La Constitución española de 1978 y más recientemente la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, instauran un nuevo concepto de las relaciones entre las administraciones públicas y los ciudadanos, positivizando el último cuerpo normativo, en el artículo 35, una serie de derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas.
A fin de alcanzar un acercamiento de la Administración a los ciudadanos, el presente decreto constituye un referente normativo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, que garantiza los derechos que el bloque constitucional les reconoce a los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, derechos tales como el derecho de información y atención al ciudadano, el derecho de acceso a los registros y el derecho a presentar sugerencias y quejas, produciéndose el cambio de derechos potenciales a derechos efectivos.
Este decreto consta de 32 artículos, 3 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, 5 disposiciones derogatorias y 2 disposiciones finales, estructurándose dichos artículos en 4 capítulos.
En el capítulo I se determina su objeto y ámbito de aplicación.
El capítulo II se dedica a la regulación de los registros dando cumplimiento al mandato contenido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que establece en su artículo 38.8º que las administraciones públicas deberán publicar y mantener actualizadas las oficinas de registro propias o concertadas, sus sistemas de acceso y comunicación así como los horarios de funcionamiento. Conforme el citado mandato legal se procede en este decreto a determinar, por una parte, las oficinas de registro propias de la Administración de la comunidad autónoma, estableciendo el carácter de registro general o auxiliar de los mismos e, por otra, proceder a la fijación de las oficinas de registro concertadas. En este sentido, es necesario decir que desde el 15 de febrero de 1996, fecha en la que se suscribió un convenio de colaboración entre la Consellería de la
Presidencia y Administración Pública y la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp), se esta
bleció la posibilidad de incorporación de los ayuntamientos a él lo que significa, a los efectos que nos ocupan, la posibilidad de operar como registros de carácter general de escritos, solicitudes o comunicaciones dirigidas a cualquier órgano de la Administración autonómica de Galicia. Son muchos los ayuntamientos incorporados a dicho sistema desde el año 1996, por lo que a la necesidad de proceder al cumplimiento del mandato contenido en el artículo 38.8º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, es necesario añadir la necesidad de refundición en un único texto normativo de los existentes en la actualidad.
Se acomete en este decreto la creación de un registro telemático que permitirá la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones y que estará encargado de la gestión y recepción de dichas solicitudes, escritos y comunicaciones para aquellos procedimientos que sean objeto de tramitación electrónica, según lo establecido en el punto 9º del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, introducido por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, que establece la posibilidad de crear registros telemáticos para la recepción y salida de aquellas solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por medios telemáticos.
Con la creación de este registro telemático, se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 30/1992, que insta a las administraciones públicas para que promuevan la incorporación de técnicas o medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias. Dichas técnicas no se circunscriben exclusivamente a la creación del Registro Telemático de la Xunta de Galicia sino que se extienden también a la multiplicidad de aspectos que se regulan en este decreto y que pretenden a continuación del periplo iniciado por la Xunta de Galicia en el año 1990, cuando comenzó un camino de modernización y agilización de la Administración, con el objetivo de realizar sus actividades bajo los principios de eficacia, eficiencia y garantía en su ejercicio. En este sentido se observó inmediatamente la necesidad de utilizar el soporte informático y el tratamiento automatizado de la información, así como la de abrir la posibilidad de la
comunicación telemática para proporcionar flexibilidad a la comunicación entre las partes, el ejercicio de las funciones, las actividades y las actuaciones de todos los órganos administrativos, generalizando de esta forma el uso de los medios informáticos en el ámbito de la Administración autonómica gallega y produciéndose un crecimiento exponencial de los procedimientos que se tramitan en su totalidad a través de medios informáticos, incluyendo la relación con los administrados.
En este capítulo se establece el régimen básico de los registros de la Administración de la comunidad autónoma, destacándose el derecho de los ciudadanos
a presentar solicitudes, escritos y comunicaciones en cualquiera de los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia propios o concertados, y en los recogidos en el artículo 7 de este decreto, así como el derecho de los ciudadanos a que se expida un recibo acreditativo de la presentación realizada.
En el capítulo III se procede a la regulación de la atención al ciudadano, concibiéndola, dada su trascendencia, en una forma amplia, como el conjunto de actividades y medios que la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia pone a disposición de los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos, el cumplimiento de sus obligaciones y el acceso a los servicios públicos, estableciéndose la regulación de las actividades y medios que la integran. Asimismo, resulta necesario regular la organización, el funcionamiento y la coordinación de las unidades administrativas que integran el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano y que tienen como función y actividad fundamental la información de las actividades y servicios que desarrolla y presta la Administración y, la atención a los ciudadanos; estableciéndose el marco jurídico de su actuación, el contenido de su competencia, la atribución de funciones y el alcance de su responsabilidad en el ejercicio de aquellas.
Se procede también en este capítulo a la regulación del derecho de los ciudadanos a la presentación de sugerencias y quejas como instrumento adecuado para recoger las demandas de los ciudadanos respecto de la creación, ampliación o mejora de los servicios públicos.
Finalmente, en el capítulo IV se procede a la regulación de las webs de la Xunta de Galicia en las que está integrada a información que a Comunidad Autónoma de Galicia ofrece por la red de internet en el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano que, a pesar de estar regulado en el capítulo III de este decreto, requieren por su especificidad un tratamiento autónomo a fin de garantizar la homogeneidad e integridad de las webs de la Administración autonómica.
En definitiva, este decreto constituye una aportación para el ejercicio fácil de los derechos que los ciudadanos tienen frente a la Administración, derechos reconocidos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, que, a pesar de la trascendental aportación que supuso desde el punto de vista normativo, requieren para que se produzca el cambio de derechos potenciales a derechos efectivos de un esfuerzo por parte de la Administración de acercamiento a los ciudadanos de forma que se perciba el aire continuo de reforma sensible y receptor de las continuas innovaciones técnicas como le corresponde a una Administración moderna.
Este decreto fue sometido a consulta del Consejo Consultivo de Galicia, órgano que emitió dictamen en fecha veinticinco de febrero del año dos mil tres. El decreto de la Xunta de Galicia 200/2003, de 20 de marzo, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Admi
nistración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se procede a la creación del Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano fue anulado por la Sentencia de 7 de abril de 2004 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia por falta de negociación colectiva previa con la representación sindical de los trabajadores, a pesar de la previsión contenida en su disposición transitoria segunda: «El horario de atención al público de las oficinas de registro, previsto en la disposición adicional segunda, apartado b, en el que exceda del horario de funcionamiento actual, entrará en vigor por orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, previos los trámites exigidos por la normativa vigente en la materia».
Se trata, pues, de regular una materia que por su trascendencia inmediata al administrado no admite dilación en el tiempo. Así pues, se regula de nuevo la materia, y se somete a la negociación previa con la representación de los trabajadores de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia, antes de su aprobación por el Consello de la Xunta de Galicia.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, de acuerdo con el dictamen del Consello Consultivo de Galicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dieciséis de junio de dos mil cinco,
DISPONGO:
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1º.-Objeto.
Este decreto tiene por objeto regular y determinar las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, proceder a la creación del Registro Telemático de la Xunta de Galicia y regular la atención al ciudadano.
Artículo 2º.-Ámbito de aplicación.
1. Este decreto será de aplicación a todos los órganos y unidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como a todos los organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos vinculados o dependientes de ella. Estas entidades sujetarán su actividad a este decreto en cuanto ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación.
2. El ámbito de aplicación de este decreto se extenderá a todas las entidades de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia que en virtud de convenio subscrito con la Administración de la comunidad autónoma se incorporen al régimen establecido en el.
Capítulo II
De los registros
Artículo 3º.-De los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
1. Las oficinas de registro de la Xunta de Galicia son unidades administrativas que tienen la consideración de órganos administrativos por tener atribuidas funciones que tienen efectos jurídicos frente a terceros.
2. El registro general de la Xunta de Galicia está adscrito a la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
3. En todas las consellerías de la Xunta de Galicia, organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos vinculados o dependientes de ella, así como en las delegaciones o direcciones provinciales o territoriales de ellas, existirá una oficina de registro.
4. Cuando estén situadas en un mismo edificio o complejo administrativo dependencias de dos o más consellerías, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos existirá un solo registro unificado que pasará a depender del registro general.
Artículo 4º.-De los registros auxiliares.
1. Cuando el volumen o la naturaleza de las actividades de un órgano o de una unidad administrativa lo aconsejen, podrán establecerse en ellos registros auxiliares vinculados a las oficinas de registro de la consellería, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos de los que dependan orgánicamente.
2. Los registros auxiliares estarán obligados a comunicar a las oficinas de registro de la consellería, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos de los que dependan, todos los asientos que realicen, salvo que estén conectados en la red privada de voz y datos de la Xunta de Galicia.
3. Su creación, modificación o supresión se hará por orden conjunta de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública y la consellería correspondiente.
Artículo 5º.-Registro Telemático de la Xunta de Galicia.
1. Se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia para la recepción o salida de todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por vía telemática mediante firma electrónica avanzada en el ámbito de los procedimientos que figuran en el anexo VII.
Para la utilización del Registro Telemático de la Xunta de Galicia es necesario que esta posibilidad esté previamente prevista en la normativa aplicable a los procedimientos administrativos objeto de tramitación electrónica en la Xunta de Galicia.
2. Todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que se habiliten para la tramitación electrónica estarán disponibles en la dirección: http://www.xunta.es/servizos/.
3. El Registro Telemático de la Xunta de Galicia queda adscrito a la Secretaría General de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
4. Para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones en el Registro Telemático el interesado deberá poseer un certificado digital bajo la norma X.509 V3 expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda o cualquier otro prestador de servizos de certificación cuyos certificados sean admitidos por la Xunta de Galicia.
Artículo 6º.-De las actividades propias de los registros.
Constituyen actividades propias de los registros:
a) La recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones presentadas por los ciudadanos, así como de los documentos que los acompañen dirigidos a las administraciones públicas.
b) La expedición de recibos de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.
c) La anotación de asientos de entrada y salida de las solicitudes, escritos y comunicaciones.
d) La remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a los órganos o unidades destinatarias.
e) Emitir certificaciones de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se presentasen.
f) Cualquier otra que le atribuyan legal o reglamentariamente.
Artículo 7º.-Lugares de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de la Administración de la comunidad autónoma podrán presentarse:
a) En cualquier de las oficinas de registro, propias o concertadas, de la Administración de la comunidad autónoma que se determinan en los anexos I y II de este decreto y en su caso, a través del Registro Telemático.
b) En cualquier oficina de registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración general del Estado y a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas.
c) En las oficinas de correos en la forma establecida reglamentariamente.
d) En las representaciones diplomáticas o oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Artículo 8º.-De los recibos de presentación.
1. Los registros expedirán un recibo acreditativo de la fecha de presentación de todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que presenten los ciudadanos. El recibo se expedirá en el mismo momento de la presentación y en el mismo quedará constancia de la identidad del remitente, el órgano destinatario, el lugar y la fecha de presentación y un extracto del contenido de la solicitud.
2. Cuando la presentación se efectúe aportando una copia en papel, el recibo consistirá en la mencionada copia, en la que se hará constar el lugar de presentación y la fecha. Si no se aporta copia, el registro podrá optar por realizar una copia de la solicitud, escrito o comunicación o por la expedición del recibo referido en el punto anterior, según el modelo que se recoge en el anexo III.
3. Cuando el ciudadano efectúe la presentación a través de soportes, medios o aplicaciones informáticas, electrónicas o telemáticas, el recibo se expedirá de acuerdo con las características del soporte, medio o aplicación del asiento efectuado, y su información deberá reunir los requisitos expresados en los puntos anteriores.
Artículo 9º.-Registro de entrada y salida.
1. Serán registradas de entrada todas las solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidas a un órgano de la Administración de la comunidad autónoma o a otros órganos de cualquiera de las administraciones públicas referidas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en los términos previstos en el mismo e, en el caso de entidades que integran la Administración local de Galicia, a los efectos previstos en el artículo 38.4º b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, siempre que se suscribiese el oportuno convenio.
2. Serán registrados de salida los escritos o comunicaciones oficiales dirigidos a otros órganos de la Administración de la comunidad autónoma, a órganos de otras administraciones públicas y a los particulares.
3. En las oficinas de registro a que se refiere el artículo 7º a) se pondrá a la disposición de aquellas personas que pretendan la presentación simultánea de un número superior a 10 solicitudes, escritos o comunicaciones un impreso, según el modelo que se adjunta como anexo IV a este decreto, para que relacionen aquellas, numerándolas y especificando la identidad de los interesados, los órganos destinatarios así como un extracto de los contenidos.
Artículo 10º.-Envío de documentos dirigidos a otras administraciones públicas.
Los documentos presentados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, que estén dirigidos a otras administraciones públicas, una vez registrados de entrada, se enviarán a los órganos a
los que estén dirigidos dentro del plazo máximo de dos días hábiles procediéndose al registro de salida, del que se hará el correspondiente asiento.
Artículo 11º.-Características de los asientos.
1. Cada documento que se reciba en las dependencias del registro o se presente por medios telemáticos tendrá el correspondiente asiento que contendrá, como mínimo, los siguientes datos:
a) El número de registro, que es el número identificador del documento.
b) La fecha y hora de presentación en el registro, que indica el día, la hora y el minuto en que se presenta el documento en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7º a) de este decreto.
c) El tipo de documento, indicativo de la naturaleza del documento que se registra.
d) El asunto del documento, con un resumen explicativo del contenido del mismo.
e) La identificación de la persona, el órgano, la unidad administrativa o el organismo público de procedencia.
f) La identificación de la persona, el órgano, la unidad administrativa o el organismo público al que se dirige.
2. Cada asiento relativo a la salida de un documento deberá contener los mismos datos señalados en el punto anterior, si bien la fecha y la hora que se hará constar, será la de la salida del documento.
3. Cuando el documento se registrase de entrada en otra dependencia del registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, dicho documento mantendrá la identificación numérica que le asignó el primer registro.
Artículo 12º.-Sellado de documentos.
1. Todos los escritos que sean registrados en las oficinas de registro propias o concertadas deberán ser sellados salvo los presentados en el registro telemático.
2. Los sellos del registro contendrán los siguientes datos:
a) La especificación del registro de que se trate.
b) El espacio destinado al número de entrada o salida que se le asigne al documento.
c) El espacio destinado a la fecha, la hora y el minuto de presentación en el registro del documento.
Artículo 13º.-Garantías del registro.
1. Los registros tendrán que cerrar cada día y los asientos registrales quedarán ordenados cronológicamente según la orden de presentación o salida de los documentos.
2. La instalación en soporte informático de las oficinas de registro garantizará la plena interconexión e integración de los registros entre ellos.
3. En todos los casos tendrá que garantizarse la certeza de los datos registrales.
Artículo 14º.-Sistemas de acceso.
El sistema de acceso para todos los registros que se determinan en este decreto será mediante personación en la correspondiente oficina, por correo o por vía telemática, en su caso.
Artículo 15º.-Medios de presentación.
La presentación de las distintas solicitudes, escritos o comunicaciones ante las oficinas de registros propias o concertadas podrá efectuarse en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.
Artículo 16º.-Efectos de la presentación.
1. A efectos de cumplimiento de los plazos por los ciudadanos, se entenderá como fecha de recepción, la fecha de entrada de las solicitudes, escritos y comunicaciones, en los lugares previstos en el artículo 7º de este decreto.
2. A los efectos de cumplimiento de los plazos por la Administración, y en particular del plazo máximo en que debe notificarse la resolución expresa, estos se computarán desde la facha de entrada de las solicitudes, escritos y comunicaciones en el registro del órgano competente para su tramitación, de conformidad con la disposición adicional primera de la Ley 6/2001, de 29 de junio, de adecuación de la normativa de la Comunidad Autónoma de Galicia a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Capítulo III
De la atención al ciudadano
Artículo 17º.-La atención al ciudadano.
1. Las actividades que integran la atención al ciudadano son la información, orientación y recepción de las sugerencias o quejas que puedan mejorar la calidad de los servicios públicos de la comunidad autónoma.
2. El Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, dependiente funcionalmente de la Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, estará integrado por:
-El Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
-Las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de las diferentes consellerías y delegaciones provinciales o territoriales.
-As oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano en los edificios administrativos de la Xunta de Galicia.
-Las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia.
-Los puntos de Información Administrativa y Atención al Ciudadano (PIC).
-El teléfono de Información Administrativa y Atención al Ciudadano 902 12 00 12.
-La red de ventanilla única con la Administración local (anexo II).
-Las webs de la Xunta de Galicia en la dirección: http://www.xunta.es/.
3. La relación completa de los órganos que integran el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, las direcciones postales, las direcciones electrónicas, los números de teléfonos y telefax, se publica como anexo V a este decreto.
Artículo 18º.-Información.
La información al ciudadano de la Comunidad Autónoma de Galicia se configura como un sistema de información de interés para el ciudadano y tiene como finalidad mejorar y facilitar el acceso a los servicios que presta la Administración autonómica de Galicia en sus relaciones con los ciudadanos.
Artículo 19º.-Tipos de información.
La información facilitada por las oficinas de información administrativa y atención al ciudadano podrá ser general o particular.
Artículo 20º.-Información general.
La información general tiene por objeto ofrecer a los ciudadanos una visión global, homogénea y sistematizada de la Xunta de Galicia, que comprenderá:
a) Información relativa a la estructura organizativa y funcional, incluyendo directorio de unidades administrativas y centros, y horarios de ellos.
b) Información de cada procedimiento administrativo referida a su finalidad, legislación aplicable, requisitos y documentación necesaria para su tramitación, así como el órgano responsable de su gestión.
c) En general, cuantos datos sirvan de base a quien tenga que relacionarse con la Administración autonómica, y, de conformidad con el artículo siguiente, no tuviesen el carácter de información particular.
Artículo 21º.-Información particular.
1. La información particular consistirá en facilitar a los interesados o a sus representantes legales, el estado de la tramitación en que se encuentra su expediente administrativo.
2. La petición de información de carácter particular vendrá avalada por la identificación del solicitante, garantizándose la confidencialidad y la integridad de los datos de carácter personal, de acuerdo con la normativa estatal y autonómica sobre protección de datos de carácter personal.
Artículo 22º.-Actualización de la información.
La Inspección General de Servicios, en coordinación con las distintas secretarías generales de las consellerías de la Xunta de Galicia, que para tal efecto designarán un interlocutor, será la responsable de la gestión y actualización del contenido de la información general.
Artículo 23º.-Acceso a la información.
1. Los ciudadanos podrán acceder al sistema de información de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, en las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, presencialmente, por escrito, por teléfono o por correo electrónico a través de internet.
2. Las informaciones que se suministren serán claras y comprensibles, concretas, íntegras y adecuadas a la información solicitada.
3. Si la petición de información por parte del ciudadano no pudiese ser resuelta de forma inmediata con los medios de que dispone el empleado de atención al público, la misma será contestada en el plazo de dos días hábiles siempre que el ciudadano le facilite los datos precisos para efectuar el contacto.
Artículo 24º.-Carácter de las informaciones emitidas.
Las actuaciones que realicen los empleados públicos del Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano tendrán un carácter informativo para quien lo solicite, y, por lo tanto, en ningún caso entrañarán una interpretación normativa a la que se refiere el artículo 37.10º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La información facilitada no podrá invocarse a efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción, ni servirá de instrumento formal de notificación en el expediente.
Artículo 25º.-Sugerencias y quejas.
1. Los ciudadanos e instituciones públicas o privadas podrán formular las sugerencias o quejas que estimen convenientes sobre el funcionamiento de los servicios públicos de la Administración autonómica a fin de mejorar la calidad de ellos.
2. Las sugerencias y quejas formuladas según lo dispuesto en el punto anterior, no tendrán en ningún caso la cualificación de recurso administrativo ni su presentación suspenderá los plazos establecidos en la normativa vigente.
3. La presentación de sugerencias y quejas no condiciona en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercer los que figuren en el mismo como interesados.
Artículo 26º.-Presentación.
1. La forma de presentación de las sugestiones y quejas podrá ser:
a) Por escrito dirigido a la Inspección General de Servicios, que contendrá los datos de la oficina tramitadora, nombre del funcionario, y los hechos que motivaron la sugerencia o queja, los datos que permitan la identificación del ciudadano a efectos de su notificación, así como el objeto de su sugerencia o reclamación.
A estos efectos, se publica como anexo VI un modelo impreso del que se facilitarán ejemplares en todas las oficinas de registro.
b) Por correo electrónico, a través de internet, accediendo a la página web de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública. Igualmente en este caso, las sugerencias o quejas irán dirigidas a la Inspección General de Servicios, debiendo figurar el nombre, apellidos y domicilio a efectos de notificación.
2. En el caso de quejas o sugerencias que afecten a organismos o instituciones ajenas a la Administración autonómica, se dará traslado de ellas a quien corresponda notificándoselo al interesado.
3. Las sugerencias y quejas podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7º de este decreto.
Artículo 27º.-Tramitación de quejas.
1. Recibida la queja en las oficinas o registros referidos, se dará traslado inmediato de la misma a la Inspección General de Servicios.
2. Una vez recibida en la Inspección General de Servicios, esta, a su vez, dará traslado de la queja a la secretaría general de la consellería afectada por la misma, quien en el plazo de 15 días deberá remitir informe al respecto, en el que se añada una propuesta de actuación en relación a la queja.
3. Una vez emitido el informe y recibido en la Inspección General de Servicios, esta dará traslado del mismo al interesado, dándole un plazo de 10 días para que formule las alegaciones que estime oportunas.
4. A la vista del informe solicitud, y de las alegaciones formuladas por el interesado, la Inspección General de Servicios, podrá adoptar alguna de las medidas siguientes:
a) Recomendar la adopción de las medidas tendentes a la enmienda de la/de las anomalía/as detectadas.
b) Formular una propuesta de mediación con el interesado, cuando la entidad del asunto lo permita y sea aceptada por el interesado.
c) Proponer la incoación de un expediente disciplinario cuando se constate la existencia de alguna de las causas previstas legalmente para su incoación.
d) Cualquier otra medida, tendente a solucionar la queja formulada.
En todo caso, y en el plazo de 20 días contados desde la recepción de la queja en la Inspección General de Servicios, esta deberá notificar al interesado las actuaciones llevadas a cabo al respecto.
5. En el supuesto de que expire el plazo de 15 días para que la correspondiente secretaría general emita el informe solicitado, la Inspección General de Servicios, le remitirá nuevo escrito advirtiendo de la obligación de emitir el informe solicitado con la mayor
brevedad posible, poniéndolo en conocimiento de la Secretaría General de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública para su elevación a la comisión de secretarios generales.
Artículo 28º.-Tramitación de sugerencias.
1. Recibida la sugerencia en las oficinas o registros referidos, se dará traslado de ella a la Inspección General de Servicios.
2. Una vez recibida en la Inspección General de Servicios, esta, a su vez, dará traslado de la sugerencia a la secretaria general de la consellería afectada por la misma, quien en el plazo de 20 días deberá remitir informe al respecto.
3. Una vez emitido el informe y recibido en la Inspección General de Servicios, se dará traslado del mismo al interesado, poniendo fin con la referida notificación, a su tramitación.
Artículo 29º.-Seguimiento y control.
La Inspección General de Servicios llevará el control y seguimiento de las quejas y sugerencias formuladas en las distintas unidades administrativas de la Administración autonómica.
El ámbito de la actuación de la Inspección General de Servicios, se entenderá sin perjuicio de las inspecciones sanitaria, financiera, tributaria, educativa, laboral o cualquier otra que establezcan las disposiciones normativas vigentes por las que se rigen.
Capítulo IV
Webs de la Xunta de Galicia
Artículo 30º.-Información en las webs de la Xunta de Galicia.
1. El acceso a información de las webs de la Xunta de Galicia tendrá lugar a través de la dirección de internet http://www.xunta.es/.
2. La información que la Xunta de Galicia ofrece por internet como parte integrante del Sistema de Información Administrativa y Atención al ciudadano se organiza en las diferentes webs de las consellerías, centros directivos, organismos autónomos y entidades de derecho público de ellas dependientes. El sitio web oficial de la Xunta de Galicia dispondrá de los vínculos a dichas webs.
3. Desde la primera página del sitio web de la Xunta de Galicia se accederá al Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, al Sistema de Sugerencias y Quejas, a la tramitación telemática de procedimientos y al Diario Oficial de Galicia.
En caso de tramitación telemática de procedimientos regirá el que se especifique en la norma de creación de los mismos, así como será necesario que el interesado disponga de una dirección electrónica habilitada para ello, según lo dispuesto en las disposiciones vigentes en la materia.
Artículo 31º.-Contenido de las webs.
1. El diseño y contenido de las páginas que se editen en internet será adecuado a las necesidades de los distintos órganos. En cualquier caso, el criterio general será suministrar información de utilidad a los usuarios y facilitar su localización en las webs de la Xunta de Galicia.
2. La Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, actuará como centro coordinador de la información, garantizando la homogeneidad y la integridad de su contenido, con el objeto de evitar duplicidades y contradicciones.
La Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos, facilitará, en su caso, los medios técnicos necesarios para que cada consellería, centro directivo, organismo autónomo y entidad de derecho público publique en internet o en la intranet sus páginas y realicen su mantenimiento y actualización; revisará los formatos y la calidad técnica de los contenidos y los servicios publicados.
En cualquier caso, cada página contendrá en su cabecera el logotipo de la Xunta de Galicia, que servirá de enlace con la página de inicio de la comunidad, la consellería, centro directivo, organismo autónomo y entidad de derecho público a la que pertenece la página consultada, un enlace a la página principal de dicha consellería, un enlace al sistema de sugerencias y quejas, un buscador, y un buzón a través del que los ciudadanos harán llegar sus consultas, sugerencias o comentarios sobre la página web.
3. Asimismo, cada página llevará la dirección del organismo o unidad responsable e información necesaria para que el usuario pueda contactar con la unidad, incluyendo una dirección de correo electrónico.
4. En la primera edición se determinarán los plazos de revisión de las respectivas páginas, salvo en aquellas que sean de actualización continua. Aquellas que no sean revisadas y, en su caso, actualizadas en los plazos establecidos serán retiradas directamente por la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública hasta su actualización, de conformidad con la consellería correspondiente.
Artículo 32º.-Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia.
1. Se crea la Comisión de las Webs de la Comunidad Autónoma de Galicia dependiente de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública que estará integrada por el secretario general para las Relaciones con los Medios Informativos, el inspector general de Servicios, el director general de Organización y Sistemas Informáticos, y los secretarios generales de cada consellería; estará presidida por el secretario general de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Admi
nistración Pública, y actuará como secretario un funcionario designado por el director general de Organización y Sistemas Informáticos.
2. Le corresponde a la Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia determinar el contenido de la información general a que se refiere el artículo 20º de este decreto y adoptar cuantas medidas sean precisas para garantizar la coordinación de la información específica aportada por las distintas consellerías en sus páginas webs, y adoptando, en su caso, las medidas precisas a fin de alcanzar la homogeneidad y sistematización a que hace referencia dicho artículo. A estos efectos ejercerá las siguientes funciones:
a) La revisión y aprobación de los proyectos de webs propuestos por los departamentos y organismos de la comunidad autónoma. Previamente, recibirá la correspondiente aprobación y certificación emitida por la Comisión de Informática en relación a la arquitectura, características y formatos técnicos de los proyectos de webs.
b) El seguimiento de las operaciones que se realicen en relación a las creaciones, elaboraciones, modificaciones, actualizaciones o supresiones de las páginas webs de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o de sus contenidos.
c) La elaboración de una memoria anual para su elevación al Consello de la Xunta de Galicia a través del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública sobre el funcionamiento y contenidos de las webs de la comunidad autónoma, para lo cual podrá solicitar la información necesaria de los órganos correspondientes.
d) La elaboración de un manual de instrucciones de las webs de la Xunta de Galicia referido a su presentación, contenidos y aspectos técnicos.
3. Con la finalidad de facilitar la actividad de esta comisión se crea la Subcomisión de Presentación y Contenidos, que elevará las correspondientes propuestas a la Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia.
Disposiciones adicionales
Primera.
a) En los anexos I, II y V de este decreto se relacionan las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano así como las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia. Cuando como consecuencia de orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública se proceda a la creación o modificación de oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano o oficinas de registro se procederá a la permanente actualización de la relación de las oficinas de las mismas, estando la citada relación a la disposición de los ciudadanos en todo el Sistema General de Información al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
b) En el anexo VII del presente decreto se relacionan los procedimientos para los que estará habilitado el registro telemático. Por orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública se procederá a la actualización del mencionado anexo cuando sea preciso.
c) Por resolución de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública se procederá a hacer públicas las posibles modificaciones o actualizaciones de las páginas web incluidas en el texto del presente decreto.
Segunda.-Horarios de los registros.
a) El Registro Telemático de la Xunta de Galicia estará en funcionamiento durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año. La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones podrá realizarse en los registros telemáticos durante las veinticuatro horas de todos los días del año.
La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en registros telemáticos, su recepción, así como las remisiones de escritos y comunicaciones por aquellos, se regirá a los efectos de cómputo de los plazos fijados en días inhábiles por los siguientes criterios:
1. Serán considerados días inhábiles, para los registros telemáticos y para los usuarios de este, sólo los así declarados para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en el calendario laboral de días inhábiles.
2. La recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones efectuadas en un día inhábil para el registro telemático se entenderá efectuada en la primera hora del primer día hábil siguiente. A estos efectos en el asiento de la entrada se inscribirán como fecha y hora de presentación aquellas en que se produjo efectivamente la recepción; constando como fecha y hora de entrada las cero horas y un minuto del primer día hábil siguiente.
3. Los registros telemáticos no realizarán ni anotarán salidas de escritos y comunicaciones en días inhábiles.
b) El horario de funcionamiento del registro general de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública en Santiago de Compostela y de los registros únicos de los edificios administrativos de A Coruña (Monelos), Ferrol, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo, será de 8.00 horas a 19.30 horas en días laborables y de 9.0 a 14.00 horas los sábados. El horario de obtención al público será de 9.00 a 129.00 horas los días laborables, y de 9.00 a 14.00 horas los sábados.
c) El horario de las oficinas de información administrativa y atención al ciudadano dependientes de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública en Santiago de Compostela, y el de las sitas en los edificios administrativos de A Coruña (Monelos), Ferrol, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo será de 8.00 horas a 19.30 horas en días laborables, y de 9.00 a 14.00 horas los sábados.
d) El horario de atención al público de las oficinas de información administrativa y atención al ciudadano así como las oficinas de registro no previstas en el punto anterior será de 9.00 a 14.00 horas en jornada de lunes a viernes.
e) Las oficinas de registro de la Administración local concertadas con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se ajustarán a sus propios horarios.
Tercera.-Este decreto no supondrá incremento de gasto.
Disposiciones transitorias
Primera.-Las oficinas de registro reguladas en el punto 3 del artículo 3º de este decreto dependerán de las diferentes consellerías mientras no se proceda a la creación de una oficina única de registro, adscrita al registro general de la Xunta de Galicia.
Segunda.-La entrada en funcionamiento de la oficina de registro único e información y atención al ciudadano en el complejo administrativo de San Caetano, se hará mediante orden del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Disposiciones derogatorias
Primera.-Queda derogado el capítulo II del Decreto 21/1999, de 5 de febrero, por el que se regula la utilización de internet por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Segunda.-Queda derogado el artículo 3.3º del Decreto 121/1992, de 14 de mayo, por el que se regula a estructura orgánica y las funciones de la Inspección
General de Servicios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
Tercera.-Queda derogada la Orden de 21 de diciembre de 1993, por la que se regula la llevanza de los libros de registro en las cofradías de pescadores.
Cuarta.-Queda derogado el Decreto 200/2003, de 20 de marzo, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se procede a la creación del Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano.
Quinta.-Queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a lo establecido en este decreto.
Disposiciones finales
Primera.-Se faculta el conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este decreto.
Segunda.-Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, dieciséis de junio de dos mil cinco.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales
y Administración Pública
ANEXO I
OFICINAS DE REGISTRO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RR.II. Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CALLE MADRID, 2-4, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN AL CIUDADANO DOCTOR TEIXEIRO, 26, ENTREPLANTA, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA SECRETARÍA PARA LAS RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN EXTERIOR FEÁNS, 5, BAJO A CORUÑA
REGISTRO DE LA CASA DE GALICIA EN MADRID CASADO DE ALISAL, 8 MADRID
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE A CORUÑA PZA. LUIS SEOANE, EDIF. ADMVO. MONELOS A CORUÑA
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE FERROL PLAZA CAMILO JOSÉ CELA, S/N, 1º, FERROL A CORUÑA
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE LUGO RONDA DE LA MURALLA, Nº 70 LUGO
REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE ORDES GENERAL MOLA, S/N, ORDES A CORUÑA
REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE VILALBA POETISA CARMIÑA PRIETO ROUCO, S/N, VILALBA LUGO
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE OURENSE AVDA DE LA HABANA, 79 OURENSE
REGISTRO OFICINA COMARCAL DE O BARCO DE VALDEORRAS RAMÓN OTERO PEDRAYO, 11, CASA GRANDE DE VILOIRA, O BARCO DE VALDEORRAS OURENSE
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE PONTEVEDRA BENITO CORBAL, 47, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE LALÍN AREAL, 30, BAJO, LALÍN PONTEVEDRA
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE VIGO CONCEPCIÓN ARENAL 8, BAJO, VIGO PONTEVEDRA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, BLOQUE 3 SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE ESTADÍSTICA (IGE) COMPLEJO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) COMPLEJO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CENTRO INFORMÁTICO PARA LA GESTIÓN TRIBUTARIA ECONÓMICO FINANCIERA Y CONTABLE (CIXTEC) CALLE DOMINGO FONTÁN, 9, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA PLAZA DE PONTEVEDRA, Nº 22 A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE LUGO RONDA DE LA MURALLA, Nº 70, 1º PISO LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE C/ PROGRESO, Nº 38 OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA C/ MICHELENA, Nº 30 PONTEVEDRA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) PLAZA DE PONTEVEDRA, 22, 2º A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) PLAZA CAMILO JOSÉ CELA S/N, 4º PISO, FERROL A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) RONDA DE LA MURALLA Nº 70, 1º PISO, LUGO LUGO
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) CALLE VALLE INCLÁN, 2 OURENSE
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) CALLE MICHELENA, 30 PONTEVEDRA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) CALLE CONCEPCIÓN ARENAL 8, 4º PISO, VIGO PONTEVEDRA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO ÁREA CENTRAL, S/N, POLÍGONO DE AS FONTIÑAS, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE PUERTOS DE GALICIA PLAZA DE EUROPA, Nº 5 A, 6º, EDIFICIO ÁREA CENTRAL, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE URBANISMO DE A CORUÑA ALFÉREZ PROVISIONAL, 1, 3º A CORUÑA
REGISTRO DE TRANSPORTES DE A CORUÑA ALCALDE PÉREZ ARDÁ, 4 A CORUÑA
REGISTRO PUERTOS DE GALICIA ZONA CENTRO AVDA. ALFÉREZ PROVISIONAL 1, 1º A CORUÑA
REGISTRO DE URBANISMO DE LUGO AVDA. RAMÓN FERREIRO, Nº 28 LUGO
REGISTRO DEL IGVS DE LUGO AVDA. RAMÓN FERREIRO, Nº 28 LUGO
REGISTRO DE PUERTOS DE GALICIA. ZONA NORTE NICOMEDES PASTOR DÍAZ, Nº 13, 1º LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE SÁENZ DÍEZ, 1 OURENSE
REGISTRO DE URBANISMO DE OURENSE AVDA. DE LA HABANA, 1, 2º OURENSE
REGISTRO DE TRANSPORTES DE OURENSE CURROS ENRÍQUEZ, 1, ENTRESUELO OURENSE
REGISTRO DEL IGVS OURENSE SÁENZ DÍEZ, 1 OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA ALCALDE HEVIA, S/N, 3º PONTEVEDRA
REGISTRO DE CARRETERAS DE PONTEVEDRA SAID ARMESTO, 1, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE TRANSPORTES DE PONTEVEDRA ESTACIÓN DE AUTOBUSES, S/N, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO DEL IGVS PONTEVEDRA ALCALDE HEVIA, S/N, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO PUERTOS DE GALICIA ZONA SUR BENITO CORBAL, 37, 3º PONTEVEDRA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO INSPECCIÓN TÉCNICA EDUCATIVA CALLE DE LA ROSA, 16, 1º, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE GALICIA (ACSUG) IES COMPOSTELA, CALLE LAMAS DE ABAD S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CENTRO RAMÓN PIÑEIRO CARRETERA SANTIAGO-NOIA, KM 3, A BARCIA, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE AYUNTAMIENTO, 11, 7º OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA MONTERO RÍOS, S/N, BAJO PONTEVEDRA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO PLAZA DE EUROPA, 10 A, 2º, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO CALLE DE OS FEÁNS, 7, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO ENERGÉTICO DE GALICIA CALLE OURENSE, Nº 6, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO DE OURENSE AVDA. DE ZAMORA, 13 OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE CURROS ENRÍQUEZ, 1, 5º OURENSE
