La orden conjunta de las consellerías de Innovación, Industria y Comercio y de Educación y Ordenación Universitaria de 10 de septiembre de 2004 (DOG del 27 de septiembre), aprobaba las bases de la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de investigación en centros de educación no universitaria. En su artículo 4 se determinan los criterios de valoración que deberán de tener en cuenta los miembros de la comisión encargada de realizar la propuesta de resolución.
Atendiendo a la propuesta elaborada por la citada comisión, la Consellería de Innovación, Industria y Comercio y la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria
RESUELVEN:
Primero.-Conceder las ayudas para la realización de proyectos de investigación, relativos a los centros de educación no universitaria de Galicia, a las personas que se relacionan en el anexo de la presente resolución y en la cuantía y anualidades que en cada caso se señalan.
Segundo.-Las cantidades que se relacionan en el anexo comprenden la totalidad de la ayuda necesaria para la realización del correspondiente proyecto de investigación, incrementada en un 10% destinado a la coordinación de aspectos didácticos para la enseñanza de la FP, que corresponde al Instituto de Ciencias de la Educación de la Universidad de Santiago
de Compostela. Teniendo en cuenta las características de los proyectos a realizar y la composición de los correspondientes equipos no se consideran otros gastos indirectos para el organismo al que pertenecen los investigadores principales.
Tercero.-El incumplimiento por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria de 10 de septiembre de 2004 (DOG del 27 de septiembre) supondrá la pérdida del derecho a recibir la ayuda correspondiente.
Antes del último pago, los beneficiarios están obligados a presentar una declaración complementaria de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para el mismo fin de las distintas administraciones públicas competentes o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades.
Cuarto.-Contra la presente resolución podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Diario Oficial de Galicia. De no estimar la interposición de este recurso, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2004.
Celso Currás Fernández Juan Rodríguez Yuste
Conselleiro de EducaciónConselleiro de Innovación,
y Ordenación Universitaria Industria y Comercio
ANEXO I
Investigador principal Código proyecto Título Duración (euros) (euros) (euros) (euros)
Año 2004
Año 2005
Año 2006
Totales
Cabello Ferrer, Diego PGIDIT04EDU241001 Diseño y construcción de un seguidor solar para una instalación solar fotovoltaica 2 10.667 17.067 12.000 39.734 Garrido Vázquez, Joaquín PGIDIT04EDU241002 Técnicas de cocina al vacío y de atmósfera modificada 2 10.667 17.066 12.000 39.733 Moreno Piquero, Eduardo PGIDIT04EDU241003 Tecnologías encaminadas a la accesibilidad en el sector de la automoción 2 10.666 17.067 12.000 39.733
TOTALES 32.000 51.200 36.000 119.200
CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD, DEPORTE
Y VOLUNTARIADO

