Advertidos errores en el citado decreto, publicado en el Diario Oficial de Galicia número 121, del 24 de junio de 2005, procede hacer las oportunas correcciones:
En la página 11.138, en la disposición adicional segunda c) debe añadirse lo siguiente: «El horario de atención al público será de las 9.00 a las 14.00 horas en días laborables y de las 9.00 a las 14.00 horas los sábados».
En la página 11.148, en el anexo VI, donde dice: «Legislación aplicable: decreto por el que se regulan...», debe decir: «Legislación aplicable: Decreto 164/2005, de 20 de marzo, por el que se regulan...».
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