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO DE PONTEVEDRA AVDA. DE VIGO, 16, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA EDUARDO PONDAL, 64, BAJO PONTEVEDRA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL EDIF. ADMNVO. SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE CENTRO DE FORMACIÓN, I.T.A. GALICIA AS FONTIÑAS, 31, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL FONDO GALLEGO DE GARANTÍA AGRARIA CALLE DE OS IRMANDIÑOS, S/N, SALGUEIRIÑOS, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS Y PROMOCIÓN AGROALIMENTARIA CALLE DE OS IRMANDIÑOS, S/N, SALGUEIRIÑOS A CORUÑA
REGISTRO DE LA AGENCIA GALLEGA DE DESARROLLO RURAL (AGADER) CAMINO FRANCÉS, 10, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ARZÚA CALLE PADRE PARDO, 25, 1º A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL BAIO CALLE CAMPO del ROLLO, 48 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BETANZOS AVDA. FRAGA IRIBARNE, 60 A CORUÑA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CAMBRE SAMOSTEIRO, Nº 5, BAJO A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CARBALLO DETRÁS DE LA IGLESIA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CEDEIRA CALLE PONTENOVA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CORCUBIÓN A VIÑA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FERROL PLAZA CAMILO JOSÉ CELA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MELIDE PLAZA DEL CONVENTO, Nº 5 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE NEGREIRA CALLE CASTELAO, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE NOIA CALLE ROSALÍA DE CASTRO, Nº 6, BAJO A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ORDES AVDA. DEL GENERALÍSIMO, 41, 1º A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ORTIGUEIRA AVDA. GENERAL FRANCO, 42, BAJO A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PADRÓN CALLE DOLORES, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTEDEUME SAN MIGUEL, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE AS PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ CALLE PONTEDEUME, 12, BAJO A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBEIRA CALLE GENERAL FRANCO, 64-66 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SANTA COMBA CALLE SANTA CATALINA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA CALLE FUENTE DE OS CONCHEIROS, 9 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE TEIXEIRO CALLE SÁNCHEZ ANIDO, 1 A CORUÑA
CENTRO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS DE MABEGONDO KM 8, CARRETERA BETANZOS-SANTIAGO, APARTADO DE CORREOS, 10 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FOZ PLAZA MARISCAL PARDO CELA, S/N LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FRIOL AVDA. DE A CORUÑA, 21, BAJO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A FONSAGRADA AVDA. DE GALICIA, 36 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BECERREÁ RONDA DE OUTEIRO, 1, 1º LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CASTROVERDE ROSALÍA DE CASTRO, 81 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CHANTADA PLAZA DE ESPAÑA, 1º LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE GUITIRIZ CALLE SESULFE, Nº 21 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE LUGO RONDA DE A MURALLA, 70, BAJO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MEIRA AVDA. DEL GENERALÍSIMO, 47-49, ENTRESUELO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONDOÑEDO CALLE PARDO DE CELA, 22 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONTERROSO CALLE MIGUEL OLIVAS SOTO, S/N LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONFORTE DE LEMOS AVDA. DE GALICIA, 64, BAJO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE QUIROGA CALLE SAÁ, 1, 1º E LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBADEO AVDA. DE GALICIA, 7, BAJO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SARRIA CALLE VÁZQUEZ QUEIPO, 25 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILALBA CALLE PRIETO ROUCO, S/N LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VIVEIRO CALLE ALONSO PÉREZ, S/N LUGO
REGISTRO DE A DELEGACIÓN DE OURENSE FLORENTINO LÓPEZ CUEVILLAS, 4 OURENSE
REGISTRO DEL FONDO GALLEGO DE GARANTÍA AGRARIA DE OURENSE CURROS ENRÍQUEZ, 1, 6º OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O CARBALLIÑO CALLE JULIO RODRÍGUEZ SOUTO, 14 OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBADAVIA TRAVESÍA DE O RIBEIRO, 3, BAJO OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CELANOVA AVDA. SAN ROSENDO, 1, 1º B OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BANDE MAESTRO TAIBO, 29 OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O BARCO DE VALDEORRAS CASA GRANDE DE VILOIRA OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A RÚA CALLE VELÁZQUEZ, 2 OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VIANA DO BOLO CALLE CONSTITUCIÓN, S/N, CASA CONSISTORIAL OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A GUDIÑA AVDA. BEATO SEBASTIÁN APARICIO, CASA CONSISTORIAL OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A POBRA DE TRIVES SAN ROQUE, 4 OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CASTRO CALDELAS CASA CONSISTORIAL, 1, 2º OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VERÍN CALLE DOCTOR PEDRO GONZÁLEZ, 5, 1º OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE XINZO DE LIMIA CALLE LADEIRA, 21, 1º OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ALLARIZ CALLE OLIVEIRA, Nº 6, BAJO OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MACEDA CALLE CARDEAL QUIROGA, 19, 1º OURENSE
REGISTRO DE PRODUCCIÓN Y SANIDAD AGROPECUARIA DE CABANAS-SALCEDO CENTRO DE APOYO DE CABANAS-SALCEDO PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE LALÍN CALLE ARENAL, 27, 1º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SILLEDA RECINTO FEIRAL, 17 PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILA DE CRUCES CALLE NUEVA, 39, 1º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A ESTRADA PLAZA MARTÍNEZ ANIDO, 2, 1º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FORCAREI EDIFICIO DEL AYUNTAMIENTO PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A CAÑIZA CALLE PROGRESO, 51, 2º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTEAREAS CALLE SANTA ANA, 23, BAJO PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O PORRIÑO CALLE RIBEIRA, S/N, TORNEIROS, EDIF. MULTIUSOS PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE REDONDELA PASEO DE A XUNQUEIRA, 15, 1º B PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O ROSAL PLAZA DE O CALVARIO, S/N PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE TUI CALLE PÁRROCO RODRÍGUEZ VÁZQUEZ, 1 B PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CALDAS DE REIS CALLE SOUTO MARÍA LÓPEZ, 20, BAJO PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CANGAS AVDA. OURENSE, 34, 1º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTE CALDELAS AVDA. GALICIA, 19 PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILAGARCÍA DE AROUSA CALLE CONDE VALLELLANO, 13, 1º PONTEVEDRA
CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL SERVICIO DE TURISMO PLAZA DE MAZARELOS, 15, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CENTRO GALLEGO DE ARTE CONTEMPORÁNEA VALLE INCLÁN, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES (IGAEM) PABELLÓN DE GALICIA, SAN LÁZARO S/N, 15703 SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA DURÁN LORIGA, 3, 7º A CORUÑA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE SANIDAD EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA GREGORIO HERNÁNDEZ, 2-4 A CORUÑA
REGISTRO DEL SERGAS DE A CORUÑA DURÁN LORIGA, 3, BAJO A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE LUGO MONTEVIDEO, 9, BAJO LUGO
REGISTRO DEL SERGAS DE LUGO MONTEVIDEO, 9, BAJO LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE AVDA. DE ZAMORA, 13, 4º OURENSE
REGISTRO DEL SERGAS DE OURENSE JUAN XXIII, 27-29, 2º OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA AVDA. DE VIGO, 16, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO DEL SERGAS DE VIGO GARCÍA BARBÓN, 51, BAJO, VIGO PONTEVEDRA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE A CORUÑA RAMÓN Y CAJAL, 1, 5º A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE RIBEIRA PLAZA DE LOS MARINEROS, S/N, RIBEIRA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LUGO AVD. RAMÓN CANOSA, S/N, CELEIRO-VIVEIRO LUGO
REGISTRO DE USOS DEL LITORAL DE LUGO RONDA DE FINGOI, 170 LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE PONTEVEDRA ANDRÉS MELLADO, 15, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE USOS DEL LITORAL DE VIGO ALCALDE HEVIA, S/N, 5º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE VILAGARCÍA ALTO DE A ROSA, S/N, CARRIL PONTEVEDRA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE JUSTICIA DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA FERNANDO MACÍAS, 18, 1º A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE CAMIÑO PRADO LONIA, S/N OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA GERMÁN ADRIO SOBRIDO, 6, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO ACADEMIA GALLEGA DE SEGURIDAD AVDA. DE LA CULTURA, S/N, A ESTRADA PONTEVEDRA
CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD, DEPORTE Y VOLUNTARIADO
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD, DEPORTE Y VOLUNTARIADO EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL SERVICIO GALLEGO DE IGUALDAD PLAZA DE EUROPA, 15 A, 2º, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL PARA EL DEPORTE ESTADIO MULTIUSOS DE SAN LÁZARO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA AVDA. EJÉRCITO 2, 1º A A CORUÑA
REGISTRO DE DEPORTES DE A CORUÑA COMPLEJO DEPORTIVO DE ELVIÑA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE CAMIÑO PRADO LONIA, S/N OURENSE
REGISTRO DE DEPORTES DE PONTEVEDRA FERNANDO OLMEDO, 3, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO DE DEPORTES DE VIGO MÉXICO, 41, 1º IZQ., VIGO PONTEVEDRA
CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL LABORATORIO DE MEDIO AMBIENTE POLÍGONO DE A GRELA, TORRES QUEVEDO, S/N A CORUÑA
REGISTRO DE AGUAS DE GALICIA PLAZA CAMILO DÍAZ VALIÑO, 7-9, SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REG. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN G. CENTRO) PLAZA DE VIGO, 2, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN GALICIA NORTE) WENCESLAO FERNÁNDEZ FLÓREZ, 1, 2º A CORUÑA
REGISTRO DE INCENDIOS, MONTES Y MAN DE VILALBA POETISA CARMIÑA PRIETO ROUCO, S/N, VILALBA LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE CALLE DEL PASEO, 18, 4º OURENSE
REG. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCA. CUENCAS INTERCOMUNITARIAS) SÁENZ DÍEZ, 1 OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA CALLE NUEVA DE ABAJO, 2, 1º PONTEVEDRA
REG. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN G. SUR) URZÁIZ 18, 2º, VIGO PONTEVEDRA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CONSEJO GALLEGO DE RR. LL. ALGALIA DE ABAJO, Nº 24, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL SMAC A CORUÑA AVDA. MONSERRAT, S/N A CORUÑA
REGISTRO DEL SMAC FERROL REAL 1, ENTREPLANTA, FERROL A CORUÑA
REGISTRO DEL SMAC SANTIAGO DE COMPOSTELA GÓMEZ ULLA, 7, 1º A CORUÑA
REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL AVDA. MONSERRAT, S/N A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA CONCEPCIÓN ARENAL, 7-9, BAJO A CORUÑA
REGISTRO DE FORMACIÓN Y COLOCACIÓN DE A CORUÑA AVDA. DEL EJÉRCITO, 12-14 A CORUÑA
REGISTRO DEL FOMENTO DE EMPLEO DE A CORUÑA C/ FERNÁNDEZ LATORRE, 132, 1º A CORUÑA
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE RELACIONES LABORALES DE A CORUÑA C/ FERNANDO MACÍAS, 18-20, 1º A CORUÑA
REGISTRO DEL SMAC LUGO RONDA FINGOI, S/N, BAJO LUGO
REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL RONDA DE FINGOI, S/N LUGO
REGISTRO DEL SMAC OURENSE CAMIÑO PRADO LONIA, S/N, 1º OURENSE
REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL CAMIÑO PRADO LONIA, S/N OURENSE
REGISTRO DEL SMAC VIGO TEÓFILO LLORENTE, 6, BAJO, VIGO PONTEVEDRA
REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL A REGASENDA, S/N, REDONDELA PONTEVEDRA
CONSELLERÍA DE EMIGRACIÓN
OFICINA DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE EMIGRACIÓN CALLE DE OS BASQUIÑOS, 2, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
ANEXO II
OFICINAS DE REGISTRO CONCERTADAS
Oficinas de Registro de la Administración Local concertadas con la Administración Autónoma de Galicia.
AYUNTAMIENTO PROVINCIA PUBLIC. DOG INICIO REG.
ABEGONDO A CORUÑA 30-9-1997 1-10-1997
AMES A CORUÑA 30-11-1998 1-12-1998
ARANGA A CORUÑA 16-12-2002 16-12-2002
ARES A CORUÑA 28-4-2000 2-5-2000
ARTEIXO A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
ARZÚA A CORUÑA 1-10-2002 1-10-2002
BAÑA, A A CORUÑA 30-11-1998 1-12-1998
BERGONDO A CORUÑA 1-6-1998 1-6-1998
BETANZOS A CORUÑA 30-4-1999 3-5-1999
BOIMORTO A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
BOIRO A CORUÑA 28-4-2000 2-5-2000
BOQUEIXÓN A CORUÑA 1-6-1998 1-6-1998
BRIÓN A CORUÑA 30-4-1999 3-5-1999
CABANA A CORUÑA 30-9-1998 1-10-1998
CABANAS A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
CAMARIÑAS A CORUÑA 31-5-2002 3-6-2002
CAMBRE A CORUÑA 30-11-1998 1-12-1998
CAPELA, A A CORUÑA 1-6-1998 1-6-1998
CARBALLO A CORUÑA 28-5-1999 1-6-1999
CARIÑO A CORUÑA 29-9-2000 2-10-2000
CARNOTA A CORUÑA 30-9-1998 1-10-1998
CARRAL A CORUÑA 30-6-1999 1-7-1999
CEDEIRA A CORUÑA 30-11-1998 1-12-1998
CEE A CORUÑA 31-3-1999 1-4-1999
CERCEDA A CORUÑA 30-11-1998 1-12-1998
CERDIDO A CORUÑA 28-5-1999 1-6-1999
COIRÓS A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
CORCUBIÓN A CORUÑA 15-2-2002 18-2-2002
CORISTANCO A CORUÑA 28-4-2000 2-5-2000
CULLEREDO A CORUÑA 30-6-1999 1-7-1999
CURTIS A CORUÑA 30-6-1999 1-7-1999
DODRO A CORUÑA 1-6-1998 1-6-1998
DUMBRÍA A CORUÑA 11-2-2000 15-2-2000
FENE A CORUÑA 30-11-2000 1-12-2000
FERROL A CORUÑA 30-6-2004 1-7-2004
FISTERRA A CORUÑA 28-5-1999 1-6-1999
FRADES A CORUÑA 30-9-1998 1-10-1998
IRIXOA, A A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
LARACHA, A A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
LAXE A CORUÑA 30-11-2004 1-12-2004
LOUSAME A CORUÑA 1-6-1998 1-6-1998
MALPICA DE BERGANTIÑOS A CORUÑA 15-2-2002 18-2-2002
MAÑÓN A CORUÑA 30-11-2004 1-12-2004
MAZARICOS A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
MELIDE A CORUÑA 31-3-1999 1-4-1999
MESÍA A CORUÑA 14-7-2003 15-7-2003
MIÑO A CORUÑA 30-9-1998 1-10-1998
AYUNTAMIENTO PROVINCIA PUBLIC. DOG INICIO REG.
MOECHE A CORUÑA 15-2-2002 18-2-2002
MONFERO A CORUÑA 16-2-2001 19-2-2001
MUGARDOS A CORUÑA 31-3-2003 1-4-2003
MUROS A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
MUXÍA A CORUÑA 30-4-1997 2-5-1997
NARÓN A CORUÑA 30-6-1999 1-7-1999
NEGREIRA A CORUÑA 30-4-1999 3-5-1999
NOIA A CORUÑA 31-3-1999 1-4-1999
OLEIROS A CORUÑA 30-9-1998 1-10-1998
ORDES A CORUÑA 16-12-2002 16-12-2002
OROSO A CORUÑA 16-12-2002 16-12-2002
ORTIGUEIRA A CORUÑA 30-4-1999 3-5-1999
OUTES A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
PADERNE A CORUÑA 29-9-2000 2-10-2000
PADRÓN A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
PINO, O A CORUÑA 16-12-2002 16-12-2002
POBRA DO CARAMIÑAL, A A CORUÑA 30-9-1998 1-10-1998
PONTECESO A CORUÑA 30-11-1998 1-12-1998
PONTEDEUME A CORUÑA 16-12-2002 16-12-2002
PONTES, AS A CORUÑA 1-6-1998 1-6-1998
PORTO DO SON A CORUÑA 29-1-1999 1-2-1999
RIANXO A CORUÑA 29-6-1998 1-7-1998
RIBEIRA A CORUÑA 31-1-1997 1-2-1997
ROIS A CORUÑA 28-10-1999 2-11-1999
SADA A CORUÑA 1-6-1998 1-6-1998
SAN SADURNIÑO A CORUÑA 30-11-2004 1-12-2004
SANTA COMBA A CORUÑA 15-3-2002 18-3-2002
SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA 10-5-2005 10-5-2005
SANTISO A CORUÑA 1-10-2002 1-10-2002
SOBRADO A CORUÑA 1-10-2002 1-10-2002
SOMOZAS, AS A CORUÑA 14-7-2003 15-7-2003
TEO A CORUÑA 30-11-2000 1-12-2000
TOQUES A CORUÑA 3-2-2004 4-2-2004
TORDOIA A CORUÑA 1-10-2002 1-10-2002
TOURO A CORUÑA 1-6-1998 1-6-1998
TRAZO A CORUÑA 29-9-2000 2-10-2000
VAL DO DUBRA A CORUÑA 31-3-1999 1-4-1999
VALDOVIÑO A CORUÑA 29-9-2000 2-10-2000
VEDRA A CORUÑA 30-11-2000 1-12-2000
VILARMAIOR A CORUÑA 31-3-2003 1-4-2003
VILASANTAR A CORUÑA 30-9-1998 1-10-1998
VIMIANZO A CORUÑA 16-12-2002 16-12-2002
ZAS A CORUÑA 30-11-1998 1-12-1998
ABADÍN LUGO 30-11-1998 1-12-1998
ALFOZ LUGO 29-1-1999 1-2-1999
ANTAS DE ULLA LUGO 30-6-1999 1-7-1999
BALEIRA LUGO 30-9-1997 1-10-1997
BARALLA LUGO 16-2-2001 19-2-2001
BARREIROS LUGO 30-6-2004 1-7-2004
BECERREÁ LUGO 31-1-1997 1-2-1997
BEGONTE LUGO 30-11-2004 1-12-2004
BURELA LUGO 30-6-1999 1-7-1999
CASTRO DE REI LUGO 28-5-1999 1-6-1999
AYUNTAMIENTO PROVINCIA PUBLIC. DOG INICIO REG.
CASTROVERDE LUGO 29-1-1999 1-2-1999
CERVANTES LUGO 31-3-1999 1-4-1999
CERVO LUGO 16-5-2001 21-5-2001
CHANTADA LUGO 30-1-1998 2-2-1998
CORGO, O LUGO 15-2-2002 18-2-2002
COSPEITO LUGO 30-6-2004 1-7-2004
FOLGOSO DO COUREL LUGO 28-4-2000 2-5-2000
FONSAGRADA, A LUGO 16-2-2001 19-2-2001
FOZ LUGO 31-5-2002 3-6-2002
FRIOL LUGO 3-2-2004 4-2-2004
GUITIRIZ LUGO 30-9-1997 1-10-1997
GUNTÍN LUGO 16-2-2001 19-2-2001
INCIO, O LUGO 31-3-2003 1-4-2003
LÁNCARA LUGO 31-5-2002 3-6-2002
LOURENZÁ LUGO 31-1-1997 1-2-1997
MEIRA LUGO 15-3-2002 18-3-2002
MONDOÑEDO LUGO 16-2-2001 19-2-2001
MONFORTE DE LEMOS LUGO 30-1-1998 2-2-1998
MONTERROSO LUGO 29-6-1998 1-7-1998
MURAS LUGO 28-10-1999 2-11-1999
NAVIA DE SUARNA LUGO 16-5-2001 21-5-2001
OUTEIRO DE REI LUGO 10-5-2005 10-5-2005
PALAS DE REI LUGO 30-9-1998 1-10-1998
PANTÓN LUGO 30-4-1999 3-5-1999
PARADELA LUGO 16-2-2001 19-2-2001
PÁRAMO, O LUGO 16-2-2001 19-2-2001
PASTORIZA LUGO 16-5-2001 21-5-2001
PEDRAFITA DO CEBREIRO LUGO 16-5-2001 21-5-2001
POL LUGO 30-11-2000 1-12-2000
PONTENOVA, A LUGO 29-1-1999 1-2-1999
PORTOMARÍN LUGO 15-3-2002 18-3-2002
QUIROGA LUGO 30-4-1997 2-5-1997
RÁBADE LUGO 28-5-1999 1-6-1999
RIBADEO LUGO 31-1-1997 1-2-1997
RIBAS DE SIL LUGO 28-10-1999 2-11-1999
RIOTORTO LUGO 15-2-2002 18-2-2002
SAMOS LUGO 29-9-2000 2-10-2000
SARRIA LUGO 14-7-2003 15-7-2003
SAVIÑAO, O LUGO 31-3-2003 1-4-2003
SOBER LUGO 30-6-2004 1-7-2004
TABOADA LUGO 30-6-1999 1-7-1999
TRABADA LUGO 28-4-2000 2-5-2000
TRIACASTELA LUGO 30-11-2000 1-12-2000
VALADOURO, O LUGO 11-2-2000 15-2-2000
VICEDO, O LUGO 31-5-2002 3-6-2002
VILALBA LUGO 16-12-2002 16-12-2002
VIVEIRO LUGO 30-4-1997 2-5-1997
XOVE LUGO 30-1-1998 2-2-1998
ALLARIZ OURENSE 11-2-2000 15-2-2000
AMOEIRO OURENSE 14-7-2003 15-7-2003
ARNOIA OURENSE 30-6-1999 1-7-1999
AVIÓN OURENSE 30-1-1998 2-2-1998
BALTAR OURENSE 11-2-2000 15-2-2000
BANDE OURENSE 30-6-1999 1-7-1999
BAÑOS DE MOLGAS OURENSE 30-6-1999 1-7-1999
BARBADÁS OURENSE 10-5-2005 10-5-2005
BEADE OURENSE 31-3-1999 1-4-1999
BEARIZ OURENSE 31-5-2002 3-6-2002
BLANCOS, OS OURENSE 16-5-2001 21-5-2001
BOBORÁS OURENSE 15-3-2002 18-3-2002
BOLA, A OURENSE 15-3-2002 18-3-2002
BOLO, O OURENSE 15-2-2002 18-2-2002
C. CONTRAINC. Y SALV. VALDEORRAS OURENSE 3-2-2004 4-2-2004
C. CONTRAINC. Y SALV. VERÍN OURENSE 30-11-2004 27-9-2004
CALVOS DE RANDÍN OURENSE 16-5-2001 21-5-2001
CARBALLEDA DE AVIA OURENSE 14-7-2003 15-7-2003
CARBALLEDA DE VALDEORRAS OURENSE 31-5-2002 3-6-2002
CARBALLIÑO, O OURENSE 29-1-1999 1-2-1999
CARTELLE OURENSE 30-9-1997 1-10-1997
CASTRELO DE MIÑO OURENSE 30-4-1999 3-5-1999
CASTRELO DO VAL OURENSE 15-2-2002 18-2-2002
CASTRO CALDELAS OURENSE 1-10-2002 1-10-2002
CELANOVA OURENSE 28-10-1999 2-11-1999
CENLLE OURENSE 31-3-2003 1-4-2003
AYUNTAMIENTO PROVINCIA PUBLIC. DOG INICIO REG.
CHANDREXA DE QUEIXA OURENSE 28-5-1999 1-6-1999
COLES OURENSE 29-1-1999 1-2-1999
CONSORCIO DOS PEARES OURENSE 15-3-2002 18-3-2002
CORTEGADA OURENSE 29-9-2000 2-10-2000
CUALEDRO OURENSE 14-7-2003 15-7-2003
ENTRIMO OURENSE 28-5-1999 1-6-1999
ESGOS OURENSE 30-1-1998 2-2-1998
GOMESENDE OURENSE 30-6-2004 1-7-2004
GUDIÑA, A OURENSE 11-2-2000 15-2-2000
IRIXO, O OURENSE 29-6-1998 1-7-1998
LAZA OURENSE 29-1-1999 1-2-1999
LEIRO OURENSE 15-3-2002 18-3-2002
LOBEIRA OURENSE 16-5-2001 21-5-2001
LOBIOS OURENSE 1-10-2002 1-10-2002
MACEDA OURENSE 30-11-1998 1-12-1998
MANCOM. DE LOS AYUNTAMIENTOS DA LIMIA OURENSE 30-11-2000 1-12-2000
MANCOM. TIERRAS DE CELANOVA OURENSE 30-6-1999 1-7-1999
MANCOM. TIERRAS DO NAVEA-BIBEI OURENSE 30-9-1998 1-10-1998
MANZANEDA OURENSE 30-1-1998 2-2-1998
MASIDE OURENSE 16-2-2001 19-2-2001
MELÓN OURENSE 31-5-2002 3-6-2002
MERCA, A OURENSE 30-9-1998 1-10-1998
MEZQUITA, A OURENSE 1-10-2002 1-10-2002
MONTEDERRAMO OURENSE 31-3-2003 1-4-2003
MONTERREI OURENSE 30-11-1998 1-12-1998
MUÍÑOS OURENSE 30-11-2000 1-12-2000
NOGUEIRA DE RAMUÍN OURENSE 30-1-1998 2-2-1998
OÍMBRA OURENSE 28-5-1999 1-6-1999
OURENSE OURENSE 30-6-2004 1-7-2004
PADERNE DE ALLARIZ OURENSE 16-5-2001 21-5-2001
PADRENDA OURENSE 14-7-2003 15-7-2003
PARADA DE SIL OURENSE 15-2-2002 18-2-2002
PEREIRO DE AGUIAR, O OURENSE 29-1-1999 1-2-1999
PEROXA, A OURENSE 16-12-2002 16-12-2002
PETÍN OURENSE 30-11-2000 1-12-2000
PIÑOR OURENSE 31-3-2003 1-4-2003
PONTEDEVA OURENSE 16-12-2002 16-12-2002
PORQUEIRA OURENSE 11-2-2000 15-2-2000
PUNXÍN OURENSE 14-7-2003 15-7-2003
QUINTELA DE LEIRADO OURENSE 30-4-1999 3-5-1999
RAIRIZ DE VEIGA OURENSE 1-10-2002 1-10-2002
RAMIRÁS OURENSE 28-5-1999 1-6-1999
RIBADAVIA OURENSE 11-2-2000 15-2-2000
RIÓS OURENSE 28-4-2000 2-5-2000
RÚA DE VALDEORRAS, A OURENSE 11-2-2000 15-2-2000
RUBIÁ OURENSE 28-10-1999 2-11-1999
SAN AMARO OURENSE 30-1-1998 2-2-1998
SAN XOÁN DE RÍO OURENSE 31-3-2003 1-4-2003
SANDIÁS OURENSE 31-3-2003 1-4-2003
SARREAUS OURENSE 15-3-2002 18-3-2002
TABOADELA OURENSE 30-1-1998 2-2-1998
TEIXEIRA, A OURENSE 29-9-2000 2-10-2000
TOÉN OURENSE 30-6-1999 1-7-1999
TRASMIRAS OURENSE 1-10-2002 1-10-2002
VEIGA, A OURENSE 30-4-1999 3-5-1999
VEREA OURENSE 30-4-1999 3-5-1999
VERÍN OURENSE 30-9-1998 1-10-1998
VIANA DO BOLO OURENSE 28-10-1999 2-11-1999
VILAMARÍN OURENSE 15-2-2002 18-2-2002
VILAR DE BARRIO OURENSE 16-2-2001 19-2-2001
VILAR DE SANTOS OURENSE 28-10-1999 2-11-1999
VILARDEVÓS OURENSE 30-11-1998 1-12-1998
VILARIÑO DE CONSO OURENSE 31-3-1999 1-4-1999
XINZO DE LIMIA OURENSE 15-3-2002 18-3-2002
XUNQUEIRA DE AMBÍA OURENSE 31-3-1999 1-4-1999
XUNQUEIRA DE ESPADANEDO OURENSE 29-1-1999 1-2-1999
AGOLADA PONTEVEDRA 29-6-1998 1-7-1998
ARBO PONTEVEDRA 3-2-2004 4-2-2004
BAIONA PONTEVEDRA 30-11-1998 1-12-1998
BARRO PONTEVEDRA 11-2-2000 15-2-2000
BUEU PONTEVEDRA 31-3-2003 1-4-2003
CALDAS DE REIS PONTEVEDRA 28-10-1999 2-11-1999
CAMBADOS PONTEVEDRA 30-11-1998 1-12-1998
AYUNTAMIENTO PROVINCIA PUBLIC. DOG INICIO REG.
