La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51, señala la obligación
de que los precios privados sean publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Quedan aprobados los precios de venta al público de las publicaciones que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán con IVA incluido.
Disposiciones finales
Única.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2004.
Pilar Rojo Noguera
Conselleira de Familia, Juventud, Deporte
y Voluntariado
ANEXO
-9ª Xuntanza de novos investigadores: 10 A.
-Outono fotográfico 2004: 12 A.
-A prostitución feminina na Comunidade Autónoma de Galicia: 7,50 A.
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES

