Por la Orden de 16 de diciembre de 2004 se convocaron para el año 2005 las ayudas para la mejora
y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias (Diario Oficial de Galicia nº 247, del 22 de diciembre). Las bases reguladoras de estas ayudas se establecen en la orden de esta consellería, de 7 de junio de 2002 (Diario Oficial de Galicia nº 113, del 13 de junio).
En el artículo 12 de la Orden de 16 de diciembre de 2004, relativo a la financiación de estas ayudas, se detalla la aplicación presupuestaria y el importe económico previsto para las mismas. Teniendo en cuenta el elevado número y dimensión de las solicitudes de ayuda que se recibieron y la necesidad de una mayor financiación, es necesario ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente, con la finalidad de poder amparar las solicitudes de ayuda presentadas por los agricultores y ganaderos de la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre que cumplan con lo establecido en las órdenes de esta consellería citadas anteriormente.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.I.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, do 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988 y el Decreto 50/2002, de 14 de febrero,
DISPONGO:
Artículo único.
Primero.-Se amplía la dotación presupuestaria que se contempla en la orden de esta consellería, de 16 de diciembre de 2004 (Diario Oficial de Galicia nº 247, del 22 de diciembre), por la que se convocan para el año 2005 las ayudas para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explo
taciones agrarias, en un total de 14.500.000 euros, tal y como se especifica seguidamente:
a) La aplicación presupuestaria 57.03.614-A.774.0 se incrementa en seis millones de euros (6.000.000 de A), para el año corriente 2005.
b) La aplicación presupuestaria 57.03.614-A.777.3, se incrementa en tres millones quinientos mil euros (3.500.000 A) para el año corriente 2005, y en cinco millones de euros (5.000.000 de A) para la anualidad del 2006.
Segundo.-También se podrán utilizar otros remanentes adicionales que pudieran existir en la misma aplicación. En todo caso, la concesión de la ayuda para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente y se limitará a las disponibilidades presupuestarias.
Tercero.-Esta modificación no afecta al plazo que se establece para la presentación de solicitudes de ayuda en dicha Orden de 16 de diciembre de 2004.
Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2005.
Alfredo Suárez Canal
Conselleiro del Medio Rural

