Antecedentes.
A instancia de la empresa Endesa Generación, S.A., el organismo autónomo Aguas de Galicia inició la tramitación de la solicitud de concesión administrativa para la detracción de aguas del río Eume con vistas al llenado del hueco final de la mina de As Pontes, en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña) creando así un lago artificial, actuación contemplada en el plan de restauración de la mina al finalizar su vida útil, tal y como se recogía en el estudio de impacto ambiental redactado en noviembre de 1983.
En fecha 13 de julio de 2004 Aguas de Galicia remite a esta dirección general la documentación técnica y el estudio de impacto ambiental relativos al citado proyecto, al objeto de proceder al trámite ambiental correspondiente.
El proyecto se calificó como sometido al trámite de evaluación de impacto ambiental por estar contemplado en el grupo 7) a del anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental. En el anexo I se resume el contenido del proyecto y en el anexo II las medidas protectoras y correctoras propuestas en la documentación evaluada.
Mediante Resolución de 5 de noviembre de 2004, del organismo autónomo Aguas de Galicia (publicada en el DOG nº 221, del 12 de noviembre), se sometió
a información pública la solicitud de concesión de aprovechamiento de aguas para el llenado del hueco, así como su anteproyecto y la documentación ambiental, constando durante el período de exposición pública la presentación de una alegación por parte de la Sociedad Gallega de Historia Natural que fue tenida en cuenta, en lo que procede, en los puntos 2.1 y 2.2 de la DIA.
Con fecha 17 de junio de 2005 se recibe en esta dirección general el expediente ambiental del proyecto, remitido por Aguas de Galicia como órgano sustantivo por razón de la materia, conteniendo, junto con su informe, los resultados de información pública y los informes de las direcciones generales de Patrimonio Cultural, de Conservación de la Naturaleza y de Salud Pública, así como los de las delegaciones provinciales en A Coruña de las consellerías de Sanidad, de Medio Ambiente y de Innovación, Industria y Comercio. Incluye además copia de las solicitudes de informe al ayuntamiento afectado y a los situados aguas abajo del futuro lago. De estos ayuntamientos solo emitió informe el de A Capela, señalando el órgano sustantivo que los restantes no se recibieron tras reiterada petición, por lo que procede continuar con la tramitación del expediente. Se acompaña, además de diversa documentación técnica y ambiental complementaria, aportada por el promotor a lo largo de la tramitación en
respuesta a informes emitidos por los organismos consultados.
Cumplimentada la tramitación ambiental, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, como órgano ambiental y en el ejercicio de las competencias que le concede el Decreto 106/2004, de 27 de mayo, formula, a los únicos efectos ambientales, la declaración de impacto ambiental (DIA) del anteproyecto de llenado con agua del hueco de la mina de As Pontes, en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña), promovido por Endesa Generación, S.A.
Declaración de impacto ambiental.
Examinada la documentación que constituye el expediente, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental considera que el proyecto es ambientalmente viable siempre que se cumplan las condiciones que se establecen en la presente DIA, además de lo señalado en el estudio de impacto ambiental y en la restante documentación evaluada, teniendo en cuenta que, en el caso de que exista contradicción entre lo indicado en la citada documentación y lo establecido en la presente declaración, prevalecerá lo dispuesto en esta última.
Además del obligado cumplimiento de las mencionadas condiciones, si se manifiesta cualquier tipo de impacto no considerado hasta el momento, este órgano ambiental, a iniciativa propia o a propuesta del órgano sustantivo, podrá dictar, a los únicos efectos ambientales, condicionados adicionales a los anteriores.
Las condiciones establecidas podrán ser revisadas de oficio o a solicitud del promotor, al objeto de incorporar medidas que aporten una mayor protección del medio. Además de esto, el promotor podrá solicitar
a su revisión en aquellos supuestos que tecnológicamente presenten graves dificultades para su implantación o impliquen modificaciones importantes en la actividad, siempre y cuando las nuevas medidas permitan lograr los objetivos y fines de ésta. En este último caso, el promotor remitirá esta solicitud, aportando documentación técnica que justifique estas medidas, en el plazo máximo de un (1) mes después de serle notificada la presente declaración, no pudiendo comenzar las obras antes de contar con una comunicación de esta dirección general.
1. Ámbito de la declaración.
La presente declaración se refiere al conjunto de las actuaciones que, en relación con el proceso de llenado con agua del hueco de la mina de As Pontes, están contempladas en el estudio de impacto ambiental y en los documentos Anteproyecto. Mina de As Pontes. Canal de llenado del hueco final, Anteproyecto. Mina de As Pontes. Obras hidráulicas de descarga al lago final y desagüe del lago y Proyecto descriptivo. Instalaciones de depuración de las aguas del lago antes de su descarga.
2. Condicionado.
2.1. Sobre las aguas y lechos fluviales.
1. Para cualquier actuación o afección en las zonas de servidumbre y policía de los cursos de agua, así como para la captación de agua del río Eume y el vertido desde el lago hacia el río Carracedo, será precisa la autorización del organismo de cuenca competente, en este caso Aguas de Galicia, conforme a lo establecido en el Real decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de aguas. El proyecto se ajustará en todo momento a las prescripciones establecidas en el Plan hidrológico de Galicia-costa.
2. El desarrollo del proyecto no podrá afectar de forma negativa ni al volumen ni a la calidad de las aguas de las captaciones para abastecimiento de agua existentes en el río Eume, tanto aguas arriba como aguas abajo del futuro lago, teniéndose que garantizar el mantenimiento de los usos preexistentes y establecer los sistemas de control oportunos al respecto.
3. Las operaciones de hormigonado asociadas a la ejecución de las obras de descarga al lago se realizarán en condiciones que eviten el derrame de hormigón y la contaminación de las aguas. Se evitarán también posibles vertidos de tierras, cascotes, residuos de obra, grasas, aceites o cualquier otro tipo de materiales o sustancias que puedan producir contaminación. No está permitido el lavado de maquinaria y utillaje en los cursos de agua.
4. En todo momento deberá garantizarse que la calidad físico-química y biótica de las aguas que se incorporen por rebose del lago hacia la cuenca del río Eume (a través del cauce del río Carracedo) cumpla lo preceptuado en el artículo 80 (relativo a la calidad mínima exigible a las aguas continentales) del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. En todo
caso, se estará a lo que se disponga en la autorización de vertido de aguas residuales que emita Aguas de Galicia.
5. A fin de reducir la acidez de las aguas del lago tanto durante el proceso de llenado como al finalizado de éste, y dado que dicho parámetro fue identificado como la principal fuente de disminución de la calidad de las aguas, se llevarán a cabo la totalidad de las medidas de corrección de acidez propuestas en la documentación evaluada, consistentes en seis humedales de Typha en el sector NW del campo oeste de la mina, revegetación de los taludes con presencia de materiales con alto contenido en sulfuros y un sistema de neutralización con cal a situar en las inmediaciones del canal de descarga de las aguas procedentes del canal sur de la escombrera.
6. Se establece como objetivo de acidez de las aguas del lago un pH de 6,2, correspondiente al valor medio de pH de las aguas del río Eume. A la vista de lo anterior, además de garantizar en todo momento la funcionalidad de los sistemas a los que se refiere el punto anterior, incluso después de finalizada la fase de llenado, se reconsiderará tanto la posibilidad de utilizar en el proceso de llenado las aguas provenientes de la central térmica de As Pontes (dado su carácter claramente neutro) como sus instalaciones de tratamiento de efluentes líquidos (TEL) para efectuar un tratamiento adicional de las aguas de rebose del lago antes de su vertido al río Carracedo.
7. Además, con la finalidad de mitigar los procesos causantes de acidez en las aguas del lago y al mismo tiempo limitar el posible impacto que pudiese causar una menor dilución de los vertidos de aguas residuales urbanas en el río Eume por la detracción de caudales con destino al hueco de la mina, los vertidos de aguas residuales del núcleo urbano de As Pontes de García Rodríguez se reconducirán hacia al lago durante el proceso de llenado, ya que su alto contenido en materia orgánica oxidable contribuiría a limitar la disponibilidad de oxígeno, diminuyendo así la velocidad de las reacciones abióticas de oxidación y restringiendo las condiciones de pH favorable al desarrollo de bacterias generadoras de acidez (Thiobacillus y Leptopirillum).
En cualquier caso, la adopción íntegra de las condiciones señaladas en los puntos 5, 6 y 7 se valorará en función de los resultados que se vayan obteniendo en el plan de seguimiento de la calidad de las aguas propuesto en el estudio ambiental y según el grado de cumplimiento del pronóstico de calidad final de las aguas del lago previsto en la documentación evaluada.
2.2. Sobre la fauna y vegetación.
2.2.1. Sobre la fauna.
1. Teniendo en cuenta las condiciones poco aptas para la vida piscícola que presentará el lago durante los primeros años, se impedirá la entrada de fauna piscícola a este a través del canal de llenado desde el río Eume. Para tal fin, en la infraestructura de toma deberá mantenerse una reja con una luz entre platinas de 40 mm u otro dispositivo de interdicción de eficacia similar, que en todo caso se ajustará a los requerimientos especificados en el artículo 82 del Decreto 130/1997.
2. En el mismo sentido, debe estudiarse la necesidad de instalación de dispositivos que impidan el acceso de peces al lago desde las otras obras de descarga, en especial las de los ríos Maciñeiras, Meidelo e Illade. La documentación que se elabore en este sentido deberá contar con el informe de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, quien determinará si se procede a su instalación o no.
3. La permanencia en el tiempo de los referidos dispositivos de interdicción se valorará en función de la calidad final de las aguas del lago y de las condiciones de habitabilidad que presente para un adecuado desarrollo de la vida piscícola. Además, debe valorarse la aptitud de las obras de descarga para permitir el flujo bidireccional de peces. Estas cuestiones se detallarán en un documento técnico en el que se especifiquen, para cada especie, todas las medidas necesarias para asegurar el adecuado desarrollo de su ciclo vital (condiciones de accesibilidad de las obras de descarga y, en su caso, obras de corrección necesarias, disponibilidad de refugios, desovaderos accesibles y adecuados...). Este documento será remitido a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, quien determinará bajo que condiciones se puede proceder a su retirada.
4. Teniendo en cuenta la geometría y la pendiente del canal de llenado, así como la elevada velocidad que el agua puede lograr en ella, lo que haría muy dificultosa o imposible la salida de animales o personas que cayesen en ella, en aquellos puntos en los que pueda existir riesgo de caída deberá disponerse una valla u otro dispositivo que evite sucesos de este tipo.
5. En relación con la detracción de caudales del río Eume para el llenado del hueco, en tanto no se realicen estudios más detallados, el régimen de caudales ecológicos mínimos a mantener en el río será el señalado por la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, expresado en m/s, que se refleja en la siguiente tabla:
O N D E F M A M J J A S
2,20 3,50 3,50 3,50 3,50 3,00 2,50 2,00 1,50 1,40 1,20 1,70
Durante los meses de estío (julio, agosto y septiembre) no se detraerá caudal alguno del río Eume, salvo que existan excedentes que superen el caudal natural medio mensual. Para ello, debería dotarse la
toma del canal de un módulo limitador que garantice la no detracción de caudales para caudales circulantes menores de 1,7 m/s. Deberán instalarse además los dispositivos de medición que permitan conocer en todo
momento el caudal derivado hacia el canal de llenado y el caudal ecológico que se libera al cauce del Eume.
6. No se efectuarán repoblaciones con salmónidos ni con otras especies piscícolas en los humedales proyectados, dado su carácter poco apto para el desarrollo de vida piscícola.
7. Bajo ninguna circunstancia se efectuarán repoblaciones piscícolas con especies alóctonas. Además, se limitará la posible introducción en el lago (accidental o por sueltas) de cualquier otro tipo de fauna alóctona.
8. Las actuaciones medioambientales relativas a la adecuación de las conducciones en túnel existentes en la mina para su uso por quirópteros, protección especial del humedal del río Illade y creación de una isla ornitológica, deberán ser proyectadas con mayor detalle para su evaluación definitiva. En lo referente a las actuaciones propuestas en el canal de desagüe del río Illade (mejora del hábitat piscícola y creación de un coto de pesca recreativa), dadas las características finales de este canal, no parece conveniente su realización a menos que el proyecto de detalle justifique y garantice adecuadamente su idoneidad. En todo caso, la documentación técnica que se elabore en este sentido deberá contar con el informe favorable de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza.
2.2.2. Sobre la vegetación
1. En el caso de que en el entorno de los ríos que vayan a ser objeto de obras de descarga exista vegetación de ribera, esta será preservada en la medida de lo posible. En todo caso, para cualquier aprovechamiento, utilización o modificación de la vegetación de ribera se estará a lo dispuesto en la legislación vigente de aplicación.
2. De ser necesaria la tala de otro tipo de arbolado, previamente tendrá que realizarse la correspondiente comunicación de corta o solicitud de autorización, según el caso, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de montes.
3. En la gestión de la biomasa vegetal que sea preciso eliminar primará valorización, evitando la quema de estos restos, que, de ser el caso, tendrá que contar con la preceptiva autorización. En el caso de que sea depositada sobre el terreno, se procederá a su trituración y esparcimiento homogéneo, para permitir una rápida incorporación al suelo, disminuir el riesgo de incendios forestales y evitar la aparición de enfermedades o plagas.
2.3. Gestión de residuos
1. Todos los residuos que se generen como consecuencia de la ejecución del proyecto, incluidos los procedentes del desmantelamiento de infraestructuras existentes (líneas eléctricas, piezómetros fuera de uso...) deberán ser gestionados en función de su naturaleza y conforme a la legislación vigente, primando el reciclaje o reutilización frente al vertido.
2. El almacenamiento temporal de residuos hasta su entrega a gestor autorizado se realizará en una zona acondicionada para tal fin, atendiendo a los criterios de almacenamiento establecidos en la legislación vigente y señalizando claramente su presencia.
3. Al finalizar las obras la zona debe quedar totalmente limpia, procediendo a la retirada y gestión de todos los residuos de la obra.
2.4. Restauración
1. Las labores de restauración asociadas al proyecto de llenado comprenderán la revegetación e integración paisajística de las riberas del lago y del entorno de las obras de descarga y desagüe del lago.
2. El objetivo será lograr la mayor naturalización posible, acorde con los usos que se atribuyan a cada sector del lago en función de lo señalado en el punto 2.6 de la DIA. En lo referente a la implantación de especies arbóreas en determinados sectores de las riberas del lago, así como en el entorno de las obras de descarga y desagüe, se seleccionarán preferentemente las siguientes especies: Alnus glutinosa, Fraxinus excelsior, Betula celtiberica y Salix atrocinerea.
3. Las técnicas, materiales y especies a emplear en la restauración serán, con carácter general, las utilizadas en las labores de restauración y revegetación de la mina de As Pontes, tomando como base el proyecto de restauración presentado en su día e incluyendo las mejoras que se fuesen introduciendo como resultado de la experiencia adquirida a lo largo de los años, todo ello con el fin de lograr una revegetación de probada calidad y permanencia en el tiempo.
2.5. Protección del patrimonio cultural
1. En lo que respecta a la protección de los elementos del patrimonio cultural, se estará a lo dispuesto por la Dirección General de Patrimonio Cultural, tanto en lo relativo a las medidas protectoras o correctoras como las de control y seguimiento arqueológico o cualquier otra a adoptar a lo largo de las fases de replanteo, de ejecución de obra y de restitución de terrenos, en todo el ámbito del proyecto.
2.6. Sobre los posibles usos del lago (Imagen Objetivo)
1. De acuerdo con lo señalado en el estudio ambiental, los posibles usos del futuro lago deberán ser coherentes con las características ambientales de este una vez finalizado el proceso de llenado, garantizando la conservación del ecosistema, del paisaje y de los recursos y procesos ecológicos.
2. A fin de lograr la mejor inserción territorial del proyecto, en la Imagen Objetivo que se determine para el lago se valorará la selección de usos de cada una de las tres categorías de aprovechamiento propuestas (recreativos, científico-educativos y ambientales) pero teniendo en cuenta que la adopción de uno de ellos no limite las posibilidades de desarrollo de los otros dos.
3. En consecuencia con lo anterior, la sectorización del entorno tendrá en cuenta la capacidad de acogida de cada sector del lago, de forma que los usos que se adjudiquen a cada zona no interfieran entre si.
En este sentido, y dado que una serie de actuaciones propuestas en el estudio ambiental (isla ornitológica, humedales para el control de la acidez, observatorio de aves, adaptación de las conducciones en túnel para su uso por quirópteros, mejoras en el humedal de Illade...) son medidas correctoras aceptadas en esta declaración y, por lo tanto, de implantación no opcional, los posibles usos recreativos (pista de remo, motonáutica, vela, senderismo, playa artificial, golf, zonas de ocio...) o científico-educativos (puntos de observación de singularidades geológicas) que se establezcan en el lago no comprometerán la tranquilidad necesaria para el adecuado desarrollo de las citadas actuaciones relativas a la fauna.
A este respecto, se considera de especial importancia el adecuado desarrollo de la estrategia de gestión, junto con sus medidas complementarias (limitaciones de usos, tránsito de personas o ganado, actividad cinegética o pesca según la época del año) que se detallan en el estudio ambiental en el apartado correspondiente a los valores ambientales a implantar como parte de la Imagen Objetivo.
4. En todo caso, y sin prejuicio de las autorizaciones, concesiones, permisos y/o informes que resulten necesarios para cada uso concreto por parte de otros organismos, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental podrá pronunciarse, previa solicitud por parte del órgano sustantivo, sobre la idoneidad ambiental de la Imagen Objetivo finalmente seleccionada.
2.7. Aval ambiental.
El promotor deberá depositar un aval para garantizar el cumplimiento de las medidas correctoras y responder de la reparación de los posibles daños que se le pueda causar al medio ambiente y del coste de restauración, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 455/1996, de 7 de noviembre, de fianzas en materia ambiental. A los citados efectos, se propone como importe del aval, que deberá fijar el órgano sustantivo, la cantidad de 3.172.205 euros. De este importe podrán ir cancelándose cuantías sucesivamente, en función del grado de implantación y eficacia de las medidas protectoras y correctoras avaladas.
2.8. Sobre el programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
El objetivo de este programa será el de garantizar a lo largo del tiempo el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras contempladas en la documentación evaluada y en el condicionado de esta declaración, así como incorporar procedimientos de autocontrol por parte del promotor. El programa debe permitir detectar, cuantificar y corregir alteraciones que no se pudiesen prever en el estudio ambiental o en el condicionado de la DIA, y llevar a cabo nuevas medidas correctoras acordes con las nuevas problemáticas surgidas.
A tal fin, y tal y como se contempla en el estudio de impacto ambiental, una vez se cuente con el proyecto definitivo se procederá a la redacción detallada de dicho programa, tomando como base la propuesta de objetivos de seguimiento, indicadores ambientales y cuestiones clave objeto de seguimiento que figuran en el estudio ambiental e incorporando los controles que sean necesarios para adaptarlo a los condicionantes surgidos de la presente declaración. Será responsabilidad del órgano sustantivo que el programa que se elabore en este sentido permita alcanzar los fines señalados en los párrafos anteriores.
En la redacción del programa y en su posterior desarrollo, además de los aspectos señalados en el estudio ambiental se tendrá en cuenta que:
-En relación con la clasificación de la calidad de las aguas en base a los valores del índice biótico que se propone en el estudio ambiental, se utilizarán unos intervalos adaptados a las condiciones de referencia de los ríos de Galicia costa.
-Las tomas de muestras, mediciones y/o analíticas del programa de vigilancia deberán ser realizadas por entidad homologada o acreditada, y los resultados deberán venir firmados por un técnico de dicha entidad.
-Al objeto de alcanzar la máxima coordinación y eficacia en el cumplimiento de la presente declaración, el promotor deberá designar un/s responsable/s del control de este, notificando su nombramiento al órgano sustantivo.
- En el caso de que como resultado del seguimiento se detecten, en cualquiera de sus fases, impactos imprevistos o alteraciones que superen los umbrales establecidos en la legislación aplicable o en esta declaración, se comunicará inmediatamente al órgano sustantivo, proponiéndose las medidas correctoras precisas para corregirlas. Si se pone de manifiesto la existencia de impactos ambientales severos o críticos, el órgano sustantivo pondrá este hecho en conocimiento de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Los informes de seguimiento ambiental resultantes del desarrollo de este programa serán presentados por el promotor ante el órgano sustantivo, con la frecuencia y contenidos señalados en el estudio de impacto ambiental (y, en su caso, en la restante documentación evaluada), además de venir acompañados de reportaje fotográfico y cronograma de avance del proceso de llenado y de las medidas protectoras y correctoras adoptadas.
Estos informes deberán estar firmados por el/los técnico/s responsable/s de su elaboración, con la supervisión -en su caso- del responsable del control del seguimiento ambiental.
Santiago de Compostela, 8 de julio de 2005.
José Manuel Álvarez-Campana Gallo
Director general de Calidad y Evaluación Ambiental
ANEXO I
RESUMEN DEL PROYECTO
El objeto del proyecto es el llenado con agua del hueco final de la explotación minera de lignito de As Pontes, una vez finalice su vida útil, prevista para diciembre de 2007. Dicha actuación, que conducirá a la creación de un lago artificial, forma parte de la restauración prevista en el estudio de impacto ambiental redactado en noviembre de 1983.
Para tal fin, se proyecta reintegrar hacia el hueco de la mina todos los cauces de agua que en su día se derivaron para posibilitar la explotación del yacimiento de lignito y la formación de la escombrera, y realizar luego el desagüe del lago por rebose natural hacia el cauce del río Carracedo, afluente del río Eume (que en su momento drenaba toda el área de la explotación minera y que actualmente está seco) restituyendo así las aguas a la cuenca del Eume. A mayores, y al objeto de reducir el tiempo de llenado para mejorar la calidad final de las aguas del lago, se incorporarán aguas del río Eume mediante la construcción de un canal que partirá de la toma existente actualmente en la margen derecha del Eume, aguas arriba del azud de la central térmica de As Pontes de García Rodríguez.
El conjunto de actuaciones comprende un canal de aporte desde el río Eume, cinco obras de descarga de los cauces derivados en su momento y la rehabilitación del tramo final de la cuenca del río Carracedo, que se constituirá como una prolongación del lago artificial para permitir el aporte de las aguas de rebose del lago hasta dicho cauce, desde el que se reintegrarán al río Eume. Las características más relevantes de las citadas actuaciones son las siguientes:
1. Canal de llenado del hueco final: para conducir el agua desde el río Eume hasta el hueco de la mina se construirá un conducto tipo canal, de sección trapezoidal y 5.694 m de longitud, dividido en 7 tramos de diferentes características. El caudal de proyecto en los primeros 4.024 m es de 20 m/s y en el resto de 50 m/s, por incorporación de las aguas provenientes de la descarga del actual canal sur de la escombrera. Dicha incorporación se solventará mediante un canal de 496 m de longitud dotada de un cuenco amortiguador en el punto de incorporación al canal de llenado. La captación de agua del Eume se realizará mediante la estructura de toma existente aguas arriba del azud de la central térmica de As Pontes de García Rodríguez, cuyas instalaciones se modificarán ligeramente, instalando, asimismo, una compuerta reguladora del canal de llenado. El caudal máximo solicitado para derivar es de 20 m/s, teniendo en cuenta que las disponibilidades serían de unos 120 hm/año. Este canal se
concibe como una obra temporal, que será utilizada únicamente durante el período de llenado del lago, excepto el tramo 2, que se empleará para conducir a lo largo la descarga del río Maciñeira. El resto de tramos que queden emergentes una vez esté lleno el lago serán cubiertos y las superficies que ocupaban serán restauradas.
2. Obras de descarga: comprenden las infraestructuras necesarias para realizar la descarga hacia el hueco de las aguas de los ríos Illade (sector noroeste de la mina), Meidelo y cauces próximos (arroyos de Toiverde, Fuente, Uz y Chao, en el sector norte) y las de los actuales canales norte y sur de la escombrera (esta última, tras incorporar las aguas del río Peleteiro, confluye en el canal de llenado del hueco descrita en el punto 1). Por último, el río Maciñeira continuará desaguando hacia el Eume (como lo hace en la actualidad) hasta que el lago esté lleno, momento en el que utilizará el tramo 2 del canal de llenado para incorporar sus aguas al lago, recuperando así la condición de afluente de la cuenca del río Carracedo.
3. Desagüe del lago: la descarga del lago se realizará de forma natural por rebose hacia el río Carracedo. Para que las aguas de rebose alcancen el lecho del río, parcialmente seco en la actualidad, se ejecutará un canal de 1.000 m de longitud que se constituirá como una prolongación del lago. El caudal máximo que se tiene previsto desaguar es de unos 87 m/s, siendo la aportación máxima hacia al Carracedo en un año medio de unos 85 hm.
Por otra parte, se prevé el desmantelamiento de una serie de infraestructuras e instalaciones que se ejecutaron en su día para posibilitar las labores de explotación y que ahora quedarán fuera de uso con la finalización de la actividad y con el llenado del hueco. Básicamente, se trata de líneas eléctricas de media y baja tensión, piezómetros de control de aguas subterráneas y algunos de los canales ejecutados para el desvío de lechos y para impedir la entrada de las aguas de escorrentía en el interior de la explotación. Existen además tres canales de desvío de aguas que están enterradas en túneles, estando previsto mantener en uso una de ellas y anular las otras dos, procediendo luego a la integración ambiental de los túneles como refugio de fauna.
El tiempo previsto para el llenado del hueco es de algo más de tres años y comenzará con las obras del canal de llenado desde el río Eume, cuyas aportaciones no serán continuas ya que se prevé una detracción estacional desde octubre a marzo, respetando el período de estío entre abril y septiembre salvo cuando se produzcan avenidas temporales, en cuyo caso se podrá detraer el caudal sobrante. A continuación se incorporarán las aportaciones del canal sur de la escombrera y posteriormente el resto de las obras hidráulicas de descarga, que iniciarán el proceso de descarga una vez la lámina logre la cota 330, momento en el que se procederá al acondicionamiento del desagüe del lago para completar el proceso. Una vez llenado el hueco, el lago funcionará en régimen de recirculación natural, evacuando las aguas hacia el río Carracedo y restableciendo el flujo entre cuencas hidrológicas existente antes del inicio de la explotación. A partir de ese momento, se manejan distintas posibilidades de
uso del lago, en función del nivel de calidad de las aguas logrado.
La cota de desagüe natural (332) al lago ocupará una superficie de unas 800 ha y contendrá un volumen de agua de 541 hm, siendo la profundidad máxima
de 192 m. El perímetro tendrá unos 15 kilómetros de longitud.
ANEXO II
RESUMEN DE LAS MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS PROPUESTAS EN LA DOCUMENTACIÓN EVALUADA
En el apartado de medidas protectoras y correctoras del estudio de impacto ambiental se incluyen básicamente las siguientes:
Fase de diseño del proyecto
* Emplear agua procedente del río Eume para disminuir el tiempo de llenado y así minimizar los efectos derivados de la acidez generada por la oxidación de materiales piríticos.
* Disponer de un canal temporal de llenado con capacidad hidráulica para los caudales excedentarios del río Eume durante los períodos de avenida (octubre-marzo) y mitigar así los efectos derivados de la detracción de caudales.
* Durante el proceso de llenado se mantendrá la reja que obstaculiza el paso de peces en la estructura de toma existente, a fin de impedir la entrada de ictiofauna hasta las fases finales del proceso.
* Para el llenado se aprovecharán en la medida de lo posible todos los encauzamientos existentes que en su día formaron parte de la red hidrológica del área.
* Recuperación de la hidrología de la cuenca natural del río Carracedo.
* Instalación de humedales basados en sistemas para la reducción de sulfatos en las bermas de los taludes en los que la presencia de materiales piríticos pudiera generar aportes de aguas ácidas al vaso.
* Establecimiento de sistemas de contención para mitigar posibles efectos derivados de la existencia de corrientes superficiales y oleaje. Dichas medidas pueden consistir en playas fluviales de pendiente suave (extremo este del lago) o gaviones de material de tamaño regular envuelto en red plástica.
* Reestructuración de caminos, servidumbres de paso y adecuación de viales. Los caminos y viales existentes permanecerán abiertos en un trazado que bordeará el entorno del lago.
* El acceso al borde del lago estará permitido solo a algunas zonas, en las que se situarán las infraestructuras necesarias para el desarrollo de las actividades propuestas tras el llenado del hueco. El acceso a las demás áreas estará restringido por motivos de seguridad o por prevención de efectos ecológicos negativos.
Fase de ejecución de obras
* Desmantelamiento de los tramos del canal existentes en la actualidad que no tengan utilidad en el futuro, integrándolos en la topografía del terreo. Se anularán las conducciones en túnel pero se aprovechará su potencial como hábitat para quirópteros, instalando cerramientos enrejados en las bocas de entrada que permitan el paso exclusivo de esta fauna.
* Las obras se iniciarán en primavera-verano para disponer de los caudales de avenida a partir del otoño. Se jalonará la zona de afección o se dispondrán medidas de control de paso. Control de vertidos accidentales y residuos durante la fase de ejecución de obra. Durante los movimientos de tierras se procederá a realizar periódicamente riegos en las zonas de trabajo para minimizar la producción de partículas en suspensión.