CAMPO LAMEIRO PONTEVEDRA 14-7-2003 15-7-2003
CANGAS PONTEVEDRA 29-9-2000 2-10-2000
CAÑIZA, A PONTEVEDRA 30-9-1997 1-10-1997
CATOIRA PONTEVEDRA 31-3-1999 1-4-1999
CERDEDO PONTEVEDRA 31-5-2002 3-6-2002
COTOBADE PONTEVEDRA 31-3-1999 1-4-1999
COVELO PONTEVEDRA 28-4-2000 2-5-2000
CRECENTE PONTEVEDRA 31-5-2002 3-6-2002
CUNTIS PONTEVEDRA 30-4-1997 2-5-1997
DOZÓN PONTEVEDRA 16-5-2001 21-5-2001
ENTIDAD LOC. MENOR DE BEMBRIVE PONTEVEDRA 14-7-2003 15-7-2003
ESTRADA, A PONTEVEDRA 16-2-2001 19-2-2001
FORCAREI PONTEVEDRA 28-4-2000 2-5-2000
GONDOMAR PONTEVEDRA 28-10-1999 2-11-1999
GROVE, O PONTEVEDRA 16-12-2002 16-12-2002
GUARDA, A PONTEVEDRA 29-9-2000 2-10-2000
LAMA, A PONTEVEDRA 31-5-2002 3-6-2002
MANCOMUNIDAD DE O SALNÉS PONTEVEDRA 10-5-2005 10-5-2005
MEAÑO PONTEVEDRA 30-9-1998 1-10-1998
MOAÑA PONTEVEDRA 30-6-1999 1-7-1999
MONDARIZ PONTEVEDRA 3-2-2004 4-2-2004
MONDARIZ-BALNEARIO PONTEVEDRA 15-2-2002 18-2-2002
MORAÑA PONTEVEDRA 30-6-1999 1-7-1999
AYUNTAMIENTO PROVINCIA PUBLIC. DOG INICIO REG.
MOS PONTEVEDRA 15-3-2002 18-3-2002
NEVES, AS PONTEVEDRA 30-11-2000 1-12-2000
OIA PONTEVEDRA 30-6-2004 1-7-2004
PAZOS DE BORBÉN PONTEVEDRA 1-10-2002 1-10-2002
PONTE CALDELAS PONTEVEDRA 28-4-2000 2-5-2000
PONTEAREAS PONTEVEDRA 30-9-1998 1-10-1998
PONTECESURES PONTEVEDRA 28-10-1999 2-11-1999
PORRIÑO, O PONTEVEDRA 1-6-1998 1-6-1998
REDONDELA PONTEVEDRA 16-5-2001 21-5-2001
RIBADUMIA PONTEVEDRA 30-11-2000 1-12-2000
RODEIRO PONTEVEDRA 30-4-1997 2-5-1997
ROSAL, O PONTEVEDRA 29-1-1999 1-2-1999
SALCEDA DE CASELAS PONTEVEDRA 28-4-2000 2-5-2000
SANXENXO PONTEVEDRA 30-9-1997 1-10-1997
SILLEDA PONTEVEDRA 30-11-2000 1-12-2000
SOUTOMAIOR PONTEVEDRA 11-2-2000 15-2-2000
TUI PONTEVEDRA 10-5-2005 10-5-2005
VALGA PONTEVEDRA 30-4-1999 3-5-1999
VIGO PONTEVEDRA 10-5-2005 10-5-2005
VILA DE CRUCES PONTEVEDRA 31-1-1997 1-2-1997
VILABOA PONTEVEDRA 29-9-2000 2-10-2000
VILAGARCIA DE AROUSA PONTEVEDRA 30-6-1999 1-7-1999
VILANOVA DE AROUSA PONTEVEDRA 28-5-1999 1-6-1999
ANEXO V
SISTEMA DE INFORMACIÓN AL CIUDADANO
* CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
CENTRO DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA Y ATENCIÓN AL CIUDADANO.
Edificio Administrativo San Caetano s/n.
CP 15704 Santiago de Compostela.
Tel. 981 54 42 94 - 54 42 99.
Fax 981 54 54 99.
Correo electrónico: info.cidadan*xunta.es.
CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO.
Doctor Teijeiro, 26, entreplanta.
CP 15701 Santiago de Compostela.
Tel. 981 55 24 36.
Fax 981 55 24 37.
Correo electrónico: info.cidadan*xunta.es.
* TELÉFONO DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA Y ATENCIÓN AL CIUDADANO: 902 12 00 12.
Horario:-Lunes a viernes, de 9.00 a 19.00 horas.-Sábados, de 9.00 a 14.00 horas.
* OFICINAS DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA Y ATENCIÓN AL CIUDADANO EN LOS SERVICIOS CENTRALES.
-Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 2, bajo, CP 15704.
Tel. 981 54 44 00. Fax 981 54 54 43.
-Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.
-Consellería de Innovación, Industria y Comercio.
-Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 5, bajo, CP 15704.
Tel. 981 54 43 42. Fax 981 54 45 29.
-Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 8, sótano, CP 15704.
Tel. 981 54 41 10. Fax 981 54 56 26.
-Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 3, 2º, CP 15704.
Tel. 981 54 48 65. Fax 981 54 48 02.
-Consellería de Sanidad.
Complejo Administrativo San Lázaro, CP 15781.
Tel. 981 54 27 37. Fax 981 54 27 28.
-Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 4, bajo, CP 15704.
Tel. 981 54 57 17. Fax 981 54 57 62.
-Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales.
San Lázaro s/n, CP 15781.
* OFICINAS DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA Y ATENCIÓN AL CIUDADANO EN LAS DELEGACIONES DE LA XUNTA.
A CORUÑA.
-Delegación de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Plaza de Pontevedra, 22, bajo, CP 15003.
Tel. 981 18 44 66 /18 44 71. Fax 981 18 48 15.
-Oficina de Información Administrativa y Atención al Ciudadano del Edificio Administrativo de Monelos.
Salvador de Madariaga, s/n bajo, CP 15008.
Tel. 981 18 47 98 / 18 47 99. Fax 981 18 47 85.
-Delegación de Justicia, Interior y Administración Local.
Fernando Macías, 18-20, 1º, CP 15071.
Tel. 981 18 58 99. Fax 981 18 57 61.
-Delegación de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Durán Loriga, 3, 7º, CP 15003.
Tel. 981 18 56 92. Fax 981 18 56 91.
-Delegación de Sanidad.
Gregorio Hernández, 2-4 , 1º, CP 15011.
Tel. 981 18 58 09. Fax 981 18 58 01.
-Delegación de Pesca y Asuntos Marítimos.
Ramón y Cajal, 1.
Casa do Mar, 5º, CP 15006.
Tel. 981 18 20 00. Fax 981 18 20 27.
-Delegación de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado.
Avda. del Ejército, 2, 1º, CP 15006.
Tel. 981 18 57 18. Fax 981 18 57 02.
-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
Durán Loriga, 3, bajo, CP 15003.
Tel. 981 18 56 02. Fax 981 18 56 78.
-Delegaciones de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales.
Concepción Arenal 7-9, bajo, CP 15006.
FERROL.
-Oficina de Información Administrativa y Atención al Ciudadano del Edificio Administrativo de Ferrol.
Plaza Camilo José Cela, s/n, CP 15403.
Tel. 981 33 70 16. Fax 981 33 70 13.
LUGO.
-Oficina de Información Administrativa y Atención al Ciudadano del Edificio Administrativo de Lugo.
Ronda da Muralla, nº 70, bajo, CP 27071.
Tel. 982 29 45 78 / 9. Fax 982 29 40 67.
-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
Doctor García Portela, 11, bajo, CP 27071.
Tel. 982 29 69 11. Fax 982 29 69 07.
-Delegación de Pesca y Asuntos Marítimos.
Avda. Ramón Canosa, s/n, CP 27863 Viveiro.
Tel. 982 55 17 69. Fax 982 55 17 68.
OURENSE.
-Oficina de Información Administrativa y Atención al Ciudadano del Edificio Administrativo de Ourense.
Avda. de la Habana, 79, bajo, CP 32004.
Tel. 988 38 60 01. Fax 988 38 60 03.
-Delegación de Educación y Ordenación Universitaria.
Ayuntamiento, nº 11, bajo, CP 32003.
Tel. 988 38 66 60. Fax 988 38 66 00.
-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
Juan XXIII, 27-29, 1º, CP 32003.
Tel. 988 38 55 95 (centralita). Fax 988 38 55 60.
-Delegación de Innovación, Industria y Comercio.
Curros Enríquez, 1, 4º, CP 32003.
Tel. 988 37 17 18. Fax 988 37 26 38.
-Delegación de Justicia, Interior y Administración Local.
Camiño Vello-Prado Lonia, s/n, CP 32004.
Tel. 988 38 63 83. Fax 988 38 63 84.
-Delegación de Sanidad.
Avda. de Zamora, 13, CP 32005.
Tel. 988 38 63 00 (centralita). Fax 988 38 63 02.
-Delegación de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.
Florentino López Cuevillas, 4-6, bajo, CP 32003.
Tel. 988 38 64 57. Fax 988 38 65 66.
-Delegación de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.-Delegación del IGVS.
Sáenz Díez, 1, CP 32003.
Tel. 988 38 62 36. Fax 988 38 62 40.
-Delegación de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales.
Sáenz Díez, 33, CP 32003.
PONTEVEDRA.
-Oficina de Información Administrativa y Atención al Ciudadano del Edificio Administrativo de Pontevedra.
Benito Corbal, 47, bajo, CP 36001.
Tel. 986 80 54 91. Fax 986 80 55 10.
-Delegación de Educación y Ordenación Universitaria.
Montero Ríos, s/n, bajo, CP 36001.
Tel. 986 80 59 38. Fax 986 80 59 37.
-Delegación de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.
Delegación del IGVS.
Alcalde Hevia, nº 7, bajo, CP 36001.
Tel. 986 80 56 10/80 56 11. Fax 986 80 56 63.
-Delegación de Innovación, Industria y Comercio.
Eduardo Pondal 64, bajo, CP 36003.
Tel. 986 80 52 40. Fax 986 80 52 47.
VIGO.
-Oficina de Información Administrativa y Atención al Ciudadano del Edificio Administrativo de Vigo.
Concepción Arenal, 8, CP 36201.
Tel. 986 81 76 05/986 81 76 06. Fax. 986 81 76 16.
-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
García Barbón, 51, CP 36201.
Tel. 986 81 41 00. Fax 986 81 41 16.
* OFICINAS COMARCALES.
ORDES.
General Mola, s/n izq., Camiño de Piñeiro, CP 15680.
Tel. 981 68 29 97. Fax 981 68 29 97.
LALÍN.
Calle de O Areal, 30, CP 36500.
Tel. 986 78 41 07. Fax 986 78 41 18.
VILALBA.
Calle Carmiña Prieto Rouco, s/n, CP 27800.
Tel. 982 51 22 18. Fax 982 51 22 02.
O BARCO DE VALDEORRAS.
Plaza Ramón Otero Pedrayo, 11, CP 32300.
Casa General de Viloira.
Tel. 988 32 02 64. Fax 988 32 57 43.
* OFICINA DE INFORMACIÓN DE LA XUNTA DE GALICIA EN MADRID.
CASA DE GALICIA.
Casado del Alisal, 8, CP 28014 Madrid.
Tel. 91 595 42 30. Fax 91 595 42 33.
Correo electrónico: casa.galicia*xunta.es.
* PUNTOS DE INFORMACIÓN AL CIUDADANO.
A CORUÑA.
Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Plaza de Pontevedra, 22, 2º.
LUGO.
Plaza de Santo Domingo.
Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Ronda de la Muralla, 70.
OURENSE.
Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Avda. de la Habana, 79.
PONTEVEDRA.
Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Benito Corbal, 47.
SANTIAGO DE COMPOSTELA.
Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP).
Polígono de As Fontiñas, s/n.
Centro Comercial Área Central.
Polígono de As Fontiñas, s/n.
VIGO.
Príncipe (cruce con la calle Colón).
LALÍN.
Centro Comarcal de Deza.
Parque Empresarial Lalín 2000.
BUÑO.
Centro Comarcal de Bergantiños.
Carretera Buño-Malpica, km 0,5.
MONFORTE DE LEMOS.
Centro Comarcal Terra de Lemos.
Carretera N-120, km 519,2.
CAMBADOS.
Centro Comarcal de O Salnés.
Paseo de A Calzada, s/n.
A POBRA DE TRIVES.
Centro Comarcal de Terra de Trives.
Carretera C-536 (Ourense-Trives) km 68.
A ESTRADA.
Centro Comarcal de Tabeirós-Terra de Montes.
Toedo, Parque Empresarial de A Estrada.
ANEXO VII
PROCEDIMIENTOS PARA LOS QUE ESTARÁ HABILITADO
EL REGISTRO TELEMÁTICO
* Contratación administrativa.
* Procedimientos informativos de las compañías transportistas y distribuidoras de electricidad.
* Procedimientos internos en materia de personal.
* Procedimientos relativos a solicitudes, escritos y comunicaciones con la Administración local que a continuación se relacionan:
-Subvenciones a ayuntamientos para la realización de actividades dirigidas a la juventud.
-Subvenciones a ayuntamientos para la promoción de la información juvenil.
-Ayudas a las familias para la escolarización de sus hijos para el curso académico a través de las corporaciones locales.
-Ayudas para llevar a cabo programas de educación familiar que desarrollen las corporaciones locales.
-Ayudas para el mantenimiento de centros de atención a la primera infancia dependientes de las corporaciones locales.
-Subvenciones para actividades deportivas promovidas por los ayuntamientos de Galicia.
-Subvenciones a corporaciones locales para actividades de información, educación y defensa del consumidor y usuario.
-Subvenciones para inversiones con destino a la promoción de mercados detallistas, calles y zonas peatonales-comerciales y otros equipos comerciales de carácter social.
-Ayudas a ayuntamientos para realizar infraestructuras eléctricas municipales e inversiones para ahorro energético.
-Ayudas para a realización y mejora de infraestructuras en los polígonos empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
-Ayudas para el fomento de actuaciones destinadas a la protección y defensa de los animales domésticos.
-Informe sobre licencias en zonas urbanas.
-Convenios de colaboración/cooperación para el tratamiento, prevención y reinserción social de drogodependientes.
-Ayudas destinadas a subvencionar obras de construcción, reforma, rehabilitación y equipamientos de las sedes locales
-Declaración de urgente ocupación de bienes de expropiación.
-Autorización enajenación de bienes municipales.
-Comunicación de enajenación de bienes municipales.
-Autorización para la desafectación de bienes municipales.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Inscripción entidades locales territoriales.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Inscripción de otras entidades locales.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Modificación de entidades locales.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Anotación preventiva.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Cancelación de entidades locales.
-Autorización de alteración del término municipal.
-Autorización de cambio de nombre o capitalidad de municipio.
-Autorización para la municipalización y provincialización de servicios.
-Aprobación de adopción de escudos y/o banderas.
-Subvenciones a las corporaciones locales de Galicia para la normalización de la lengua gallega.
-Cursos de formación en lengua gallega para personal de las corporaciones locales.
-Subvenciones para la realización de actividades por parte de las confederaciones, federaciones, coordinadoras o agrupaciones de vecinos.
-Subvenciones para la realización de obras y equipamientos locales por parte de las entidades locales.
-Medidas de apoyo a los cuerpos de la policía local de los ayuntamientos, consistente en la cesión de vehículos.
-Medidas de apoyo a los cuerpos de la policía local de los ayuntamientos. Cesión de equipos de atestados.
-Ayudas económicas a los ayuntamientos de Galicia para la contratación temporal de auxiliares de la policía local durante la temporada de verano.
-Subvenciones a los ayuntamientos para el fomento del asociacionismo municipal, así como para la fusión o incorporación de municipios.
-Régimen de concesión de subvenciones a las agrupaciones de voluntarios de protección civil.
-Medidas de apoyo a los ayuntamientos gallegos consistentes en la cesión en propiedad de vehículos preparados misiones de protección civil.
-Subvenciones de voluntarios de protección civil que colaboran en el plan de protección civil de atención al peregrino.
-Apoyos a los ayuntamientos en la concesión de material quitanieves para misiones de protección civil.
-Apoyos a los ayuntamientos en la concesión de material de excarcelación para misiones de protección civil.
-Apoyos a los ayuntamientos en la cesión de material para el Plan de salvamento en playas de Galicia (Sapraga) para misiones de protección civil.
-Concesión de equipos de comunicación base radio trunking a las agrupaciones de voluntarios de protección civil.
* Procedimientos relativos a solicitudes, escritos y comunicaciones tramitados en el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) que a continuación se relacionan:
-Ayudas para los programas de apoyo a la continuidad y mejora competitiva de la PYME gallega.
-Ayudas a gastos financieros para ampliaciones de capital destinadas a financiar proyectos de implantación de mejoras.
-Ayudas a proyectos del plan de consolidación y competitividad de la PYME, sociedad de la información.
-Ayudas a proyectos del plan de consolidación y competitividad de la PYME, diseño.
-Ayudas a proyectos del plan de consolidación y competitividad de la PYME, redes interempresariales de cooperación.
-Ayudas a proyectos del plan de consolidación y competitividad de la PYME, sistemas de calidad.
-Ayudas a proyectos del plan de consolidación y competitividad de la PYME, innovación de procesos: gestión y organización en la PYME.
-Ayudas a proyectos empresariales de inversión.
-Ayudas a gastos financieros para ampliaciones de capital destinadas a financiar proyectos de inversión.
-Apoyos financieros sobre la inversión y gastos de implantación del proyecto emprendedor.
-Ayudas a gastos financieros para ampliaciones de capital destinadas a financiar proyectos emprendedores.
-Ayudas de reestructuración.
-Ayudas a gastos financieros para ampliaciones de capital destinadas a financiar empresas en crisis.
-Convenio Igape-centros residenciales para mayores asistidos.
-Ayudas a la presentación de auditoría de cuentas anuales.
-Convenio de apoyo e incentivo a la modernización de establecimientos de hostelería en zonas de la costa de la muerte afectadas por el Prestige.
-Convenio de apoyo a proyectos ambientales.
-Programa de préstamos para financiar proyectos emprendedores.
-Convenio INESGA.
-Prestación de servicios del Igape para la elaboración de diagnósticos.
-Ayudas a iniciativas en materia de difusión y divulgación de técnicas dirigidas a la mejora competitiva de las Pymes.
-Solicitud de calificación como entidad colaboradora.
-Solicitud de calificación como proyecto emprendedor.
-Servicios de apoyo a la elaboración del plan de empresa.
-Apoyos a iniciativas de difusión de la cultura emprendedora.
-Ayudas a la especialización laboral.
-Ayudas a la especialización laboral-becarios.
-Incentivos económicos regionales.
-Convenio de apoyo financiero a las Pymes.
-Convenio leasing.
-Convenio de apoyo financiero al comercio detallista.
-Avales.
-Convenio microcréditos Igape-Entidades financieras-Sociedades de Garantía Recíproca.
-Programa de préstamos para financiar producciones audiovisuales.
-Convenio sector transporte público por carretera.
* Otros procedimientos:
-Solicitudes de plazas en campamentos y residencias juveniles de la Administración gallega en el Programa Campaña de Verano.
-Solicitudes para la programación de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional en la Comunidad Autónoma.
-Subvenciones para apoyar el desarrollo de proyectos de producción audiovisual en lengua gallega.
-Subvenciones para apoyar a la producción audiovisual en lengua gallega.
-Solicitud de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
-Modificación de la documentación del registro de contratistas.
-Inscripción de nuevas organizaciones de consumidores y usuarios.
-Subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios, información y defensa del consumidor.
-Ayudas a organizaciones de consumidores y usuarios para proyectos de mejora del mercado en relación con los intereses de los consumidores.
-Subvenciones a federaciones y asociaciones sin fines de lucro para actividades de logística, promoción y distribución comercial.
-Subvención para la renovación y mejora del pequeño comercio.
-Subvenciones a asociaciones de comerciantes para actuaciones en revitalización urbanístico-comercial. Programas Calidad.
-Ayudas a pequeños comerciantes individuales autónomos que abandonen la actividad comercial.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa recursos agropecuarios.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de recursos marinos.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de biodiversidad y recursos forestales.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de recursos energéticos y mineros.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de biotecnología y tecnologías farmacéutica y de ciencias de la salud.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de la alimentación.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías ambientales.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de los materiales.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de la información y de las comunicaciones.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de diseño y producción industrial.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de ciencias sociales.
-Ayudas para dotación de laboratorios y departamentos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de sociedad de la información.
-Ayudas para formación de nuevos grupos de investigación.
-Ayudas para proyectos de investigación de promoción general del conocimiento.
-Ayudas e incentivos para participación en otros programas.
-Proyectos de investigación aplicada a grupos consolidados y de excelencia del programa recursos agrarios.
-Proyectos de investigación aplicada a grupos consolidados y de excelencia del programa recursos marinos.
-Proyectos de investigación aplicada a grupos consolidados y de excelencia del programa de biodiversidad y recursos forestales.
-Proyectos de investigación aplicada a grupos consolidados y de excelencia del programa de recursos energéticos y mineros.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa de tecnología farmacéutica y de ciencias de la salud.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa tecnologías de la alimentación.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa tecnologías ambientales.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa tecnologías de los materiales.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa tecnologías de la información y las comunicaciones.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa tecnologías del diseño y producción industrial.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa de ciencias sociales.
-Ayudas para proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa de la información.
-Ayudas para proyectos relacionados con el turismo, ocio y deporte.
-Ayudas para proyectos de investigación en establecimientos sanitarios públicos de la comunidad autónoma.
-Bases que regirán el concurso público para a realización de tres proyectos de investigación relativos a los centros de educación no universitaria de Galicia.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de recursos agropecuarios
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa recursos marinos.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa biodiversidad y recursos forestales.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de recursos energéticos y mineros.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de biotecnología y tecnologías farmacéuticas y de ciencias de la salud.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de tecnologías de la alimentación.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de tecnologías ambientales.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de tecnologías de los materiales.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de tecnologías de la información y las comunicaciones.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de tecnologías del diseño y producción industrial.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa de ciencias sociales.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos del programa sociedad de la información.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de recursos agropecuarios.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de recursos marinos.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de biodiversidad y recursos forestales.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de recursos energéticos y mineros.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de biotecnología y tecnologías farmacéutica y de ciencias de la salud.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de la alimentación.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías ambientales.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de la información y de las comunicaciones.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de tecnologías de diseño y producción industrial.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de ciencias sociales.
-Proyectos de I+D de empresas privadas o agrupaciones de empresas de carácter privado del programa de sociedad de la información.
