan los citados parques expiró, y que de conformidad con lo dispuesto en el apartado C del artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, las concesiones se extinguirán por el vencimiento del plazo de otorgamiento sin que se solicitara y se concediese prórroga.

Por todo lo anterior, esta consellería, haciendo uso de sus atribuciones y competencias, acuerda denegar las prórrogas solicitadas y proceder de conformidad con el artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, a la extinción de las concesiones relacionadas en el anexo a la presente orden.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo que se interpondrá en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa; ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del

procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de octubre de 2004.

Enrique César López Veiga

Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos

ANEXO

1. Orden de 7 de octubre de 1975 (BOE nº 254) por la que se otorgan 930 concesiones administrativas para instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa.

Parcela nºNombreSuperficie (m)

4Luis Jueguen Vilas507

9José Luis Rey Sanmartín99

43José Mollinedo Veloso379

75Antonio Crespo García304

85Antonio Crespo Teijeiro99

87Antonio Crespo Teijeiro155

230Antonio Crespo Teijeiro53

513Carlos Rivas Fernández80

547Francisco Búa Ramos86

613Severino Diz Búa1.738

614Manuel Diz Búa1.738

659Carlos Rivas Fernández132

683Antonio Crespo Teijeiro229

753Francisco Fabeiro Rodríguez232

2. Orden de 31 de diciembre de 1975 (BOE nº 29/1976) por la que se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Carlos Mollinedo Veloso y Luis Sánchez Núñez, con una superficie de 1.739 m.

Parcela nºNombreSuperficie (m)

Exp. 10136Carlos Mollinedo Veloso

y Luis Sánchez Núñez

1.739