DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Viernes, 18 de febrero de 2005 Pág. 2.814

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

ORDEN de 11 de febrero de 2005 por la que se fijan los períodos hábiles de pesca y las normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2005.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, en los artículos 46 y 47 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo) y en la Orden de 20 de enero de 2000, por la que se fijan las normas generales de pesca en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Períodos hábiles y cupos totales de captura para la pesca del salmón (Salmo salar).

Del 20 de marzo hasta el 31 de julio en los cotos de Abres, San Tirso y A Pontenova (río Eo).

Del 1 de mayo hasta el 31 de julio en los cotos de Betanzos (río Mandeo), Celeiro (río Masma), Sinde (río Ulla), Couso (río Ulla), Ximonde (río Ulla), Monte Porreiro (río Lérez) y Frieira (río Miño).

En las restantes masas de aguas de la comunidad autónoma no se autoriza la pesca del salmón.

Los cupos anuales de captura (número total de salmones capturados en toda la temporada) serán los siguientes:

-Río Masma: 40 salmones.

-Río Mandeo: 5 salmones.

-Río Lérez: 7 salmones.

-Río Miño: 5 salmones.

-Río Ulla: 40 salmones.

En todos los casos se adelantará el cierre de la temporada cuando se complete el cupo correspondiente.

En el río Eo no se establece cupo anual de captura.

Artículo 2º.-Períodos hábiles para la pesca del reo (Salmo trutta trutta).

Del 1 de mayo al 21 de agosto con carácter general, sin perjuicio de lo dispuesto en los regímenes especiales de cada provincia (anexos III, IV y VI de la presente orden).

Del 1 de mayo al 30 de septiembre en los lotes 2 y 3 del coto de Celeiro (río Masma), en los lotes 2 y 3 del coto de Viveiro (río Landro), en los cotos de Ribeiras (río Sor), Segade (río Sor), Xubia (río Xubia), Ombre (río Eume), Lambre (río Lambre), Betanzos (río Mandeo), Ponte do Porto (río Grande), Noia (río Tambre), Sinde (río Ulla), Couso (río Ulla), Ximonde (río Ulla), Monte Porreiro (río Lérez) y Ponte Arnelas (río Umia).

Del 15 de mayo al 15 de agosto en los cotos de Abres, San Tirso y A Pontenova (río Eo).

Artículo 3º.-Períodos hábiles para la pesca de trucha (Salmo trutta fario).

Del 19 de marzo al 21 de agosto con carácter general, sin perjuicio de lo dispuesto en los regímenes especiales de cada provincia (anexos III, IV y VI de la presente orden).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de 20 de enero de 2000, en las masas de agua salmoneras o de reo, para proteger la bajada hacia el mar de estas especies migradoras, se aplaza hasta el 1 de mayo el inicio de la temporada para la trucha y otras especies.

En los tramos y cotos de pesca sin muerte o de pesca intensiva la temporada se prolonga hasta el 30 de septiembre.

Artículo 4º.-Períodos hábiles para la pesca de especies distintas de los salmónidos.

-Cangrejo de río (Austropotamobius pallipes pallipes).

No se autoriza su pesca.

-Cangrejo rojo americano (Procambarus clarkii).

Se autoriza su captura en las fechas y lugares especificadas en los regímenes especiales de cada provincia (anexos III, V y VI de la presente orden). Las normas de pesca serán las que figuran en el anexo VI de la Orden de 20 de enero de 2000.

Se prohibe la comercialización de las capturas y se establece la obligación de sacrificar los cangrejos en el lugar de pesca, quitándoles el apéndice central de la cola, de tal forma que se extraiga también parte del tubo digestivo del animal.

-Bermejuela (Rutilus arcasii) y espinoso (Gasterosteus aculeatus).

No se autoriza su pesca.

-Anguila (Anguilla anguilla).

Del 19 de marzo al 21 de agosto, con carácter general, sin perjuicio de lo dispuesto en los regímenes especiales de cada provincia (anexos III, IV, V y VI de la presente orden).

-Angula.

Del 1 de noviembre al 31 de marzo, en las zonas establecidas en los regímenes especiales (anexos III y IV de la presente orden) y con las normas de pesca que figuran en el anexo VII de la Orden de 20 de enero de 2000.

-Lamprea (Petromizon marinus).

Su captura en los ríos Tea y Ulla se regulará de conformidad con lo dispuesto en las resoluciones de 11 de octubre de 2004, de la Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente de Pontevedra (DOG nº 212, del 30 de octubre; páginas 14.767 y 14.768).

Se prohibe la captura de esta especie en todos los demás ríos gallegos.

-Saboga o zamborca (Alosa spp).

Del 1 de mayo al 12 de junio en el tramo del río Ulla comprendido entre 1 km aguas abajo del límite inferior del coto de Couso y la desembocadura, y en el tramo del río Umia comprendido entre el límite superior del coto de Ponte Arnelas y la desembocadura. Se fija un cupo de captura de 5 ejemplares por pescador y jornada.

En el resto de las masas de agua de la comunidad autónoma no se autoriza la pesca de estas especies.

-Otras especies.

Del 19 de marzo al 21 de agosto con carácter general, sin perjuicio de lo dispuesto en los regímenes especiales de embalses y zonas de desembocadura (Orden de 20 de enero de 2000 y anexos de la presente orden).

Artículo 5º.-Prescripciones especiales para cebos.

-Salmón.

Se podrán emplear todos los cebos autorizados (artículo 4 de la Orden de 20 de enero de 2000) hasta el 31 de mayo.

Del 1 de junio hasta el fin de temporada se prohibe la cucharilla. De esta prohibición se exceptúa el coto de Frieira.

-Otras especies.

Con carácter general se prohibe la utilización de anzuelos con dimensiones menores que las que se establecen en el anexo I de la presente orden, equivalentes aproximadamente a las del número 10, para la pesca con cebo natural en todos los ríos de Galicia. De esta prohibición se podrán excluir los embalses sometidos a régimen especial, en los que se podrán autorizar anzuelos de otros tamaños.

Se autoriza el cebado de las aguas para la captura de ciprínidos en aquellos embalses en los que se permite la pesca de estas especies durante todo el año. Este cebado de las aguas se podrá llevar a cabo con cebos vegetales o piensos.

Para la captura de black-bass o perca negra se autorizan los siguientes cebos específicos: peces artificiales, cebos de superficie (comúnmente conocidos

como poppers y plugs) y cebos de materiales plásticos o semejantes (comúnmente conocidos como vinilos).

Artículo 6º.-Dimensiones mínimas y cupos de captura en el caso de la trucha.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo) y en los artículos 2 y 3 de la Orden de 20 de enero de 2000, se fija con carácter general el tamaño mínimo de captura de la trucha en 19 cm y el cupo de captura en 10 truchas por pescador y jornada.

Asimismo, se establecen las siguientes excepciones a la norma anterior de carácter general:

Masa de aguaTamaño

RíoTramo

BarcalaCoto de Negreira 17

CanceladaCoto de Doiras 17

ConsoCoto de Conso 17

CurantesCoto de Rubín 17

DeoCoto de Vilarraso 17

DezaCoto de Lalín 17

EumeCoto de Muras 17

LérezCoto de Forcarei 17

UllaCoto de Monterroso 17

XaresCoto de A Veiga 17

(1) centímetros

Fuera de estos cotos con tamaño mínimo de 17 cm no se podrá permanecer en la orilla del río estando en posesión de truchas de tamaño inferior a 19 cm, excepto en el caso de que el pescador esté de paso por el tramo, cuente con un permiso de pesca vigente en uno de estos cotos, tenga todos los aparejos y cebos recogidos y, en su caso, las cañas plegadas.

Masa de aguaTamaño Cupo

RíoTramo

Navea-QueixaTramo entre el regato de Torneiros y el puente de Santa Cruz, de una longitud aproximada de 4 km y situado en el término de Chandrexa de Queixa 19 6

VeaCoto de Souto de Vea 19 5

(1) centímetros. (2) número de ejemplares por pescador y jornada.

Masa de aguaTamaño Cupo

RíoTramo

AnllónsCoto de Verdes 21 10

ArnoiaCoto de Allariz 21 6

Arnoia y OrilleCoto de Celanova 21 8

AviaCoto de Ribadavia 21 10

EoCotos de A Pontenova,

Abres y San Tirso

21 8

EoCotos de Vilarmide,

Xinzo y Salmeán

21 10

Masa de aguaTamaño Cupo

RíoTramo

GrandeCoto de Ponte do

Porto

21 10

LandroLotes 1, 2 y 3 del

coto de Viveiro

21 10

LérezCoto de Monte

Porreiro

21 10

LorCoto de A Labrada 21 10

MandeoCoto de Betanzos 21 10

MasmaCotos de Celeiro y

Mondoñedo

21 10

MiñoEntre el límite

inferior del coto de

Ombreiro y el tramo

internacional

21 6

OuroCoto de Foz 21 10

TambreCoto de Noia 21 10

TeaCotos de Mondariz,

Ponteareas y

Fillaboa

21 10

UllaCotos de Ximonde,

Couso y Sinde

21 10

Tramos libres en

masas de aguas

salmoneras

21 10

(1) centímetros. (2) número de ejemplares por pescador e jornada. (3) excepto en el río Lérez, aguas arriba de la presa de Bora.

En estos cotos y tramos con tamaño mínimo de 21 cm no se podrá estar en posesión de truchas de menor tamaño, incluso cuando fuesen pescadas en otro tramo, excepto en el caso de que el pescador esté de paso, tenga todos los aparejos y cebos recogidos y, en su caso, las cañas plegadas.

Artículo 7º.-Jornadas hábiles.

Se declara los lunes como inhábiles para la pesca, excepto festivos nacionales o autonómicos. En los tramos del río Navia compartidos con la Comunidad Autónoma de Asturias y en los cotos de Abres, San Tirso y A Pontenova serán inhábiles los jueves, excepto festivos nacionales.

Artículo 8º.-Horas de pesca.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3º de la Ley de pesca fluvial, sólo se podrá practicar la pesca en el período comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de la puesta. Diez minutos antes del comienzo y diez minutos después de la finalización de la jornada de pesca todos los aparejos y cebos deberán estar recogidos y, en su caso, las cañas plegadas.

Artículo 9º.-Vedas y regímenes especiales.

Se aprueban las vedas y los regímenes especiales provinciales que figuran como anexos en esta orden.

Artículo 10º.-Masas de agua salmoneras o de reo.

Se modifica el anexo I de la Orden de 20 de enero de 2000 de tal forma que tendrán la consideración de masas de agua salmoneras las siguientes:

-Las que se incluyen en el citado anexo I de la Orden de 20 de enero de 2000.

-El tramo del río Lérez que figura en el anexo II de la Orden de 20 de enero de 2000.

-El último kilómetro, aguas abajo, de todos los afluentes de las masas de agua citadas en los dos apartados anteriores.

Se modifica el anexo II de la Orden de 20 de enero de 2000 de tal forma que tendrán la consideración de masas de agua de reo las siguientes:

-Las que se incluyen en el citado anexo II de la Orden de 20 de enero de 2000 con excepción del río Lérez.

-El tramo del río Miñor comprendido entre el actual límite inferior y el puente de A Xunqueira (límite entre los ayuntamientos de Nigrán y Gondomar).

-El tramo del río Verdugo comprendido entre la presa de la central de O Inferno (ayuntamiento de Ponte Caldelas) y el actual límite superior.

-El último kilómetro, aguas abajo, de todos los afluentes de las masas de agua citadas en los tres apartados anteriores.

Disposiciones adicionales

Primera.-En el caso de los cotos de salmón en los que acabe la temporada al llegar al cupo anual, los pescadores que tengan permisos expedidos con anterioridad podrán solicitar la devolución del importe o cambiarlos por permisos para trucha o reo en cualquier otro coto.

Segunda.-Se faculta al director general de Conservación de la Naturaleza para dictar cuantas normas sean necesarias para el desarrollo de la presente orden.

Tercera.-Se faculta al director general de Conservación de la Naturaleza para modificar las normas de funcionamiento de los cotos de pesca durante las jornadas reservadas de conformidad con los dispuesto en el artículo 30 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales (Decreto 130/1997, de 14 de mayo). Estas modificaciones requerirán una solicitud de la entidad titular de la reserva de permisos y el informe favorable del Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y se mantendrá vigente hasta la publicación de la orden correspondiente a la temporada del año 2006.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2005.

José Manuel Barreiro Fernández

Conselleiro de Medio Ambiente

ANEXO II

Vedas

En las tablas de este anexo se incluyen los tramos fluviales que permanecerán vedados durante toda la temporada de pesca. En los límites de cada tramo se incluyen entre paréntesis los ayuntamientos en los que se encuentran los citados límites. En la columna titulada «km» figura la longitud aproximada del tramo expresada en kilómetros. Cuando la veda incluye todos los afluentes existentes en el tramo, en la columna titulada «Obs.» (observaciones) figura el texto «afluentes»; en esta misma columna también se hacen constar, en su caso, algunas otras particularidades de la veda.

Provincia de A Coruña:

Masa de aguaLímite superiorLímite inferiorkmObs.

Río AbelleiraNacimiento (Santa Comba)Desembocadura en el río Xallas (Santa Comba)3,5

Río AnllónsPonte Lagoa (Carballo)Área recreativa de la estación de autobuses (Carballo)2

Nacimiento (A Laracha)Ponte Formigueiro (A Laracha)13

Río BaaPuente de la carretera LCV-1223 (Fene)Puente de la carretera LC-133 (Fene)2

Río BolañosPuente de Bá (Arteixo)Desembocadura (Arteixo)2,5Incluye el afluente Candame

Río CádavoPuente de la carretera N-VI (Fene)Desembocadura (Fene)1,2Afluentes

Río do Campo y

Rego do Brixeo

Nacimiento (As Pontes de García Rodríguez)Desembocadura en el río Eume (As Pontes de García Rodríguez)4

Río CarantoñaReja de la central de Carantoña (Vimianzo)Puente de la carretera de Carantoña (Vimianzo)0,25

Regato CarballasNacimiento (O Pino)Presa del área recreativa de A Madanela (O Pino)0,5

Río CarballasMolino de Porto do Cabo (Boqueixón)Área recreativa de Gastrar (Boqueixón)1

Río do CocidoNacimiento (As Pontes de García Rodríguez)Desembocadura en el río Chamoselo (As Pontes de García Rodríguez)3Afluentes

Río EumePresa del embalse del EumeConfluencia del regato de Teixido (A Capela y Monfero)1

Regato Frai BermuzPuente de A Feira do DezConfluencia con el río Eume (Monfero)2,5

Río Grande (afluente del Rosende)Férveda (Carballo)Molino de Barís (Carballo)6

Río de LariñoNacimiento (Carnota)Desembocadura (Carnota)Afluentes

Río Louredo o Vilar

de Parada

Nacimiento (Carnota)Desembocadura (Carnota)Afluentes

Río MeraPonte Cardeal (Ortigueira-Cerdido)Presa de Pita (Ortigueira-Cerdido)3

Río MercurínPresa del molino de Campo da Feira (Ordes)Puente de la carretera N-550 (Ordes)1

Río MeroPresa de Cecebre (Cambre)Ponte Galiñeiro (Cambre)0,25

Embalse de CecebrePresa del molino de Macenda (Abegondo y Betanzos)Línea recta imaginaria que une Agrolongo con la orilla opuesta, cruzando la isla existente (Abegondo)

Embalse de CecebrePuente del viaducto de la autopista A-6 (Abegondo y Carral)Línea recta imaginaria, perpendicular a la orilla, que une el embarcadero de Carril con la orilla opuesta (Abegondo)

Río MillaresNacimiento (Sobrado)Desembocadura en el río Rudelo (Sobrado)3

Río dos PasosPresa del canal de alevinaje de Bertamiráns (Ames)Desembocadua en el río Sar (Ames)0,6

Masa de aguaLímite superiorLímite inferiorkmObs.

Ríos Pedrafigueira

y Noutigos

Nacimiento (Carnota)Desembocadura (Carnota)Afluentes

Río PegoPuente de la carretera Gándara-Pedrouzos (Brión)Ponte Vilanova (Brión)2

Río PontillónPuente de Ardesende (Boqueixón)Molino de O Souto (Boqueixón)3

Río de PradosNacimiento (Narón) Desembocadura en el coto de Xubia (Narón)4Afluentes

Río PulgueirasPuente de Calvo (Ortigueira-Cerdido)Confluencia con el río Mera (Ortigueira-Cerdido)0,1

Rego de Quenxe Lestón (A Laracha)Ponte Grixario (A Laracha)4

Rego RoufríoNacimiento (Abegondo)Presa del embalse de Beche (Abegondo)1Afluentes

Río RudeloNacimiento (Sobrado)Desembocadura en la laguna de Sobrado1,9Afluentes

Río San XustoNacimiento (Noia y Lousame)Desembocadura en el río Sóñora (Noia y Lousame)8Afluentes

Río SarInicio del canal de PadrónDesembocadura del canal en el río Ulla2

Regato SegadeNacimiento (Mañón)Desembocadura en el coto de Segade (Mañón)6Afluentes

Río SieiraNacimiento (Porto do Son)Desembocadura (Porto do Son)11Afluentes

Río SomozasMorado (As Somozas)Queira (As Somozas)7

Río SorPuente de Ribeiras do Sor (Mañón)Souto de Ribeira, Xancedo (Mañón y O Vicedo)1,6

Coto de Ribeiras200 m aguas arriba de la presa de Rafael (Mañón y O Vicedo)200 m aguas abajo de Ponte Ulló (Mañón y O Vicedo)0,7

Río Tambre

Coto de ChaiánDesembocadura del Rego do Pazo (Trazo y Santiago)Ponte Albar (Trazo y Santiago)0,9

Coto de NoiaLímite superior del cotoDesembocadura del río Corzán (Brión y Negreira)0,8

Río ValdazónNacimiento (Laxe)Desembocadura en el coto de Baio (Vimianzo)4Afluentes

Río ValdeboisNacimiento (Carnota)Desembocadura (Carnota)Afluentes

Río Xallas100 m aguas arriba de la presa de Outeiro (Sta. Comba)100 m aguas abajo de la presa de Outeiro (Sta. Comba)0,2

200 m aguas abajo del puente romano de Brandomil (Zas)Puente romano de Brandomil (Zas)0,2

Río XubiaPuente de Xubia (Narón)Presa del molino de Xubia (Narón)0,2

Ríos del Parque Natural de CorrubedoLímite del parque naturalDesembocadura

Río ArtesNacimientoDesembocadura3

Regato CidadeLímite del parque naturalDesembocadura0,5

Regato LongoLímite del parque naturalDesembocadura1

Regato SirvesLímite del parque naturalDesembocadura0,5

Regato VilarLímite del parque naturalDesembocadura1

Regato VixánLímite del parque naturalDesembocadura0,5

Provincia de Lugo:

Masa de aguaLímite superiorLímite inferiorkmObs.

Río ArnelaNacimiento (Abadín)Puente de la carretera N-634 (Abadín)17,5Afluentes

Río AzúmaraPuente de Sandamil (Castro de Rei)50 m aguas arriba de la desembocadura en el río Miño (Castro de Rei)2,5Afluentes

300 m aguas arriba del puente de la carretera de Castro (Castro de Rei)Puente de la carretera de Castro (Castro de Rei)0,3

Río BarrazosoNacimiento (Vilalba)Desembocadura en el río Ladra (Vilalba)10

Río BalsadasNacimiento (O Valadouro)Ponte Caxoto (O Valadouro)11
Río de Brego o de CereixedoNacimiento (Cervantes)Lugar de Deva (Cervantes)5,5

Río BúbalNacimiento (San Cristovo de Cea y Vilamarín, en Ourense)Puente de la carretera N-540 (Carballedo)10Afluentes

Río CabarcosNacimiento (Barreiros)Desembocadura en el río Masma (Barreiros)7Afluentes

Río CabeNacimiento (O Incio)Puente de Santalla de Trascastro (O Incio)9Afluentes

Pasarela del Club Fluvial (Monforte de Lemos)Presa do Cubano (Monforte de Lemos)2,6

Lugar de Gundear (Monforte de Lemos)Embalse de Vilanova (Monforte de Lemos)0,5

Río Cancelada o de CasasVeiga do Seixo en el arroyo de Noceda (Cervantes)Desembocadura del río da Vara (Cervantes)1,3

Río CentiñoNacimiento (Foz)Desembocadura en la ría de Foz7Afluentes

Río EoNacimiento (Baleira)Piscifactoría Ovapiscis, en Fonteo (Baleira)1,8Afluentes

Límite inferior del lote 9 del coto de Abres (Trabada)Puente del ferrocarril Ferrol-Gijón (Ribadeo)6Excluida de la veda la angula

Regato de EscuridoNacimiento (O Vicedo)Desembocadura en la playa de Abrela (O Vicedo)5,5

Río EspiñarcaoNacimiento (Abadín)Desembocadura en el río Labrada (Abadín)12,5Afluentes

Río EumeNacimiento (Muras y Abadín)Ponte da Balsa (Muras y Vilalba)9,5Afluentes

Regato de FeásNacimiento (Lugo)Desembocadura en el río Guimarás (Lugo)2,1Afluentes

Río GuilánNacimiento (Xove)Desembocadura en el río da Rigueira (Xove)5

Río GuisandePuente de Guisande (Cospeito)Desembocadura en el río Támoga (Cospeito)4,5

Río LamaNacimiento (Chantada)Desembocadura (Chantada)13

Río LandroNacimiento del río y del regato de Coruxos (Muras)Puente de A Cabana-Silán (Muras)11

100 m aguas arriba de la presa del molino de Landrove (Viveiro)100 m aguas abajo de la presa del molino de Landrove (Viveiro)0,2

100 m aguas arriba de la presa de Chavín (Viveiro)100 m aguas abajo de la presa de Chavín (Viveiro)0,2

Presa de Salto do Can (Ourol y Viveiro) 250 m aguas abajo de la presa de Salto do Can (Ourol y Viveiro)0,25

Río LexosoNacimiento (Barreiros)Pozo de Lexoso (Ribadeo)4

Masa de aguaLímite superiorLímite inferiorkmObs.

Río LorNacimiento (Pedrafita do Cebreiro)Puente de Eixecadas (Pedrafita do Cebreiro)4,5Afluentes

Couto de O CourelLímite superior del tramo 2 (Folgoso do Courel)Límite inferior del tramo 2 (Folgoso do Courel)

Río MaoPuente de Ribeira, en la parroquia de Goó (O Incio)Mosteiro (O Incio)1,5

Presa de Vilasouto (O Incio)200 m aguas abajo de la presa de Vilasouto (O Incio)0,2

Río Masma100 m aguas arriba de la presa de la central de Pozo do Capitán (Barreiros)100 m aguas abajo de la presa de la central de Pozo do Capitán (Barreiros)0,2

100 m aguas arriba de la presa de Fontela (Lourenzá)100 m aguas abajo de la presa de Fontela (Lourenzá)0,2

Desembocadura del río Valiñadares (Mondoñedo)Puente de Viloalle (Mondoñedo)3Veda sólo aplicable al reo

Río MeraPuente de Muíño de Mazuco (Lugo)Ponte-Nova, en la parroquia de O Veral (Lugo)1,2

Río MiñoNacimientoPuente de la depuradora de Meira3Afluentes

Río PequenoPuente de Os Mouros (A Pastoriza)Ponte Destoa (A Pastoriza)4Afluentes

Río PequenoPuente de la carretera Folgoso-Seoane (Folgoso do Courel)Desembocadura en el río Lor (Folgoso do Courel)1

Río PolNacimiento (Pol)Desembocadura en el río Azúmara (Pol)10,5Afluentes

Río de Porto CabanasNacimiento (O Vicedo)Desembocadura en el río Sor (O Vicedo)8

Río Porto LousadoNacimiento (Begonte)Desembocadura en el río Ladra (Begonte)5Afluentes

Río RatoPuente de Galegos (Lugo)Desembocadura en el río Miño (Lugo)4,6

Río ReigadasNacimiento (A Pontenova)Puente da Ferrería de Bogo (A Pontenova)4Afluentes

Río de San FitorioNacimiento (Lugo)Desembocadura en el regato de Amorín (Lugo y Castro de Rei)3,5Afluentes

Río Santa Mariña, Dá o LendoeiraNacimiento (Guitiriz)Puente de la carretera N-VI (Guitiriz)11,8Afluentes

Río Sarria o OribioPuente de A Capela do Ciprés (Samos)Presa de Vizarro (Samos)0,4

Puente de la carretera de Samos (calle Calvo Sotelo, Sarria)Puente de la calle Castelao (Sarria)0,4

Río TortoNacimiento (Riotorto)Puente Machín (Riotorto)7Afluentes

Río TrabadaNacimiento (Trabada)Puente de Santo Estevo (Trabada)3,2Afluentes

Río TrimazPontella da Madeira (Xermade)Puente de San Martiño (Xermade)3,1

Río UllaPuente de la carretera Monterroso-Lalín (Antas de Ulla y Monterroso)Presa do Alemán (Antas de Ulla y Monterroso)1Afluentes

Río ValiñadaresNacimiento (Mondoñedo)Puente de O Pasatempo (Mondoñedo)8Afluentes

Río da Vara o de Cales y rego de CabanavellaNacimientos (Cervantes)500 m aguas abajo de la unión de ambos ríos (Cervantes)2

Rego de VilapardínPuente de la carretera Becerreá-Navia (Navia de Suarna)Desembocadura en el río Navia (Navia de Suarna)0,1

Río Xabarigo, Portaferreira o da BarraNacimiento (Outeiro de Rei)Desembocadura en el río Ladra (Begonte)8Afluentes

Regato da XestosaNacimiento (Ourol)Puente de Requeixo (Muras y Ourol)7,5

Lagoa de Cospeito (Cospeito)Toda la superficie de la masa de agua-

Lagoa de Caque o Bardancos (Castro de Rei)Toda a superficie da masa de auga-

Lagoa Pozos de Ollo (Begonte)Toda la superficie de la masa de agua-

Provincia de Ourense:

Masa de aguaLímite superiorLímite inferiorkmObs.

Regato de AbeleiraNacimiento (A Merca)Desembocadura en el río Arnoia (Celanova)6
Río Arenteiro

Coto de O CarballiñoPresa del puente de VeneresPasarela1,1

Río ArnoiaNacimiento (Vilar de Barrio)Puente de Prado (Vilar de Barrio)10Afluentes

Presa do Buraco (Allariz)Presa dos Osos (Allariz)1,3

Coto de CelanovaRegueira de Fechas (Celanova)Presa del molino de As Pitas (Celanova)1,3

Parte inferior de la presa de Varela (Cartelle y Celanova)600 metros aguas abajo (Cartelle y Celanova)0,6

Río BarraA Fervenza (Coles y A Peroxa)Desembocadura en el río Miño (Coles y A Peroxa)2,6

Río BúbalNacimiento (San Cristovo de Cea y Vilamarín, ambos en Ourense)Puente de la carretera N-540 (Carballedo)10Afluentes

Regato de CaldelasNacimiento en Faramontaos y Orega (Leiro y Carballeda de Avia)Desembocadura en el río Avia (Leiro)7Afluentes

Río CenzaNacimiento (Manzaneda)Carretera de circunvalación del embalse de Cenza (Vilariño de Conso)4Afluentes

Río Collas o CodiasNacimiento (Castrelo do Val)Desembocadura en el río Támega (Laza)8Afluentes

Río ConsoNacimiento (Chandrexa de Queixa)Desembocadura del regato Valboa (Vilariño de Conso)8,6Afluentes, incluido el regato Valboa y su cuenca.

Regato de FechiñasNacimiento (A Merca)Desembocadura (A Merca-Celanova)6Afluentes

Regato FragosoNacimiento (Toén)Desembocadura en el río Miño (Castrelo de Miño)9

Regato de GroilNacimiento (Montederramo)Desembocadura en el río Mao (Montederramo)5,5

Río MacedaNacimiento (Xunqueira de Espadanedo)Puente de la carretera comarcal 536 (Xunqueira de Espadanedo)6,3Afluentes

Masa de aguaLímite superiorLímite inferiorkmObs.