-Ayudas para la adquisición de instrumentación científica (solicitudes de grupos de investigación), Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas para adquisición de infraestructuras de instrumentación científica y bibliotecaria (solicitudes institucionales). Programa de promoción general de la investigación.
-Becas para personal auxiliar de investigación (técnicos especialistas FP-2). Programa de recursos humanos.
-Ayudas para investigadores/tecnólogos visitantes. Programa de promoción general de la investigación.
-Becas predoctorales nuevas. Programa de recursos humanos.
-Predoctorales 2ª prórroga. Programa de recursos humanos.
-Becas para estancias fuera de la comunidad autónoma. Programa de recursos humanos.
-Ayudas para asistencias a reuniones científicas por parte de investigadores no vinculados a las universidades gallegas. Programa de promoción general de investigación.
-Ayudas para la organización de congresos. Programa de promoción general de investigación.
-Becas para técnicos especialistas de FP-2 para la realización de prácticas en informática en el centro de supercomputación de Galicia. Programa de recursos humanos.
-Ayudas para publicaciones periódicas. Programa de promoción general de investigación.
-Bolsas de colaboración en tareas relacionadas con el PGIDT. Programa de sensibilización social.
-Premios Galicia de investigación. Programa de sensibilización social.
-Premios Galicia de investigación. Premio investigadores jóvenes. Programa de sensibilización social.
-Premio Galicia innovación junior. Programa de sensibilización social.
-I premio periodismo científico Galicia innovación. Programa de sensibilización social.
-Premios Galicia a la innovación empresarial. Programa de sensibilización social.
-Ayudas para formación de nuevos grupos de investigación. Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas para proyectos de promoción general del conocimiento. Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas e incentivos para participar en otros programas. Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas para la realización de proyectos de investigación en establecimientos sanitarios públicos de la Comunidad Autónoma gallega.
-Solicitudes de ayuda para la constitución de redes temáticas. Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas a empresas mineras o asociaciones de empresas y corporaciones de derecho público para inversiones en infraestructuras e investigación.
-Contratación de doctores en organismos públicos de investigación de la Comunidad Autónoma de Galicia (Programa Eduardo Pondal).
-Ayudas a industrias y empresas mineras para el desarrollo de acciones encaminadas a disminuir el deterioro del medio ambiente.
-Ayudas a la innovación empresarial y prestación de servicios en el sector de minería.
-Otorgamiento de permisos de investigación.
-Concesiones derivadas de permisos de investigación.
-Intrusiones y deslindes.
-Demasías.
-Ayudas para la mejora de la calidad del suministro eléctrico en el medio rural.
-Ayudas a ayuntamientos para la realización de auditorías energéticas.
-Autorización de instalaciones de transformación, transporte y distribución de energía eléctrica.
-Autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica.
-Ayudas para a adecuación de instalaciones eléctricas.
-Ayudas para el desarrollo de infraestructuras en materia de gas.
-Ayudas para a promoción del uso racional de la energía.
-Ayudas para a promoción del uso racional de la energía (ayuntamientos).
-Ayudas para el fomento de las energías renovables.
-Ayudas para sustitución de grúas torre desmontables para obras en la comunidad autónoma.
-Ayudas a asociaciones de empresarios para la habilitación y mejora de infraestructuras en los parques empresariales de la comunidad autónoma.
-Ayudas para el abastecimiento de gas natural en los parques empresariales de la comunidad autónoma.
-Autorización de aparatos a presión.
-Autorización de aparatos a presión: calderas.
-Autorización de aparatos a presión: depósitos criogénicos.
-Autorización de aparatos a presión: instalaciones aire comprimido.
-Autorización/modificación de instalaciones en ascensores.
-Autorización para modificación del conservador de un aparato elevador.
-Autorización de instalaciones interiores de aguas (con proyecto).
-Autorización de instalación de grúas torres desmontables.
-Autorización instalaciones interiores aguas (carpetillas, boletines).
-Autorización/renovación de empresas instaladoras de electricidad en baja tensión (documento de calificación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas de la construcción (documento de cualificación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas de fontanería (documento de acreditación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas de gas: categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV (documento de acreditación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas instaladoras y mantenedoras de calefacción (documento de cualificación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas instaladoras y/o mantenedoras de protección contra incendios.
-Renovación anual de empresas mantenedoras de extintores.
-Autorización/renovación de empresas mantenedoras de grúas móviles autopropulsadas.
-Autorización/renovación de empresas instaladoras-mantenedoras de ascensores.
-Autorización/renovación de empresas instaladoras-mantenedoras de grúas.
-Autorización/renovación de empresas de madera y corcho.
-Autorización/renovación de empresa instaladora frigoristas.
-Autorización/renovación empresas instaladoras aparatos a presión.
-Autorización/renovación talleres instaladores de limitadores de velocidad.
-Autorización/renovación de empresas de medición de tensiones de paso y contacto en instalaciones de puesta a tierra.
-Autorización/renovación de empresas instaladoras de productos petrolíferos líquidos de categoría EP-I y EP-II.
-Autorización/renovación de empresas conservadoras-reparadoras frigoristas.
-Autorización/renovación de empresas instaladoras e instaladoras y conservadoras-reparadoras de cafeterías.
-Expedición de carnets profesionales.
-Expedición de carnets profesionales de operadores industriales de calderas.
-Expedición de carnets profesionales a instaladores frigoristas.
-Expedición de carnets profesionales a instaladores y mantenedores de calefacción y agua caliente sanitaria.
-Expedición de carnets profesionales para instaladores de gas.
-Expedición de carnets profesionales para electricista de baja tensión.
-Expedición de carnets profesionales a instaladores de fontanería.
-Expedición de carnets profesionales de peluquería y estética.
-Expedición de carnets profesionales para operador industrial de calderas de recuperación de lejías negras.
-Expedición de carnets profesionales conservador-reparador frigorista.
-Expedición de carnets profesionales a instaladores y conservadores-reparadores de aparatos para a preparación rápida de cafés.
-Expedición de carnets profesionales de instalador de productos petrolíferos líquidos de categoría IP-I y IP-II.
-Expedición de carnets de operadores de grúa móvil autopropulsada.
-Expedición de carnets de operadores de grúa móvil torre.
-Registro de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión.
-Autorización de instalación eléctrica baja tensión tipo A.
-Autorización instalaciones eléctricas de baja tensión de tipo B y C (carpetillas, boletines).
-Autorización e inscripción de industrias en el Registro Industrial.
-Reclamaciones administrativas en materia de energía/electricidad.
-Reclamaciones administrativas en materia de industria.
-Autorización a entidades para impartir cursos instaladores, mantenedores de instalaciones de calefacción y climatización de agua caliente.
-Autorización/renovación de las entidades para impartir la formación de profesionales del sector de automóviles.
-Autorización a entidades para impartir cursos técnico-prácticos para la obtención de carnets profesionales de instalador PPL (productos petrolíferos líquidos).
-Autorización a entidades para impartir cursos de gas.
-Obtención de la carta de artesano y maestro artesano.
-Obtención del documento de calificación de talleres artesanales.
-Inscripción en el Registro General de Artesanía de Galicia.
-Concesión, uso y control de la marca Artesanía de Galicia, propiedad de la Xunta de Galicia.
-Ayudas a la calidad y diseño industrial.
-Ayudas para el fomento de la innovación empresarial y prestación de servicios.
-Ayudas en materia de tecnologías de información y comunicaciones.
-Convenio abierto para el fomento de la certificación de los sistemas de gestión de la calidad.
-Convenio abierto para la promoción del acceso empresarial a la Sociedad de la Información en Galicia.
-Reencuentros de las personas de origen gallega residentes en el extranjero con sus familias y su tierra. Modalidad acción directa.
-Reencuentros de las personas de origen gallega residentes en el extranjero con sus familias y su tierra. Modalidad ayudas para viajes.
-Ayudas asistenciales individuales a emigrantes gallegos.
-Actividades de campamento del «Rutas Coñece Galicia».
-Programa de prestación por hijo a cargo.
-Solicitud del título de familia numerosa.
-Becas de colaboración para proyectos de investigación en el centro Ramón Piñeiro para la Investigación en Humanidades.
-Becas para estancias de personal de centros de estudios gallegos de fuera en el centro Ramón Piñeiro para la Investigación en Humanidades.
-Reconocimiento a la asistencia jurídica gratuita.
-Impugnación de la resolución de la comisión de asistencia jurídica gratuita.
-Insostenibilidad de la pretensión de asistencia jurídica gratuita.
-Quejas y reclamaciones por actuaciones de los profesionales nos casos de asistencia jurídica gratuita.
-Ayudas a asociaciones de estudiantes de las universidades gallegas.
-Ayudas para actualización del profesorado respecto de la materia que imparten.
-Ayudas para la formación de profesores en nuevas titulaciones o materias.
-Premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma de Galicia para alumnos universitarios.
-Financiación de viajes para estancias en países miembros de la Unión Europea con el objeto de conocer la lengua de ese país.
-Ayudas complementarias del programa de acción de la Unión Europea de movilidad de estudiantes (Sócrates-Erasmus).
-Ayudas a estudiantes de las universidades gallegas para la realización de viajes culturales de carácter pedagógico.
-Ayudas a estudiantes con residencia en Galicia pero que realizan estudios de carácter oficial y validez nacional en las universidades públicas de fuera de Galicia.
-Ayudas de desplazamiento para la realización de prácticas de campo reconocidas en los planes de estudios correspondientes a las titulaciones autorizadas por la Xunta de Galicia en las universidades gallegas.
-Ayudas para la financiación de estancias de profesores de fuera del sistema universitario de Galicia.
-Becas de residencia para la realización de estudios universitarios de 1, 1 y 2º o 3 ciclo, en centros del sistema universitario de Galicia, destinadas a los gallegos y a sus descendientes que tengan su residencia familiar en territorio nacional fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.
-Becas para el Colegio de Europa (Bruxes y Natolín).
-Becas de nueva adjudicación para la realización de estudios de 3 ciclo en las universidades del sistema universitario de Galicia.
-Becas de colaboración en los departamentos de las universidades del sistema universitario de Galicia.
-Ayudas a las universidades gallegas para la organización de congresos, simposios, jornadas y similares.
-Becas y ayudas para asistencia a congresos, simposios, seminarios o similares y cursos de verano, destinadas a estudiantes universitarios.
-Becas y ayudas al estudio de carácter especial para estudiantes gallegos, descendientes de gallegos o con residencia familiar en Galicia que cursen estudios universitarios de 1 o 2º ciclo, con una necesidad
urgente de recursos económicos motivada por causas sobrevenidas e imprevistas.
-Ayudas a los estudiantes universitarios gallegos, descendientes de gallegos o residentes en Galicia, interesados en solicitar los créditos para financiar sus estudios universitarios de 1 ciclo y 1 y 2º ciclo (nueva concesión).
-Ayudas a los estudiantes gallegos, descendientes de gallegos o residentes en Galicia, interesados en solicitar la prórroga de los créditos para financiar sus estudios universitarios del 1 y 1 y 2º ciclo concedidos en la convocatoria anterior.
-Ayudas a los estudiantes universitarios interesados en solicitar la prórroga para la financiación de los intereses del préstamo concedido al amparo de la Orden de 5 de febrero de 2003 (DOG del 21 de febrero) por la que se convocaron ayudas para la solicitud de créditos bancarios para financiación de sus estudios universitarios de 1, 2º o 3 ciclo, como medida transitoria para hacer frente a las consecuencias del accidente del Prestige.
-Ayudas a los estudiantes gallegos, descendientes de gallegos o residentes en Galicia, interesados en solicitar los créditos para financiar sus estudios universitarios de 3 ciclo (nueva adjudicación).
-Ayudas a los estudiantes gallegos, descendientes de gallegos o residentes en Galicia, interesados en solicitar la prórroga de los créditos para financiar sus estudios universitarios de 3 ciclo concedidos en la convocatoria anterior.
-Becas de nueva adjudicación para la realización de tareas de colaboración en la Dirección General de Universidades.
-Ayudas para la movilidad de estudiantes de las universidades del sistema universitario de Galicia adheridas al programa de intercambio SICUE.
-Ayudas a estudiantes con residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia con aprovechamiento académico excelente, que se incorporen por primera vez al sistema universitario de Galicia.
-Programa de ayudas para estudios universitarios destinadas a emigrantes gallegos o a sus descendientes.
-Solicitud de inserción de anuncios en el Diario Oficial de Galicia.
-Tramitación de partes de accidentes de trabajo.
-Comunicación de apertura de centros de trabajo.
-Concesión/renovación de licencias de pesca deportiva.
-Concesión/renovación de licencias de caza y pesca.
-Solicitud de plazas en centros de atención a la primera infancia.
-Informes, comunicaciones y resoluciones judiciales en materia de menores en situación de riesgo, desamparo o conflicto social.