Teniendo en cuenta el gran volumen de la actividad administrativa que la normativa le atribuye a la Dirección General de Turismo, con el fin de evitar una concentración excesiva y lograr una mayor agilidad administrativa que redunde en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, se hace conveniente que, dentro del respeto a los principios informadores de la actuación administrativa, y con sujeción a la normativa legal vigente, se deleguen en el/la titular de la Subdirección General de Ordenación del Turismo determinadas competencias.
En su virtud, haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dispongo delegar en el/la titular de la Subdirección General de Ordenación del Turismo el ejercicio de la competencia para efectuar la propuesta de resolución de concesión del título licencia de las agencias de viajes.
La Dirección General de Turismo podrá, no obstante, avocar para sí en cualquier momento el ejercicio de la competencia delegada en esta resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la citada ley.
Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de la delegación contenida en la presente resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por la autoridad que la concedió.
Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2005.
Rubén C. Lois González
Director general de Turismo