* Para evitar posibles problemas de estabilidad de las paredes de los taludes, se mantendrán los controles piezométricos durante el proceso e irán eliminándose según se vaya llenando el vaso. Se realizará un control y sellado de los cúmulos de la escombera interior.
* Para reducir la ocupación del suelo, el parque de maquinaria, zonas de acopio, fabricación de hormigón e instalaciones auxiliares se localizarán sobre superficies que ya fueran ocupadas por la explotación minera. Al finalizar las obras se restaurarán dichas superficies.
* Se recuperará la capa superficial de suelo vegetal que pueda estar afectada por las obras para luego emplearla en la restauración. Mientras permanezca almacenada se adoptarán medidas de conservación en el caso de ser necesario (riegos, siembra, abonado...).
* Se controlará la calidad del agua durante todo el período de llenado, mediante la conducción adecuada de todos los caudales de aporte. Los objetivos de calidad y el correcto funcionamiento de los sistemas reductores se vigilarán mediante el desarrollo del plan de seguimiento y vigilancia ambiental.
* En la obra de adecuación de los aportes del río Illade, consistente en la ampliación de la superficie embalsada actualmente, se procederá a la adecuación de la capacidad de contención de la presa, nivelado de superficies y restauración del entorno inmediato a fin de lograr un humedal con alto grado de naturalidad, para soporte de fauna, especialmente avifauna. Se restringirá el acceso a este lugar con el fin de fomentar el desarrollo del ecosistema.
* La calidad ambiental del lago se verá favorecida en la fase final por la retirada de la reja de la toma del río Eume para facilitar la entrada de ictiofauna (boga de río, trucha, anguila y espinoso). Se habilitarán los márgenes del lago, en las zonas de pendiente reducida, como albergue para la vida silvestre. Se mejorarán las condiciones del hábitat piscícola en el canal de desagüe del río Illade. Se contempla también la posibilidad de sueltas de alevines en función de la calidad del medio alcanzada.
* Previamente al rebose del lago se limpiará el cauce del río Carracedo manteniendo la vegetación de ribera.
* Imposición de caudal ecológico con variaciones del caudal circulante según la época del año, de acuerdo con las justificaciones de caudal ecológico que figuran en el estudio ambiental.
* Creación de una isla ornitológica de unas 8-9 ha en el extremo noroeste del lago, con limitación de acceso, charcas internas a fin de dotarla de biodiversidad y favoreciendo el desarrollo de vegetación palustre.
* Creación de un observatorio de aves orientado a los humedales de la zona y posibilidad de crear otro más en el entorno del río Illade en función de las posibilidades de la zona una vez finalizado el proceso.
* Recopilación de toda la información sobre valores culturales, científicos y educativos que quedarían fuera de la vista tras el llenado del hueco, y reunión de éstos en un museo a situar en el núcleo de As Pontes.
Fase de operación y mantenimiento
Además de las medidas contempladas en la fase de proyecto para evitar los efectos derivados de la presencia de oleaje y corrientes de agua, se proponen las siguientes:
* Establecimiento de los usos apropiados por parte de una entidad gestora, en consonancia a la imagen objetivo que se determine.
* Prevención de la contaminación en el entorno del lago.
* Mantener en adecuadas condiciones la descarga del lago, ya que constituye una garantía de flujo continuo y renovación de las aguas.
* Mantenimiento de la estación meteorológica de Tesouro, para conocer los procesos atmosféricos derivados de la creación del lago.
A continuación, el estudio de impacto ambiental incluye un apartado de descripción detallada de ciertas medidas protectoras y correctoras que por su diseño o por su influencia en la calidad ambiental final del lago son merecedoras de especial atención. Entre ellas se incluyen las siguientes:
5. Humedales. Sistemas de prevención de la entrada de acidez en el lago: al objeto de mitigar la generación de acidez por oxidación de materiales piríticos y mejorar la calidad final del agua del lago, además de un llenado rápido del hueco para disminuir la exposición al O de estos materiales y la cubrición con materia orgánica de aquellos materiales en los que se esté produciendo este proceso, pueden adoptarse sistemas pasivos (humedales o balsas reductoras) o activos (barreras geoquímicas) de tratamiento de aguas ácidas. Los sistemas pasivos consistirían en la creación de una serie de balsas en las que el flujo de agua se ralentizaría sobre un cauce de material calizo y residuos orgánicos en descomposición, dotadas de vegetación del género Thypha (aunque también se puede emplear Juncus y Phragmites), en las que se elevaría el pH de los efluentes. Los sistemas activos contemplan el añadido de encalantes hasta alcanzar el objetivo final pronosticado de pH, mayor de 5,5.
6. Integración ecológica de las conducciones en túnel: en la periferia del lago existen dos túneles de grandes dimensiones (955 m y 3.500 m de longitud)
destinados a la conducción perimetral de aguas superficiales, proponiéndose habilitarlos como refugio de comunidades faunísticas, especialmente quirópteros. Para ello se dotará de una reja en la entrada que impida el acceso de personas, aunque irá dotada de un portal para eventuales inspecciones. La separación entre barrotes será de 15 cm. En el túnel más largo se practicará una abertura de 2x2 m cada 1.000 m para facilitar la entrada de los murciélagos. Estas aberturas también irán dotadas de rejas.