Río MaoInicio del área recreativa del ayuntamiento de MontederramoFinal del área recreativa del ayuntamiento de Montederramo0,2

Nacimiento (Montederramo)Ponte de Touzal (Montederramo)5Afluentes

Río MarañaoPasarela de Calvelo (Santo Cristovo de Cea)Puente de Segade (Santo Cristovo de Cea)0,5

Coto de O CarballiñoPresa de Saa (O Carballiño y Santo Cristovo de Cea)Desembocadura en el río Arenteiro (O Carballiño y Santo Cristovo de Cea)0,4

Río MirelaPuente de Santrós (Santo Cristovo de Cea)Desembocadura en el río Arenteiro (O Carballiño y Santo Cristovo de Cea)0,5

Río Navea-QueixaNacimiento (Laza)Desembocadura del regato de Torneiros (Montederramo)14Afluentes

Río Orille

Coto de Celanova

Puente de Ribeiro (Celanova)Pasarela Os Montiños (Celanova)1,7

Río PacínNacimiento (Entrimo)A Ponte Nova (Entrimo)8,7Afluentes

Río PugaNacimiento (Barbadás)Desembocadura en el río Miño (Toén)12,5Afluentes

Regato RaigosiñasNacimiento (Vilariño de Conso)Desembocadura en el río Conso (Vilariño de Conso)3,3Afluentes

Regato de ReixaNacimiento (Montederramo)Desembocadura en el río Mao (Montederramo)3,5Afluentes

Río Ribeira GrandeNacimiento en los Montes do Invernadeiro (Vilariño de Conso)500 m aguas abajo de la desembocadura en el embalse de As Portas (Vilariño de Conso)11,5Afluentes

Río Ribeira PequenaNacimiento en los Montes do Invernadeiro (Vilariño de Conso)500 m aguas abajo de la desembocadura en el embalse de As Portas (Vilariño de Conso)10,4Afluentes

Río TámegaNacimiento (Laza)Desembocadura del regato de Braxón en Tamicelas (Laza)4,5Afluentes, incluido el regato de Braxón

Desembocadura del río Cabras o Cereixo en Ponte A Veiga (Laza)Ponte Pedriña (Laza)1,6

Río TioiraNacimiento (Maceda)Puente de Pías (Maceda)8,2Afluentes

Río ViñaoPuente de Santiso (O Irixo)Límite superior del coto de Boborás1,3

Río ViñasPresa situada a 1 km de la desembocadura (Boborás)Desembocadura en el río Viñao (Boborás)1

Provincia de Pontevedra:

Masa de aguaLímite superiorLímite inferiorkmObs.

Río AlmofreiToma de agua de la piscifactoría de Carballedo (Cotobade)Presa de Pozo Negro (Cotobade)1,2

Río ArmenteiraDesembocadura del río San Martiño (Ribadumia)Desembocadura en el río Umia (Ribadumia y Cambados)4

Río ArnegoA Frisca (Vila de Cruces y Agolada)50 m aguas abajo de A Frisca (Vila de Cruces y Agolada)0,05

Río AsneiroPonte Bustelo (Lalín)Puente de la playa fluvial de Vilatuxe (Lalín y Silleda)3,5

Río Barosa (afluente del Umia)Puente de Búa (Barro)Puente de la carretera N-550 (Barro y Portas)1,5

Río Barxa

Coto de Fragoso

Rotonda de Babio (río canalizado), en el límite superior del coto (Vigo)Desembocadura en el río Lagares, límite inferior del coto (Vigo)3

Río BermañaNacimiento (Cuntis)Puente de Ferrín (Caldas de Reis)3,5Afluentes

Regato de CabanelasNacimiento (Cotobade)Desembocadura en el río Lérez (Cotobade)6,0Afluentes

Regato de CastiñeirasNacimiento (Vilaboa)Lagoa de Castiñeiras (Marín)0,25

Río CalvelleNacimiento (Cotobade)Desembocadura en el río Verdugo (Cotobade y Ponte Caldelas)8Afluentes

Río dos CalvosNacimiento (A Estrada)Desembocadura en el río Lérez

(Campo Lameiro y Cotobade)

9Afluentes

Río CastroDesembocadura del regato de Carballás (Forcarei y Cerdedo)Pasos de Arén, límite superior del coto de Cercedo (Cerdedo)3,5

Río CurantesPuente de la carretera de Nogueira-Vilapouca (A Estrada)Desembocadura en el río Liñares (A Estrada)0,3

Río DevaPresa de la praya fluvial de ArboDesembocadura en el río Miño1,1

Río DezaPresa de García (Silleda y Vila de Cruces)Desembocadura en el río Ulla (Silleda, Vila de Cruces y Vedra)2

Puente nuevo de la carretera PO-200, en el coto de LalínPonte Amoas, en carretera Botos-Cristimil, a la altura del lugar de Ramil (Lalín)4,9

Río LagaresPuente de acceso al parque de Castrelos (Vigo)Desembocadura (Vigo)5

Puente de fábrica de Álvarez, límite inferior del coto de Fragoso (Vigo)Puente de la carretera N-120 (Vigo)3

Río LérezPuente colgante de Calvelo (Pontevedra y Cotobade)Presa de la praya fluvial de Calvelo (Pontevedra y Cotobade)0,6

Presa de Monte Porreiro (Pontevedra)Puente del ferrocarril A Coruña-Vigo (Pontevedra)1,7Incluye 1,2 km del coto de Monte Porreiro

Río LiñaresPuente de Fouleiro (A Estrada)Desembocadura en el río Ulla (A Estrada)6,5

Río LoiraNacimiento (Marín)Ponte Neibo (Marín)2,5Afluentes

Ríos Louro y PerralPonte Novelda en el Louro y Ponte do Matadoiro en el Perral (Mos)Ponte de Valo (O Porriño) en el Louro y desembocadura en el caso de O Perral7,2

Arroio de Miñán (afluente del Loira)Nacimiento (Marín)Carballeira do Rei (Marín)1

Masa de aguaLímite superiorLímite inferiorkmObs.

Río MiñorPuente de la carretera PO-340 Tui-Gondomar (Gondomar)Puente junto a la desembocadura del río Zamáns (Gondomar)0,3

Río OitavénDesembocadura del río Parada (Fornelos de Montes)Puente de la carretera C-251 en Porto Vilán (Fornelos de Montes)0,4

Río ParañosNacimiento (Cotobade)Almofrei (Cotobade)3,25Afluentes

Río PequenoPonte da Cachopa (Soutomaior)Desembocadura en el río Oitavén (Soutomaior)0,5

Regato de Santa LucíaNacimiento (Lalín)Desembocadura en el río Deza (Lalín)8Afluentes

Río SeixasPuente de Sanguiñedo (Lalín)Desembocadura en el río Deza (Lalín)6

Regato de SilvestreNacimiento (Marín)Desembocadura en el regato de Cadrelo (Marín)1

Río Tea Depuradora de Mondariz Balneario (Mondariz-Ponteareas)250 m aguas abajo de la depuradora de Mondariz Balneario0,25

Río TeaPuente del ferrocarril (Salvaterra de Miño)Desembocadura en el río Miño (Salvaterra de Miño)0,1

Río Tea

Coto de Mondariz

Pasarela de la praya fluvial de Mondariz-BalnearioPonte Vilar0,1

Río Tea

Coto de Ponteareas

Puente de la carretera N-120 (Ponteareas)150 m aguas abajo del puente romano de Ponteareas0,25Vedado sólo para salmónidos.

Río TermesPuente de la carretera de Arbo (As Neves)Desembocadura en el río Miño (As Neves)2

Río ToxaNacimiento (Forcarei)Desembocadura en el Deza (Silleda)17Afluentes. Incluye el coto del Toxa.

