DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Lunes, 25 de abril de 2005 Pág. 6.923

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

CÉDULA de 8 de marzo de 2005, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la Resolución de 27 de enero de 2005 de denegación de las ayudas a la contratación indefinida del expediente administrativo FM 343B 2001/775-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de denegación de la solicitud de las ayudas a la contratación indefinida del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 10-5-2001 (DOG nº 97, del 22 de mayo), se publica:

«1. Expediente de procedimiento: FM 343B 2001/775-5.

Orden de la convocatoria: 10 de mayo de 2001 (DOG nº 97, del 22 de mayo).

Interesado: Cooperativa do Negra, Sociedad Cooperativa Galega.

Domicilio: pza. de la Iglesia, 5-36780 A Guarda (Pontevedra).

Asunto: resolución por delegación del delegado provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales de fecha 27 de enero de 2005, al amparo de la Orden de 10-5-2001.

Resolución:

Antecedentes:

Primero.-La solicitud fue presentada el 14-8-2001.

Segundo.-De las actuaciones realizadas y de la documentación incluida en el expediente resulta el incumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión de las ayudas solicitadas en virtud de los motivos indicados en el fundamento segundo.

Tercero.-En la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y prescripciones legales.

Fundamentos:

Primero.-La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde, por delegación de la conselleira de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, a esta delegación provincial, de acuerdo con el artículo 3 de la Orden de 10 de mayo de 2001 (DOG del 22 de mayo) por la que se establecen los programas de fomento de la contratación y de la estabilidad en el empleo para el año 2001, en relación con el Decreto 301/2004, de 22 de diciembre (DOG del 28 de diciembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales.

Segundo.-El incumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la orden reguladora está motivado por las razones siguientes.

El supuesto por el que se solicita subvención no está incluido en el ámbito de aplicación establecido en el artículo 1.1º de la orden reguladora, en relación con la base primera de su anexo B, puesto que la relación entre la solicitante y la persona trabajadora es una relación societaria y no laboral.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial

ACUERDA:

No conceder a Cooperativa do Negra, Sociedad Cooperativa Gallega, la ayuda solicitada por la contratación indefinida de Ana Fernández Lomba, por las razones expuestas en el fundamento segundo de esta resolución.

Notifíquese al interesado esta resolución, que pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante esta delegación provincial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 27 de enero de 2005. P.D. Joaquín Macías Sánchez. Delegado provincial de Pontevedra».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Promoción del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales en Vigo.

Vigo, 8 de marzo de 2005.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra