Producido el cese del titular de la Dirección General de Relaciones Parlamentarias, procede adoptar las medidas inmediatas para que, sin perjuicio del posterior nombramiento del nuevo titular del centro directivo, se asegure el correcto funcionamiento del servicio y la resolución, en su caso, de los asuntos encomendados a la citada dirección general.
Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,
DISPONGO:
Artículo único
El desarrollo de las acciones y el exercicio de las competencias propias de la Dirección General de Relaciones Parlamentarias, que figuran en el Decreto 255/2003, de 8 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública y otras que le fueran expresamente delegadas, le quedan encomendadas temporalmente y hasta que se produzca el nombramiento de su titular al director general de Relaciones Institucionales.
Disposición final
Esta orde entrará en vigor al mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veintidós de julio de dos mil cinco.
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia, Relaciones
Institucionales y Administración Pública

