A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 326 nº 1 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, se procede a anunciar que la Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada el día 21 de marzo de 2005, se adoptó acuerdo de aprobar el pliego de cláusulas administrativas particulares que regirán para poder llevar a cabo la concesión mediante el sistema de concurso por procedimiento abierto, para la explotación de un quiosco construido por el ayuntamiento en una zona de dominio público, junto a la calle de Lugo de esta villa, durante un período de tiempo de cuatro años, improrrogables, para ser destinado al suministro, de información turística, así como a la venta de prensa, libros y revistas, helados, golosinas, refrescos y demás venta habitual que se realiza en este tipo de quioscos, pero con la matización de que será necesario obtener previamente la autorización de los organismos competentes para poder realizar la venta de aquellos productos
en que sea preceptivo ese requisito, por un canon mínimo de 60 euros anuales.
El plazo de presentación de proposiciones será de veintiséis días naturales, contados desde el siguiente a aquel en que finalice el plazo de ocho días hábiles de exposición al público del pliego de cláusulas administrativas particulares en el BOP.
En Arzúa a veintiocho de marzo de dos mil cinco.
Xaquín García Couso
Alcalde