Río UllaPresa de Portodemouros (Vila de Cruces y Arzúa)Puente San Xusto (Vila de Cruces y Arzúa)1,7

Desembocadura del río Vea (Teo y A Estrada)Puente romano de Pontevea (Teo y A Estrada)1,8

Tosta do Muíño do Boticario (Vila de Cruces y Boqueixón)Puente nueva interprovincial de Ponte Lesdesma (Vila de Cruces y Boqueixón)0,5

Río Ulla

Coto de Ximonde

Presa de XimondeLínea perpendicular a las orillas que une la caseta denominada Cuartel General con la orilla opuesta0,1

Río UmaNacimiento (A Cañiza)Puente de Pomar, en la carretera Guillade-Vilacova (Salvaterra de Miño y As Neves)6Afluentes 1 km

Puente de Angoares (Ponteareas)Desembocadura en el río Tea (Ponteareas)1Incluye 0,8 km del coto de Uma

Río UmiaPresa de Chorreras (Caldas de Reis)Desembocadura del río Bermaña (Caldas de Reis)0,6

Río VeaLímite inferior del coto de Souto de Vea (A Estrada)Desembocadura en el río Ulla (A Estrada)2,5

Río XabriñaNacimiento (O Covelo)Desembocadura en el río Tea (Mondariz y Mondariz-Balneario)16

Lagoa o barreira de Centeáns (O Porriño)Toda la superficie de la masa de agua-

Lagoa o barreira de Orbenlle (O Porriño)Toda la superficie de la masa de agua-

ANEXO III

Regímenes especiales de la provincia de A Coruña

1. Prescripciones especiales.

-Laguna de Sobrado.

El período hábil será el comprendido entre el 20 de marzo y el 30 de junio.

-Río Ulla y afluentes.

En el curso principal aguas abajo de la presa de Portodemouros y en el último kilómetro de todos los afluentes que vierten en este tramo, la pesca se regirá por los regímenes especiales de la provincia de Pontevedra, excepto el río Sar.

2. Régimen especial de embalses y lagunas.

-Laguna de A Frouseira (Valdoviño).

Se autoriza la pesca durante todo el año. Fuera de la temporada hábil para salmónidos sólo se podrán capturar especies de estuario: lubina o róbalo, muge, platija y anguila.

3. Régimen especial del cangrejo rojo americano.

Se autoriza la pesca de cangrejo rojo americano durante todo el año en el embalse de Sabón y en los tramos no vedados del embalse de Cecebre.

Se autoriza la pesca de cangrejo rojo americano durante la temporada hábil de trucha en el embalse de A Fervenza y en el tramo de río Xallas comprendido entre la presa de Ventín y el embalse de A Fervenza.

4. Régimen especial de la angula.

La angula podrá capturarse en las zonas de desembocadura delimitadas en la Orden de 20 de enero de 2000.

ANEXO IV

Regímenes especiales de la provincia de Lugo

1. Prescripciones especiales.

Río Cabe y afluentes.

Se prohibe la pesca los jueves no festivos en el coto de Monforte de Lemos.

A partir del día 1 de julio, se prohibe el cebo natural para la pesca de la trucha en toda la cuenca.

Se autoriza la pesca de cripínidos hasta el 1 de noviembre desde la presa de O Cubano (ayuntamiento de Monforte de Lemos) hasta el puente viejo de Canaval (ayuntamientos de Sober y Pantón), en una longitud aproximada de 7,8 km.

Río Eo y afluentes.

La temporada de la trucha comenzará el 19 de marzo en el tramo del coto de Vilarmide comprendido entre la pasarela de A Volta da Teixeira y la presa de A Treita.

La temporada de la trucha comenzará el 15 de mayo y finalizará el 15 de agosto en los cotos de Abres, San Tirso y A Pontenova.

A partir del día 1 de julio se prohibe el uso de cebo natural para la pesca de la trucha y de reo desde el nacimiento del río hasta el límite superior de coto de Vilarmide, tanto en el curso principal como en todos los afluentes que vierten en este tramo. A partir del 1 de junio, y desde el límite superior del coto de Vilarmide hasta la desembocadura del río, la trucha y el reo sólo se podrá pescar con mosca artificial, saltamontes o grillo.

Tramo libre de pesca sin muerte: desde el puente de A Pontenova hasta el puente de O Pico (villa de A Pontenova), en una longitud aproximada de 0,5 km.

En los cotos de Abres, San Tirso y A Pontenova podrá pescarse la anguila durante la temporada hábil de trucha y de reo. Para la captura de esta especie se utilizará únicamente aparejo de línea sin anzuelo.

Con motivo de la Festa da Troita en A Pontenova se autoriza un concurso de pesca el día 1 de mayo en los cotos de Vilarmide (aguas abajo de la presa de A Treita), Xinzo, Salmeán y A Pontenova (lotes 1, 2 y 3), así como en el tramo libre de A Pontenova. En este tramo, sólo podrán pescar los participantes en el concurso.

Río Ladra.

En el coto de Begonte, a partir del 1 de julio se prohibe el uso de cebo natural.

Río Landro.

Se prohibe el uso de cebo natural para trucha y reo entre la presa de Salto do Can (ayuntamientos de Ourol y Viveiro) y el puente de Portachao (ayuntamiento de Viveiro), en una longitud aproximada de 5 km. A partir del día 1 de junio, en el mismo tramo, se prohibe el uso de la cucharilla.

A partir del día 1 de julio se prohibe el cebo natural para la trucha y el reo entre la desembocadura del regato de Balsadas (ayuntamiento de Ourol) y la presa de Salto do Can (ayuntamiento de Ourol y Viveiro), en una longitud aproximada de 3,6 km.

Río Loio.

A partir de 1 de julio se prohibe el uso de cebo natural entre el nacimiento (ayuntamientos de Sarria y Paradela) y la desembocadura en el embalse de Belesar (ayuntamiento de Paradela), con una longitud aproximada de 20 km.

Río Lor y afluentes.

A partir del 1 de julio se prohibe el uso de cebo natural en toda la cuenca, exceptuándose el tramo comprendido entre el puente de la carretera Monfortede Lemos-Quiroga en el km 503 (ayuntamientos de Bóveda y Quiroga) y la desembocadura en el río Sil, con una longitud aproximada de 6,1 km, y el tramo comprendido entre el puente de Froxán (ayuntamiento de Folgoso do Courel) y la desembocadura del regato Loureiro en Paramedela (ayuntamientos de Folgoso do Courel, Quiroga y Bóveda), con una longitud aproximada de 5 km.

En el tramo 1 del coto de O Courel sólo se podrá practicar la modalidad de pesca sin muerte.

Río Lóuzara.

A partir del día 1 de julio se prohibe el cebo natural en todo el río.

Río Madalena.

Tramo libre de pesca sin muerte: entre Ponte de Rañego (ayuntamiento de Vilalba) y Ponte dos Pasos (ayuntamiento de Vilalba), con una longitud aproximada de 0,5 km.

Río Masma.

A partir del 1 de junio se prohibe el uso de la cucharilla, peces artificiales y semejantes entre el puente de Cazolga (ayuntamiento de Lourenzá) y el puente de A Espiñeira (ayuntamientos de Barreiros y Foz), con una longitud aproximada de 11,2 km. Desde el puente de Cazolga hasta la desembocadura, en una longitud aproximada de 16 km, se prohibe el uso de cebo natural para la trucha y reo.

En el tramo comprendido entre el pozo de Os Cantos (ayuntamientos de Barreiros y Foz) y el puente de A Espiñeira se prorroga hasta el 30 de septiembre la pesca de róbalo, muge, platija y anguila con bicho de mar (Nereis sp.), pulga de mar o miga de pan.

Río Miño.

Se autoriza la pesca de ciprínidos durante todo el año en el tramo comprendido entre la presa de Rei Chiquito (ayuntamiento de Lugo) y A Aceña de O Vilar (ayuntamiento de Lugo), en una longitud aproximada de 5 km.

Tramo libre de pesca sin muerte: entre Caneiro de Vilar (ayuntamiento de Lugo) y la depuradora de agua de Lugo (ayuntamiento de Lugo), en una longitud de 2 km.

Se prohibe la recogida de anguilas turbinadas en el tramo comprendido entre la presa de Belesar y el puente viejo de la carretera de Chantada-Monforte de Lemos, con una longitud aproximada de 1,5 km. Aguas abajo del puente viejo la recogida no podrá hacerse por la noche.

Río Búbal.

Se prohibe la pesca con cebo natural desde el 1 de julio hasta el final de la temporada.

Río Navia y afluentes.

En el tramo compartido con la Comunidad Autónoma de Asturias, el cupo máximo de capturas será de 8 truchas por pescador y día. En este mismo tramo, la temporada hábil se iniciará el 20 de marzo y finalizará el 15 de agosto.

Tramo de pesca sin muerte en el coto de Penamil: entre la desembocadura del río Ser y el dique del prado de Penamil, en unha longitud aproximada de 1,5 km.

A partir del día 1 de julio se prohíbe el uso de cebo natural en toda la cuenca.

Río Neira y afluentes.

Se autoriza la pesca de ciprínidos durante todo el año entre el puente de Neira (ayuntamiento de O Páramo) y la desembocadura en el río Miño, con una longitud aproximada de 4 km.

A partir del 1 de julio se prohibe el uso de cebo natural en toda la cuenca, excepto en el tramo autorizado para la pesca de ciprínidos, en el coto de Pobra, en el tramo de río Sarria aguas abajo del puente de la carretera de Samos (calle Calvo Sotelo de casco urbano de la villa de Sarria) y en el río Tordea.

Río Sil y afluentes.

Se prohíbe la pesca con cebo natural desde el 1 de julio hasta el final de la temporada en toda la cuenca, excepto en los tramos incluidos en el régimen especial de embalses, en los que regirán las normas específicas.

Río Bibei.

Se prohibe la pesca con cebo natural desde el 1 de julio hasta el fin de la temporada.

2. Régimen especial de embalses y tramos autorizados durante todo el año.

En los embalses y tramos fluviales donde se autoriza la pesca de ciprínidos o black-bass todo el año, además de las normas específicas de cada masa de agua, se tendrán en cuenta las siguientes prescripciones fuera de la temporada hábil de salmónidos:

Para la pesca de ciprínidos se podrán emplear anzuelos de cualquier tamaño con cebos vegetales o asticot, quedando prohibidos otros cebos.

Para black-bass o perca negra se emplearán sólo cebos específicos.

Río Mao.

Se autoriza la pesca de ciprínidos y de black-bass todo el año en el embalse de Vilasouto (ayuntamiento de O Incio).

Río Miño.

Se amplía el régimen especial de embalse de Belesar hasta el puente de Areas (ayuntamientos de Guntín y O Páramo) en el curso principal del Miño y hasta la presa del embalse de Galego (ayuntamiento de Portomarín) en la desembocadura de río Ferreira.

Se modifican las normas de pesca de régimen especial del embalse de Belesar de tal forma que la autorización para pescar ciprínidos black-bass durante todo el año se aplicará en toda la masa de agua incluida en dicho régimen especial. Asimismo, se autoriza la pesca de black-bass o perca negra durante todo el año.

Se autoriza la pesca de ciprínidos durante todo el año en los tramos de embalse de Os Peares incluidos en el régimen especial de embalses de la Orden de 20 de enero de 2000.

Río Sil.

En el embalse de Santo Estevo se cambia el límite superior de régimen especial de embalses (actualmente en el puente de la carretera N-120) por el puente viejo de San Clodio (ayuntamiento de Ribas de Sil). La longitud de tramo sometido al régimen especial de embalses pasa a ser de 42 km.

Se amplía el régimen especial de embalse de San Martiño con un nuevo límite inferior establecido en la presa del embalse (ayuntamiento de Quiroga).

Se amplía el régimen especial de embalse de Sequeiros con un nuevo límite superior establecido en la salida del túnel de Montefurado (ayuntamiento de Quiroga).

3. Régimen especial de la anguila.

En los canales autorizados en los ayuntamientos de O Páramo, Portomarín, Guntín y Paradela, los períodos hábiles serán los que establezca la Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente.

4. Régimen especial de la angula.

La angula podrá capturarse en las zonas de desembocadura delimitadas en la la Orden de 20 de enero de 2000.

Estas zonas se amplian, únicamente para la captura de esta especie, hasta el final del lote 9 del coto de Abres en el río Eo, hasta el puente de Barral en el Masma y hasta el puente viejo de Fazouro en el Ouro.

ANEXO V

Regímenes especiales de la provincia de Ourense

1. Prescripciones especiales.

Se prohibe la pesca de salmónidos con asticot o bicho blanco durante toda la temporada hábil en todas las aguas.

Se prohibe la pesca de salmónidos con cebo natural desde el día 1 de julio hasta el final de la temporada hábil en todas las masas de agua de la provincia excepto en las que se relacionan a continuación:

-Embalses incluidos en el régimen especial de embalses de la Orden de 20 de enero de 2000.

-Embalses de Penarrubia (río Sil), Cenza (río Cenza), Leboreiro (río Mao), San Agustín o Pías (río Bibei).

-Río Miño: curso principal.

-Río Sil: curso principal.

-Río Avia: entre la presa de Albarellos y la desembocadura en el río Miño.

-Río Támega: entre el puente de la carretera N-525 y la frontera con Portugal.

-Río Arnoia: entre la desembocadura del río Orille y la desembocadura en el río Miño.

-Río Arenteiro: tramo de pesca intensiva del coto de O Carballiño.

Río Arenteiro.

El tramo del coto de O Carballiño, comprendido entre la presa de Xesteira y la presa de la piscifactoría de la Xunta de Galicia, con una longitud aproximada de 3,7 km, estará sometido al régimen de coto de pesca intensiva. A la altura de las plataformas existentes en el tramo anterior, se reservan 150 m para uso exclusivo por pescadores minusválidos.

El período hábil en el tramo no intensivo del coto de O Carballiño finalizará el día 10 de julio.

En el coto de O Carballiño serán inhábiles para la pesca los lunes y jueves, excepto festivos nacionales o autonómicos.

Río Arnoia.

En el segundo tramo del coto de Os Medos, comprendido entre el puente de Froufe en el camino Froufe-Os Milagres y el puente del campo de fútbol en Penouzos, se prohibe el uso de cebo natural durante toda la temporada hábil.

En el coto de Os Medos serán inhábiles para la pesca los lunes y los jueves, excepto festivos nacionales y autonómicos.

Tramo de pesca sin muerte: desde el final del coto de Os Medos hasta la pasarela de la piscina de Baños de Molgas, en el ayuntamiento de Baños de Molgas, en una longitud aproximada de 0,7 km.

En el coto de Allariz el período hábil finalizará el 31 de julio.

En el coto de Allariz serán inhábiles para la pesca los lunes y los jueves, excepto festivos nacionales o autonómicos.

Se autoriza durante todo el año la pesca de ciprínidos en el tramo comprendido entre la presa Acearrica (ayuntamiento de Allariz) y la presa de Buraco (ayuntamiento de Allariz), con una longitud aproximada de 0,7 km.

En el coto de Celanova se prohibe la pesca de cualquier especie utilizando como cebo el asticot.

En el coto de Celanova serán días inhábiles para la pesca los lunes y los jueves, excepto festivos de carácter nacional o autonómico.

En el coto de Celanova, los días 15 de mayo, 12 de junio, 17 de julio y 7 de agosto sólo se permitirá la pesca de carpas en la presa de Pontefechas, con las condiciones generales del régimen especial de embalses.

Río Deva.

En el coto de Pontedeva se expedirán permisos de cuarta categoría a partir del 1 de junio y únicamente para el tramo comprendido entre la presa situada aguas abajo del puente de O Cantiño y el final del coto.

Río Maceda.

Tramo de pesca sin muerte: desde la presa de Luz hasta la desembocadura en el río Arnoia, en el ayuntamiento de Baños de Molgas, con una longitud aproximada de 1,3 km.

Río Mao.

Tramo de pesca sin muerte: entre el puente de Gavín y el puente de Mazaira (coto de Montederramo), en el ayuntamiento de Montederramo, con una longitud aproximada de 1,05 km. La temporada de pesca finalizará el 21 de agosto.

En el embalse de Leboreiro (coto de Montederramo) se permite el uso de dos cañas ao parado.

Río Miño.

Desde el final de la temporada hábil hasta el 31 de octubre se autoriza exclusivamente la pesca sin muerte entre la presa de Velle (ayuntamiento de Ourense) y la pasarela de la isla de Maimón (Reza-ayuntamiento de Ourense), en una longitud aproximada de 5,6 km. A partir del 1 de noviembre se permite la pesca de ciprínidos y black-bass o perca negra desde la orilla del río, en el tramo comprendido entre el viaducto de ferrocarril (ayuntamiento de Ourense) y el puente nuevo (ayuntamiento de Ourense), con una longitud aproximada de 1,2 km.

En el coto de Frieira sólo se expedirán permisos de primera categoría.

Río Navea-Queixa.

En el tramo libre comprendido entre el regato Torneiros y el Puente de Santa Cruz, en el ayuntamiento de Chandrexa de Queixa, de una longitud aproximada de 4 km, el cupo máximo de capturas será de 6 truchas por pescador y día.

Río Sil.

Se autoriza la pesca de ciprínidos y black-bass o perca negra durante todo el año en el tramo comprendido entre el puente de San Fernando (ayuntamiento de O Barco de Valdeorras) y la depuradora (ayuntamiento de O Barco de Valdeorras), con una longitud aproximada de 2,5 km.

Río Viñao.

En el coto de Boborás se prohibe el uso de asticot como cebo para todas las especies.

En el coto de Boborás serán días inhábiles para la pesca los lunes y los jueves, excepto festivos de carácter nacional o autonómico.

2. Régimen especial de embalses y tramos autorizados durante todo el año.

En los embalses y tramos fluviales donde se autoriza la pesca de ciprínidos o black-bass todo el año, además de las normas específcas de cada masa de agua, se tendrán en cuenta las siguientes prescripciones fuera de la temporada hábil de salmónidos:

* Para la pesca de ciprínidos se podrán emplear anzuelos de cualquier tamaño con cebos vegetales o asticot, quedando prohibidos otros cebos.

* Para black-bass o perca negra se emplearán sólo cebos específicos para su pesca.

Río Sil.

Se amplía el régimen especial del embalse de San Martiño con un nuevo límite inferior establecido en el límite de la provincia de Ourense (ayuntamiento de Larouco).

3. Régimen especial del cangrejo rojo americano.

Se autoriza la pesca durante todo el año en los ríos Sil y Bibei, en los canales y charcas de la antigua laguna de Antela, en las charcas de Os Milagres (ayuntamiento de Maceda), en las charcas de Rioseco (ayuntamiento de Paderne de Allariz), en las charcas de Niñodaguia (ayuntamiento de Xunqueira de Espadanedo) y en las graveras de Oímbra (ayuntamiento de Oímbra).

ANEXO VI

Regímenes especiales de la provincia de Pontevedra

1. Prescripciones especiales.

Río Loira.

El límite inferior del coto de Seixo se fija en el puente de la playa de Loira.

Río Pontiñas (afluente del Deza).

Se autoriza la pesca de ciprínidos durante todo el año en el tramo comprendido entre la parte superior del lago del Auditorio (límite superior) y la Ponte da Devesa (límite inferior) en el ayuntamiento de Lalín.

Río Tamuxe.

Se aplaza la apertura de la temporada hasta el 1 de mayo en el tramo comprendido entre Ponte Urgal (ayuntamiento de O Rosal) y la desembocadura en el río Miño (ayuntamiento de O Rosal), con una longitud aproximada de 3,5 km.

Río Tea y afluentes.

El tramo de pesca sin muerte de coto de Mondariz se establece entre Ponte Vilar y la depuradora de Mondariz-Balneario, en una longitud aproximada de 1 km. El número de cañas del trama sin muerte será de 4 y en el resto del coto será de 10.

Río Ulla.

En el tramo desde el puente de Catoira al puente de la carretera N-550 en Pontecesures, en una longitud aproximada de 10 km, se podrá pescar desde embarcaciones o artefactos flotantes.

Desde el 1 de mayo al 22 de agosto se podrá utilizar bicho de mar en el tramo comprendido entre el puente de Catoira y el puente de la carretera N-550 en Pontecesures para la pesca de especies propias de estuarios (róbalo, muge, anguila, platija, etc.).

Río Uma.

Se aplaza la apertura de la temporada hasta el 1 de mayo en todo el curso principal del río.

Río Vea.

En el coto de Souto de Vea se expedirán 4 permisos diarios.

Río Verdugo.

Se aplaza el inicio de la temporada hasta la fecha de la celebración de la Festa Municipal da Troita

en el tramo del coto de Ponte Caldelas, comprendido entre la presa de la piscina fluvial (área recreativa) y la presa de Parada, de una longitud aproximada de 0,8 km.

Una vez finalizada dicha fiesta, en el tramo citado se expedirán 3 permisos diarios de pesca sin muerte, quedando el resto del acotado con 15 permisos diarios.

Río Oitavén.

En el tramo embalsado de coto de Eiras se autoriza la pesca desde embarcaciones o artefactos flotantes sin motor.

2. Régimen especial de embalses.

En los embalses y tramos fluviales donde se autoriza la pesca de ciprínidos o black-bass todo el año, además de las normas específicas de cada masa de agua, se tendrán en cuenta las siguientes prescripciones fuera de la temporada hábil de salmónidos:

Para la pesca de ciprínidos se podrán emplear anzuelos de cualquier tamaño con cebos vegetales o asticot, quedando prohibidos otros cebos.

Para black-bass o perca negra se emplearán sólo cebos específicos para su pesca.

Embalse de Zamáns.

En la época hábil para salmónidos funcionará como coto truchero con un cupo de 5 ejemplares por pescador y día.

Embalse de Baxe (Caldas de Reis).

Se autoriza la pesca de ciprínidos durante todo el año con las siguientes normas:

-El régimen especial sólo es aplicable en las aguas embalsadas y quietas.

-El límite superior se fija a 100 m aguas abajo del punto donde finalicen las aguas corrientes, tanto en el curso principal como en todos los afluentes que vierten al embalse.

-El límite inferior se fija en la presa del embalse.

-Los salmónidos sólo se podrán capturar durante su temporada hábil.

-No se autoriza la pesca a flote.

-Se autoriza el empleo de dos cañas desde la orilla, a una distancia máxima del pescador de 3 m.

3. Régimen especial del cangrejo rojo americano.

Se autoriza la pesca durante todo el año en los siguientes afluentes del Baixo Miño: Furnia, Hospital y Pego, en todos los casos desde la carretera C-550 (Tui-A Guarda) hasta la desembocadura en el río Miño.