7. Canal de desagüe y humedal del río Illade: a la cota de llenado 330 el caudal del Illade evacuará hacia el lago. Previamente a esta liberación se prevé la ampliación del actual embalsamiento de agua con el fin de darle mayor tamaño y convertirlo en un área encharcada que actúe como refugio de avifauna. Se favorecerá el desarrollo de la vegetación en los márgenes y se soltarán alevines de trucha para alcanzar mayor naturalidad. En el canal de desagüe al lago se habilitarán accesos cómodos para que se pueda practicar la pesca recreativa sin muerte. Con este objetivo también se realizarán en el canal ciertas actuaciones encaminadas a la mejora del hábitat piscícola (acondicionamiento de márgenes, instalación de deflectores de corriente, fomento de la vegetación de ribera...)
8. Isla ornitológica: en el extremo noroeste del lago se creará una isla ornitológica mediante la excavación de un canal que separe del borde una porción de terreno de unas 8-9 ha. Al objeto de favorecer la colonización por parte del avifauna, se impedirá el acceso a ella, se favorecerá el desarrollo de vegetación palustre y se crearán dos charcas internas de 3 m de profundidad, con bordes internos del área en algún punto para potenciar la nidificación y con una superficie de 1 y 0,5 ha respectivamente. En el borde del lago, a una distancia mínima de 80 m y la cota superior, se dispondrá un observatorio de aves orientada hacia la isla ornitológica.
En el documento Estudio de la acción del oleaje y medidas protectoras en el lago final de la mina de As Pontes se incluye un capítulo en el que se detallan las medidas de protección previstas para evitar los efectos de las ondas en las orillas del lago, que incluyen escolleras, muros de gaviones y protección con bermas vegetales, todo ello en función de las pendientes de cada zona y de las conclusiones del estudio de oleada.
El estudio anterior se completa con otro titulado evaluación de la estabilidad final y durante el llenado con agua. Taludes de la mina As Pontes, en el que valida sus conclusiones respecto a la estabilidad de taludes y recomienda como medida preventiva la instalación de 2 o 3 sismógrafos en los bordes de la mina para registrar, durante el llenado y como mínimo durante un par de años después de su finalización, los posibles sucesos dinámicos del terreno asociados al llenado del hueco, que en el estudio se califican como de poca probable ocurrencia. Incluso sería recomendable instalarlos de 6 a 12 meses antes de finalizar la explotación para obtener datos sobre la dinámica actual del terreo.
En el documento Pronóstico sobre la calidad del agua del lago final de As Pontes durante la fase de llenado se analiza el origen de las aguas que contribuirán al llenado del hueco y los diferentes escenarios de llenado en función de las aguas que se empleen, que básicamente se dividen en aguas afectadas por la actividad minera, aguas no afectadas por dicha actividad y aportes externos. Se estudiaron 5 escenarios diferentes de llenado, alguno de ellos con variantes, determinando para cada uno de ellos, entre otras cuestiones, el tiempo necesario de llenado y la calidad de las aguas alcanzada al final del proceso, haciendo especial hincapié en los contenidos de metales, sulfatos y pH. Se valora también, para mejorar la calidad final en alguno de los escenarios estudiados, el aprovechamiento de unos 9 hm de efluentes de la central térmica, de marcado carácter neutro. Se estudia el tiempo necesario para alcanzar un pH mayor de 6 una vez llenado, el hueco así como las cantidades
necesarias de productos de acondicionamiento para alcanzar un pH mayor de 7 una vez llenado el hueco. Incluye un estudio sobre la limnología del lago, una sinopsis de los resultados de los estudios realizados y un apartado de conclusiones y recomendaciones sobre la calidad final de las aguas del lago y la mejor forma de alcanzar valores razonables en este sentido (rápida velocidad de llenado, empleo de aguas naturales, correcciones de pH mediante el añadido de cal, aprovechamiento final del lago en función de la calidad alcanzada y aspectos relacionados con el seguimiento de la evolución de los parámetros de calidad de las aguas -monitoring-).
En el Proyecto descriptivo. Instalaciones de depuración de las aguas del lago antes de su descarga se detallan dos de las medidas propuestas en el estudio ambiental para reducir la acidez de las aguas que drenan hacia el lago, consistentes en los humedales plantados con Typha (de los que se prevé ejecutar seis, agrupados en grupos de 3 dispuestos en cascada, en el borde NW del campo oeste de la mina y cuyas dimensiones oscilan entre 0,5 y 23 ha) y las instalaciones de almacenamiento y dosificación de neutralizante (de entre varios posibles se seleccionó CaO, estimándose unas necesidades de 1.500 toneladas de cal durante el llenado del hueco) a situar en las inmediaciones de la descarga del canal sur de escombrera.

