Advertidos errores en la referida resolución, publicada en el DOG número 58, del 28 de marzo de 2005, procede hacer las siguientes correcciones:
-En la página 5.065, apartado 3.1.4.1., donde dice: «Para el cómputo de dicho máximo se acumularán las solicitudes de subvención presentadas por un mismo solicitante en un período de un año natural desde la primera de ellas.»; debe decir: «Para el cómputo de dicho máximo se acumularán las solicitudes de subvención presentadas por un mismo solicitante en un período de un año a contar desde la primera de ellas.».
-En la página 5.072, apartado 6.4.2.3.3 a), donde dice: «..., si así lo propusiera, de normativas de aseguramiento de la calidad (ISO 9000) y/o medio ambiente (ISO 14000)...»; debe decir: «..., si así lo propusiera, de sistemas de aseguramiento de la calidad (ISO 9001, ISO 17025, Q de calidad turística, UNE 175001) y/o medioambiente (ISO 14000)...».
-En la página 5.073, apartado 6.5.1.3, donde dice: «... de sistemas destinados a la implantación en una PYME de sistemas de aseguramiento de la calidad (ISO 9000, ISO 17000, Q de calidad turística) y/o medioambiente (ISO 14000)»; debe decir: «... de sistemas destinados a la implantación en una PYME de sistemas de aseguramiento de la calidad (ISO 9001, ISO 17025, Q de calidad turística, UNE 175001) y/o medio ambiente (ISO 14000)».
-En la página 5.075, apartado 6.7.1, donde dice: «... y cumplimentando la documentación establecida en el anexo VIII según cada tipo de proyecto.»; debe decir: «... y cumplimentando por duplicado la documentación establecida en el anexo VIII según cada tipo de proyecto.».
-En la página 5.076, se elimina el apartado 6.7.11, pasando el apartado 6.7.12 a ser el 6.7.11.
- En la página 5.092, se sustituye el anexo VIII, modelo 1, por el que se une a esta corrección de errores.
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