En virtud de lo establecido en los artículos 9, párrafo 1º, inciso segundo, y 10 f) de la Ley 6/1995, de 28 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social de Galicia (publicado en el DOG nº 133, del 12 de julio), y en los artículos 8 y 9 e) del Reglamento de régimen interno de éste (publicado en el DOG nº 114, del 11 de junio de 1996), y de acuerdo con la propuesta efectuada por la organización correspondiente,
DISPONGO:
Artículo 1º.-Que cese como miembro titular del Consejo Económico y Social de Galicia, en representación de la CIG, Manuel Currás Meira.
Artículo 2º.-Que cese como miembro suplente del Consejo Económico y Social de Galicia, en representación de la CIG, Xurxo Cordero Novo.
Santiago de Compostela, siete de julio de dos mil cinco.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente

