La gestión en esta comunidad autónoma de las ayudas comunitarias en materia agraria y de desarrollo rural está directamente vinculada a las necesidades informáticas de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural. Recientemente, la Comisión Europea, a instancia del grupo de expertos Panta Rhei, decidió orientar la actuación de los distintos organismos pagadores de fondos FEOGA-Garantía a la adopción de un estándar de calidad como base de la aplicación de su sistema de seguridad en materia de tecnologías de la información, para el que ofreció tres posibilidades de elección: el sistema ISO 17799, el sistema BSI o el sistema COBIT.
El Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga) se constituye como el organismo pagador de los fondos FEOGA-Garantía en Galicia, en virtud de lo establecido en el Decreto 359/1996, de 13 de septiembre, modificado por el 93/1998, de 20 de marzo. Además de lo anterior, en su condición de organismo autónomo adscrito a la consellería, su sistema informático, en aras de un mayor grado de eficiencia en el empleo de los recursos públicos, fue previsto sobre la base del existente en la consellería. Por eso, cualquier decisión en materia de seguridad informática de los organismos pagadores tiene en esta comunidad autónoma una incidencia que excede del propio organismo y alcanza a todo el sistema de información de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.
Previo análisis de las distintas opciones propuestas por la Comisión Europea, parece conveniente adoptar el estándar de calidad ISO 17799 como norma básica de seguridad, por estimarse la más adecuada a las condiciones particulares del sistema informático de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.
La Secretaría General de la consellería, a través de su servicio de informática, tiene atribuidas las funciones de asesoría técnica, ejecución, propuesta, coordinación y supervisión de los planes de informatización de todas las unidades administrativas de la consellería y entidades dependientes de la misma. Esta atribución general no evita que las circunstancias actuales aconsejen dar una participación más directa del Fogga, como organismo pagador, en la implantación del nuevo estándar de seguridad, por cuanto su actividad se ve ampliamente condicionada por tal hecho.
De acuerdo con todo lo expuesto, la razón de esta orden es establecer la norma ISO 17799 como estándar de seguridad para los sistemas de información y comunicación de la Consellería de Política Agroalimentaria
y Desarrollo Rural, y definir las condiciones en las que se deberá instrumentar su implantación.
Por tanto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.I.3 del Estatuto de Autonomía de Galicia y en uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y su presidente,
DISPONGO:
Artículo 1º.-Objeto y ámbito de aplicación.
Se establece el estándar de calidad ISO 17799 como norma básica para la implantación del sistema de seguridad de las tecnologías de la información en el ámbito de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural y de sus organismos y entidades dependientes.
Artículo 2º.-Plazo de implantación.
La implantación del estándar ISO 17799 se efectuará gradualmente, de acuerdo con un plan previo aprobado conjuntamente por el secretario general de la consellería y por el director del Fogga, de tal manera que sea plenamente operativo el uno de enero de 2008.
Artículo 3º.-Funciones a desarrollar.
1. En coordinación con la Secretaría General de la consellería, el Fogga efectuará la planificación, impulso y control de la implantación de dicho estándar de calidad.
2. La Secretaría General, a través de su Servicio de Informática, asumirá la materialización de las actividades que sean precisas para la implantación del estándar, dentro de los plazos establecidos en la planificación previa.
Artículo 4º. Supervisión.
La Secretaría del Fogga, en colaboración con el servicio de informática de la consellería, elaborará semestralmente un informe del estado de desarrollo de la implantación del estándar, que será elevado al secretario general de la consellería y al director del Fogga, a fin de que puedan adoptar conjuntamente los acuerdos necesarios para corregir las posibles desviaciones sobre el plan inicialmente establecido.
Disposición adicional
Única.-Para facilitar el proceso de implantación del estándar de seguridad se delega en el Fogga las funciones de control de calidad del desarrollo y mantenimiento de todas las aplicaciones informáticas vinculadas con las ayudas financiadas con fondos FEOGA-Garantía. A tal efecto, el Fogga será dotado de los recursos necesarios para el desarrollo de dichas funciones.
Disposiciones finales
Primera.-Se faculta al secretario general de la consellería y al director del Fondo Gallego de Garantía Agraria, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las instrucciones precisas para el desarrollo y ejecución de esta orden.
Segunda.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 4 de julio de 2005.
José Antonio Santiso Miramontes
Conselleiro de Política Agroalimentaria
y Desarrollo Rural
CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL
Y TURISMO

