DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Viernes, 10 de junio de 2005 Pág. 10.133

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

DECRETO 154/2005, de 26 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Pontevedra, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de terminación del acceso a la iglesia de Vilalonga (término municipal de Sanxenxo).

La Diputación Provincial de Pontevedra, en sesión celebrada el día treinta de junio de dos mil cuatro, aprobó el proyecto de terminación del acceso a la iglesia de Vilalonga y, en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

Que dicho expediente tuvo entrada en la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local y, solicitado informe a la Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, éste fue emitido favorablemente.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que según señala la diputación, en la mencionada vía se llevan realizando diversas actuaciones, consistentes en el ensanche del vial, además de aparcamientos y aceras; las mencionadas actuaciones se realizaron en diversos tramos, quedando pendiente de actuar sobre un tramo del vial, por lo que se hace necesario su terminación al fin de evitar el efecto embudo que se está provocando y acometer asimismo el ensanche de la calzada y la continuación de las aceras, al objeto de garantizar la seguridad vial y de los peatones, en una carretera con un elevado tráfico, por lo que la actuación reduciría el riesgo de accidentes de tráfico en un futuro.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiséis de mayo de dos mil cinco,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por la Diputación Provincial de Pontevedra a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de terminación del acceso a la iglesia de Vilalonga, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos nece

sarios, obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, veintiséis de mayo de dos mil cinco.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús Carlos Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Administración

Local

CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD, DEPORTE

Y VOLUNTARIADO